Visto el expediente de indulto de don Daniel Jerez Gras, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Tarragona, en sentencia de fecha 10 de noviembre de 1998, como autor de un delito de robo con violencia e intimidación con uso de arma en grado de tentativa, a la pena de seis meses de prisión, y dos delitos de robo con violencia e intimidación, a la pena de un año y seis meses de prisión cada uno, con las accesorias legales, por hechos cometidos en el año 1996, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 19 de septiembre de 2003.
Vengo en conmutar a don Daniel Jerez Gras las penas privativas de libertad impuestas por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, a 19 de septiembre de 2003.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ
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