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Documento BOE-A-2003-17637

Resolución de 11 de agosto de 2003, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se concede la aprobación de modelo del sonómetro integrador-promediador marca Lochard, modelo EMU, versiones EMU 1000, EMU 1100 y EMU 1200, presentado por la empresa "Thales Information Systems, S. A.".

Publicado en:
«BOE» núm. 223, de 17 de septiembre de 2003, páginas 34330 a 34330 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-2003-17637

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Primero.

Se presenta solicitud de aprobación de modelo para el sonómetro integrador-promediador marca Lochard, modelo EMU, versiones EMU 1000, EMU 1100 y EMU 1200 por parte de Don Jean Françoise Joseph Favard, en nombre y representación de la Entidad «Thales Information Systems, S. A.», con domicilio social en la Plaza de Carlos Trías Bertrán, n.º 7, 1.ª Planta, Edificio Sollube, 28020 Madrid.

Segundo.

Adjunta a dicha solicitud se aporta la documentación exigida y memoria descriptiva del modelo y de su funcionamiento. Se realiza el estudio de dicha documentación comprobando que el diseño del instrumento cumple los requisitos establecidos.

Tercero.

La entidad aporta, asimismo, tres informes favorables emitidos por el Instituto de Acústica del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, con referencias 01/03, 02/03 y 03/03, en los que se acredita que los instrumentos presentados a estudio son conformes con la legislación vigente.

Cuarto.

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, estima que en la tramitación del expediente se han cumplimentado todos los trámites reglamentarios.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Es competente esta Dirección General de Industria, Energía y Minas de conformidad con la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, reformado por Leyes Orgánicas 10/1994, de 24 de marzo, y 5/1998, de 7 de julio, y el Decreto 239/2001, de 11 de octubre, que establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica.

Segundo.

La Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología, el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, por el que se establece el Control Metrológico que realiza la Administración del Estado, así como la Orden de 16 de diciembre de 1998 por la que se regula el control metrológico del Estado sobre los instrumentos destinados a medir niveles de sonido audible establecen los requisitos reglamentarios para solicitar y obtener la aprobación de modelo de este tipo de instrumentos de medida.

Vistos los preceptos y disposiciones legales mencionados, Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas resuelve:

Primero.

Conceder aprobación de modelo, a favor de la Entidad «Thales Information Systems, S. A.», del sonómetro integrador-promediador marca Lochard, modelo EMU, versiones EMU 1000, EMU 1100 y EMU 1200.

Las denominaciones y características son:

Marca: Lochard.

Modelo: EMU.

Versiones: EMU 1000, EMU 1100 y EMU 1200.

Características:

Clase 1 según UNE-EN 60651:1996 y UNE-EN 60651/A1:1997.

Tipo 1 según UNE-EN 60804:1996 y UNE-EN 60804/A2:1997.

Rangos de medida:

Ponderación A: 30-140 dB.

Ponderación Lin: 26-140 dB.

Nivel de ruido de fondo típico:

20 dB con ponderación A.

23 dB con ponderación Lin.

Nivel de pico máximo: 140 dB.

Rango de linealidad: 117 dB.

Rango de impulsos: 117 dB.

Tiempo de subida del detector de pico: 22 xs.

Rango de frecuencia: 20 Hz a 20 kHz.

Ponderación frecuencial: A y Lin.

Ponderación temporal: S, F e I.

Resolución: 0.1 dB.

Condiciones de referencia:

Tipo de campo sonoro: Campo libre.

Dirección de referencia: 0º.

Nivel de presión acústica de referencia: 90 dB.

Frecuencia de referencia: 1 kHz. Rango de referencia: 20-140 dB.

Tiempo de precalentamiento: 5 s.

Temperatura de funcionamiento: -40 a +60 ºC.

Humedad relativa de funcionamiento: Entre 0% y 100%.

Segundo.

El signo de aprobación de modelo asignado será:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2003/223/17637_13691785_image1.png

Tercero.

Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución llevarán, de manera visible e indeleble, como mínimo, las siguientes inscripciones de identificación (en su placa de características):

Marca.

Denominación del modelo y, en su caso, versión.

Número de serie.

Clase de precisión.

Signo de aprobación de modelo.

Además, habrá un espacio reservado para la etiqueta de verificación primitiva.

Cuarto.

Para garantizar un correcto funcionamiento de los instrumentos se procederá a su precintado una vez realizada la verificación primitiva, según se describe y representa en el anexo al Certificado de Aprobación de Modelo.

Quinto.

Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución deberán cumplir todos los condicionamientos contenidos en el anexo al Certificado de Aprobación de Modelo.

Sexto.

De conformidad con lo establecido en el artículo 2.º del Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, la presente aprobación de modelo tiene validez hasta el próximo 1 de septiembre del año 2006 pudiendo ser prorrogada por períodos sucesivos, que no podrán exceder cada uno de diez años, previa solicitud presentada por el titular de la misma tres meses antes de la fecha de vencimiento.

Contra esta Resolución, podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación, ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía e Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 114 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999.

Madrid, 11 de agosto de 2003.‒El Director general, Luis Sánchez Álvarez.

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