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Documento BOE-A-2003-18551

Orden DEF/2738/2003, de 25 de septiembre, por la que se modifica la Orden DEF/1283/2003, de 9 de mayo, por la que se convocaron pruebas selectivas para cubrir plazas de personal laboral fijo en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal en la categoría de Titulado Medio Sanitario y Asistencial -A.T.S./D.U.E., Asistente Social, Fisioterapeuta, Matrona, Optometrista y Terapeuta Ocupacional- en las provincias de Albacete, Burgos, Cádiz, A Coruña, Girona, Guadalajara, Madrid, Murcia, Salamanca, Segovia, Sevilla, Valencia y Zaragoza.

Publicado en:
«BOE» núm. 240, de 7 de octubre de 2003, páginas 36232 a 36236 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2003-18551

TEXTO ORIGINAL

Por Orden DEF/1283/2003, de 9 de mayo (Boletín Oficial del

Estado núm. 124, de 24 de mayo), se convocaron pruebas

selectivas para cubrir plazas de personal laboral fijo en el marco del

proceso de consolidación de empleo temporal en la categoría de

Titulado Medio Sanitario y Asistencial -A.T.S./D.U.E., Asistente

Social, Fisioterapeuta, Matrona, Optometrista y Terapeuta

Ocupacional- en las provincias de Albacete, Burgos, Cádiz, A Coruña,

Girona, Guadalajara, Madrid, Murcia, Salamanca, Segovia,

Sevilla, Valencia y Zaragoza.

Por otra parte, mediante Resolución de 15 de noviembre

de 2002 (Boletín Oficial del Estado núm. 276, de 18 de

noviembre), fue aprobado el Acuerdo Administración-Sindicatos para la

modernización y mejora de la Administración Pública, cuyo

capítulo XIII se refiere expresamente al "personal indefinido e

indefinido no fijo".

Como consecuencia de dicho Acuerdo se han venido

produciendo numerosos pronunciamientos judiciales declarando el

carácter indefinido de la relación laboral de los trabajadores que

cumplían los requisitos de efectos temporales exigidos en el citado

Acuerdo para la adquisición de la condición de personal laboral

fijo.

Considerando este motivo, los puestos de trabajo ocupados

por dichos trabajadores, que, con anterioridad a la sentencia

judicial tenían la condición de interinidad necesaria para ser incluidos

en el proceso de consolidación de empleo convocado por la Orden

DEF/1283/2003 antes mencionada, precisamente en virtud de

esa sentencia, y en aplicación del citado Acuerdo, deben ser, en

el momento actual, excluidos de este proceso, toda vez que se

encuentran ocupados por estos trabajadores que tienen la

condición de personal laboral fijo.

Por ello, en cumplimento del artículo 10 del Real

Decreto 215/2003, de 21 de febrero, por el que se aprueba la oferta

de empleo público para el año 2003, que, al regular la

consolidación de empleo temporal en su apartado 2, establece que estos

procesos no supondrán en ningún caso aumento de plantilla,

considerando que la oferta de empleo aprobada por el Gobierno es

un instrumento de planificación para la óptima utilización y

racionalización de los recursos humanos, siempre dentro de los límites

presupuestarios y de acuerdo con la política de personal, y que

además todos sus preceptos y criterios de aplicación vienen

señalados anualmente por las Leyes de Presupuestos Generales del

Estado (Ley 52/2002, de 30 de diciembre, de Presupuestos

Generales del Estado para el año 2003), de acuerdo con las prioridades

de la política económica y las necesidades de planificación de

los recursos humanos, se considera procedente la supresión de

la convocatoria de los puestos ocupados por trabajadores que

ya tienen la condición de personal laboral fijo según lo expuesto

en los párrafos anteriores.

De conformidad con todo lo anterior, y en uso de las

competencias atribuidas en el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de

14 de abril, de Organización y Funcionamiento en la

Administración General del Estado, este Ministerio ha resuelto:

Modificar la Orden DEF/1283/2003, de 9 de mayo (Boletín

Oficial del Estado núm. 124, de 24 de mayo) en el sentido de

suprimir una plaza de Fisioterapeuta y la p,laza de Asistente Social

en la provincia de Burgos, la plaza de Fisioterapeuta en la provincia

de A Coruña y una plaza de Fisioterapeuta en la provincia de

Madrid.

La relación de plazas, una vez suprimidos los citados puestos,

con el detalle de número de puesto y establecimiento donde se

encuentran ubicados aparece relacionado en el anexo a la presente

Orden.

Madrid, 25 de septiembre de 2003.-El Ministro, P.D.F.

(O.M.C. 22/2003, de 4 de marzo), el Director General de Personal,

Luis Roca Ramírez.

ANEXO (Ver imágenes páginas 36233 a 36236)

Ptos.

centro

Puestos

convoc.Provincia N.o

convoc. Categoría Especialidad Centro N.o

puesto

Albacete. 1 Tit. Med. Sanita. y Asistencial. ATS/DUE. Maestranza Aérea de Albacete. 1 1 1

Total Albacete ........................................................................................ 1

Burgos. 1 Tit. Med. Sanita. y Asistencial. ATS/DUE. Hospital Militar de Burgos. 50 1 2

Res. Mil. Log. Cen. Aten. May. "Nuestra Sra.

del Perpetuo Socorro".

1 1

3 Tit. Med. Sanita. y Asistencial. Fisioterapeuta. Hospital Militar de Burgos. 59 1 1

Total Burgos .......................................................................................... 3

Cádiz. 1 Tit. Med. Sanita. y Asistencial. ATS/DUE. Hospital General de la Defensa en San

Fernando (Cádiz).

12 10 10

75

102

103

110

117

119

121

122

123

Total Cádiz ........................................................................................... 10

A Coruña. 1 Tit. Med. Sanita. y Asistencial. ATS/DUE. Hospital Básico de la Defensa en Ferrol. 38 4 4

40

44

47

4 Tit. Med. Sanita. y Asistencial. Matrona. Hospital Básico de la Defensa en Ferrol. 9 6 6

33

34

36

61

70

Total A Coruña ........................................................................................ 10

Girona. 1 Tit. Med. Sanita. y Asistencial. ATS/DUE. USBA. "General Álvarez de Castro". 2 1 1

Total Girona .......................................................................................... 1

Guadalajara. 1 Tit. Med. Sanita. y Asistencial. ATS/DUE. P. Centro de Manto. Mat. de Ing. 1 1 1

Total Guadalajara ..................................................................................... 1

Ptos.

centro

Puestos

convoc.Provincia N.o

convoc. Categoría Especialidad Centro N.o

puesto

Madrid. 1 Tit. Med. Sanita. y Asistencial. ATS/DUE. A.C.G. del Ejército del Aire. 1 2 73

7

Centro Deportivo Militar "La Dehesa". 1 1

Centro Deportivo Militar "San Jorge". 2 1

Hospital Central de la Defensa en Madrid. 7 66

15

42

43

Tit. Med. Sanita. y Asistencial. ATS/DUE. Hospital Central de la Defensa en Madrid. 58

121

123

168

197

229

236

243

260

264

287

295

306

315

325

360

400

404

409

411

412

414

415

417

419

420

421

423

425

427

428

429

430

432

434

435

436

Tit. Med. Sanita. y Asistencial. ATS/DUE. Hospital Central de la Defensa en Madrid. 437

438

441

442

446

468

469

470

471

499

500

504

505

506

508

510

511

513

514

515

516

517

519

520

521

R.M. de Atención a Mayores "Guadarrama". 5 1

R.M. Logística Central Aten. a Mayores "C.

Polo de Franco".

4 2

5

Ptos.

centro

Puestos

convoc.Provincia N.o

convoc. Categoría Especialidad Centro N.o

puesto

2 Tit. Med. Sanita. y Asistencial. Asistente Social. Establecimiento Penitenc. Militar de Alcalá

Henares.

1 1 3

Hospital Central de la Defensa en Madrid. 3 2

564

3 Tit. Med. Sanita. y Asistencial. Fisioterapeuta. Hospital Central de la Defensa en Madrid. 473 5 5

512

527

528

529

4 Tit. Med. Sanita. y Asistencial. Matrona. Hospital Central de la Defensa en Madrid. 495 2 2

501

5 Tit. Med. Sanita. y Asistencial. Optometrista. Hospital Central de la Defensa en Madrid. 239 3 3

299

525

6 Tit. Med. Sanita. y Asistencial. Terapeuta

Ocupacional.

Hospital Central de la Defensa en Madrid. 530 1 1

Total Madrid .......................................................................................... 87

Murcia. 1 Tit. Med. Sanita. y Asistencial. ATS/DUE. Hospital General Básico de la Defensa en

Cartagena (Murcia).

11 15 15

12

19

88

89

92

97

98

99

100

101

104

105

106

107

3 Tit. Med. Sanita. y Asistencial. Fisioterapeuta. Hospital General Básico de la Defensa en

Cartagena (Murcia).

103 1 1

4 Tit. Med. Sanita. y Asistencial. Matrona. Hospital General Básico de la Defensa en

Cartagena (Murcia).

22 1 1

Total Murcia .......................................................................................... 17

Salamanca. 1 Tit. Med. Sanita. y Asistencial. ATS/DUE. USAC. "General Arroquia". 2 1 1

Total Salamanca ...................................................................................... 1

Segovia. 1 Tit. Med. Sanita. y Asistencial. ATS/DUE. P. Centro de Mantenimiento de S. A. N. 2. 1 1 1

Total Segovia ......................................................................................... 1

Sevilla 1 Tit. Med. Sanita. y Asistencial. ATS/DUE. Hospital Militar "Vigil de Quiñones". 112 4 4

121

157

169

2 Tit. Med. Sanita. y Asistencial. Asistente Social. Hospital Militar "Vigil de Quiñones". 1 1 1

3 Tit. Med. Sanita. y Asistencial Fisioterapeuta Hospital Militar "Vigil de Quiñones" 156 1 1

Total Sevilla .......................................................................................... 6

Valencia. 1 Tit. Med. Sanita. y Asistencial. ATS/DUE. Hospital General Básico de la Defensa en

Valencia.

8 5 5

84

98

101

102

Total Valencia ........................................................................................ 5

Ptos.

centro

Puestos

convoc.Provincia N.o

convoc. Categoría Especialidad Centro N.o

puesto

Zaragoza 1 Tit. Med. Sanita. y Asistencial. ATS/DUE. Hospital General de la Defensa en Zaragoza. 39 11 11

65

70

71

72

74

75

76

77

81

83

Total Zaragoza ........................................................................................ 11

Total puestos convocados ......................................................................... 154

Nota: Los puestos que aparecen publicados en este anexo están ubicados en los establecimientos que aparecen relacionados en

el mismo. No obstante, quedan condicionados a los cambios que puedan producirse a partir de esta convocatoria y hasta el final

de todo el proceso de consolidación por reestructuración o cierre del establecimiento, de la misma manera que si ha habido lugar

a ello, han sido tenidos en cuenta los que se han producido desde la publicación de la Orden DEF/1715/2002, de 19 de junio,

hasta la presente convocatoria.

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