La entidad Credit Suisse First Boston, S.V.B, S.A., ha solicitado que se le retire la condición de Titular de Cuenta de Valores y Entidad Gestora del Mercado de Deuda Pública.
Conforme al Real Decreto 505/1987, de 3 de abril, por el que se dispone la creación de anotaciones en cuenta para la Deuda del Estado, el acceso a las condiciones de Entidad Gestora y Titular de Cuenta es voluntario. Por tanto, de acuerdo con la delegación conferida en el número 3 de artículo 2.º y en el apartado a) de la disposición adicional segunda de la Orden de 19 de mayo de 1987, que desarrolla el mencionado Real Decreto, y a la vista del informe favorable del Banco de España, he resuelto:
Retirar la condición de Titular de Cuenta de Valores y de Entidad Gestora del Mercado de Deuda Pública a Credit Suisse First Boston, S.V.B., S.A., declarando de aplicación a la misma en cuanto las circunstancias lo requieran, lo dispuesto en los números 2 y 3 del artículo 21 de la Orden Ministerial de 19 de mayo de 1987, que desarrolla el Real Decreto 505/1987, de 3 de abril.
Contra la presente Resolución cabe interponer, en el plazo de un mes, recurso de alzada ante esta misma Dirección General o ante el Secretario de Estado de Economía, según lo dispuesto en los artículos 114 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 6 de agosto de 2003.–La Directora general, P.D.F. (Resolución 17-07-03), la Subdirectora general adjunta de Gestión de Cobros y Pagos del Estado, Ángeles Bartolomé Codesido.
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