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Documento BOE-A-2003-17405

Decreto 124/2003, de 18 de julio, por el que se delimita el entorno de protección del Bien de Interés Cultural declarado la "Cueva de El Pendo", en Escobedo, término municipal de Camargo (Cantabria).

Publicado en:
«BOE» núm. 219, de 12 de septiembre de 2003, páginas 34021 a 34022 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-A-2003-17405

TEXTO ORIGINAL

Mediante Resolución de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de 26 de noviembre de 2002, se incoó expediente para la delimitación del entorno de protección del Bien de Interés Cultural declarado la «Cueva de El Pendo», en Escobedo, término municipal de Camargo.

Cumplido el trámite establecido en el artículo 18 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria,

La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte ha propuesto la delimitación del entorno de protección del Bien de Interés Cultural declarado la «Cueva de El Pendo», en Escobedo, término municipal de Camargo, y, a tal efecto, insta al Consejo de Gobierno de Cantabria dicha declaración, haciéndole constar que se han cumplimentado todos los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.17 de la Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Cantabria, reformada por Ley Orgánica 11/1998, de 30 de diciembre, y en el artículo 19 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, a propuesta del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, previa deliberación del Consejo de Gobierno de Cantabria en su reunión del día 18 de julio de 2003, dispongo:

Artículo único.

Delimitar el entorno de protección del Bien de Interés Cultural, declarado la «Cueva de El Pendo», en Escobedo, término municipal de Camargo.

Disposición adicional única.

Se faculta al Excmo. Sr. Consejero de Cultura, Turismo y Deporte para la realización de cuantos actos sean necesarios para la efectividad de este Decreto.

Disposición Final Única.

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Santander, 18 de julio de 2003.‒El Presidente, Miguel Ángel Revilla Roiz.‒El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, Francisco Javier López Marcano.

ANEXO
Delimitación del entorno de protección

La «Cueva de El Pendo» se localiza en el fondo de un pequeño valle kárstico, ubicado en el Barrio de El Alto o El Churi, en Escobedo, término municipal de Camargo.

La cavidad es un sumidero fósil de grandes proporciones que ha permitido la evacuación del agua de escorrentía del vallejo, a través de un pequeño riachuelo de carácter estacional, que actualmente está formado por una segunda cavidad, por debajo de la «Cueva de El Pendo», en la que desagua habitualmente.

El entorno de protección de la «Cueva de El Pendo» está delimitado por las siguientes coordenadas:

1. 426.418-4.804.840.

2. 426.585-4.804.575.

3. 426.645-4.804.360.

4. 426.610-4.804.230.

5. 426.765-4.803.965.

6. 426.800-4.803.715.

7. 426.675-4.803.570.

8. 426.505-4.803.570.

9. 426.275-4.804.230.

10. 426.155-4.804.015.

11. 426.035-4.804.575.

12. 426.060-4.804.745.

13. 426.220-4.804.880.

Justificación

El sistema subterráneo de El Pendo es muy frágil y su mantenimiento en condiciones óptimas de conservación depende muy estrechamente de lo que sucede en su entorno biogeográfico inmediato, esencialmente en su perímetro impluvial.

Se entiende por entorno impluvial la superficie del territorio que rodea a la cueva que vierte el agua de escorrentía hacia el río que formó la cavidad y que mantiene la estabilidad biológica del sistema kárstico.

Imagen: /datos/imagenes/disp/2003/219/17405_13684668_image1.png

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