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Bases de la convocatoria
1. Normas Generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 11 plazas de
la categoría profesional de Asesor Técnico Laboral Marítimo del
Instituto Social de la Marina, en el marco de la Oferta de Empleo
Público aprobada para el Instituto Social de la Marina en el R.D.
215/2003, de 21 de febrero, por el que se aprueba la Oferta
de Empleo Público para el año 2003.
1.2 Las plazas convocadas se desglosan, según la distribución
contenida en el Anexo I, por ámbito territorial, y con las funciones
que se especifican.
1.3 La adjudicación de la plaza a los aspirantes que superen
el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación
total obtenida.
No podrá formalizarse un número mayor de contratos que el
de plazas convocadas en cada número de orden.
1.4 A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación
lo previsto en los Títulos I y II del Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, que aprueba el Reglamento general de ingreso del
personal al servicio de la Administración General del Estado y de
provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los
funcionarios civiles de la Administración General del Estado ; la
Ley 17/1993, de 23 de diciembre, sobre el acceso a determinados
sectores de la función pública de los nacionales de los demás
Estados miembros de la Unión Europea ; el R.D. 543/2001, de
18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración
General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de
otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre
circulación de trabajadores ; la Ley 4/2000, de 11 de enero, sobre
derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración
social, modificada por la Ley 8/2000, de 22 de diciembre y los
criterios generales de selección fijados por el Ministerio de
Administraciones Públicas.
1.5 El proceso selectivo constará de fase de oposición, con
las pruebas y puntuaciones que se especifican en la base 7.
1.6 Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al
siguiente calendario:
El primer ejercicio se realizará en la fecha y lugares que
determine la Resolución a la que se hace referencia en la base 4.1.
La duración máxima de las pruebas será de dos meses a contar
desde la fecha de celebración del primer ejercicio, de manera que
éstas deban concluir, necesariamente, antes del 1 de enero
de 2004.
1.7 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura en el anexo II de la presente convocatoria.
2. Requisitos de los aspirantes
2.1.a) Podrán participar en las pruebas los españoles o
nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión
Europea o nacionales de algún Estado al que, en virtud de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por
España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar el cónyuge de españoles, de los
nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión
Europea y de los nacionales de algún Estado al que, en virtud
de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así
como sus descendientes y los del cónyuge menores de veintiún
años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
2.1.b) También podrán participar quienes se encuentren en
España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento
que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al
mercado laboral. En consecuencia, podrán participar quienes se
encuentren en situación de residencia temporal, quienes se
encuentren en situación de residencia permanente y quienes se
encuentren en situación de autorización para residir y trabajar,
así como los refugiados.
2.2 Para ser admitidos a las pruebas selectivas los aspirantes
deberán reunir además los siguientes requisitos:
2.2.1 Tener capacidad para contratar la prestación de su
trabajo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Estatuto de
los Trabajadores.
2.2.2 No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o
psíquicas que impidan el desempeño de las tareas correspondientes.
2.2.3 No haber sido separado del servicio mediante
expediente disciplinario de cualquiera de las Administraciones Públicas
ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por
sentencia judicial firme.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
asimismo, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena
penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.
2.2.4 Estar en posesión de Titulación Profesional Superior
de la Marina Mercante o en condiciones de obtenerlo a la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
2.3 Los requisitos enumerados en las bases 2.1 y 2.2 deberán
poseerse en la fecha de terminación del plazo de presentación
de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la formalización
del contrato de trabajo.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen participar en las pruebas selectivas
deberán cumplimentar una instancia en el modelo oficial de solicitud
de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública
y liquidación de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará
en los Servicios Centrales y Direcciones Provinciales del Instituto
Social de la Marina, en el Centro de Información Administrativa
del Ministerio de Administraciones Públicas, la Dirección General
de la Función Pública, las Delegaciones y Subdelegaciones del
Gobierno y en las representaciones diplomáticas y consulares de
España en el extranjero.
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las siguientes
instrucciones:
En el recuadro correspondiente a Ministerio, consignar:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
En el recuadro dedicado a Centro Gestor, consignar:
Subsecretaría, Código (19001).
En el recuadro relativo a la tasa de derechos de examen,
consignar: (19020).
En el recuadro donde figura el año de la convocatoria,
señalar "03".
En el recuadro 15, consignar "Asesor Técnico Laboral
Marítimo".
En el recuadro 16, dejarlo en blanco.
En el recuadro 18, se señalará, "Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales. Instituto Social de la Marina".
En el recuadro 19, indicar la fecha de publicación en el B.O.E.
de la presente convocatoria.
En el recuadro 20, "Provincia de examen" los aspirantes harán
constar "Madrid".
En el recuadro 21, en caso de tener la condición de minusválido,
indicar el porcentaje de grado de minusvalía según dictamen del
órgano competente.
En el recuadro 23, indicar, en su caso, las posibles adaptaciones
de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que
esta adaptación sea necesaria.
3.2 Tasa por derechos de examen.
La solicitud deberá presentarse, para el abono de los derechos
de examen y oportuna validación, en cualquier banco, caja de
ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades
colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá
constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los
derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora
en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica,
o, en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio
reservado a estos efectos.
Los candidatos que presenten la instancia en el extranjero
deberán adjuntar a dicha solicitud comprobante bancario de haber
hecho el ingreso de la tasa por derechos de examen en la cuenta
corriente número 0182/9002/48/0200000524, de la Sucursal
de Paseo de la Castellana, 67, 28046 Madrid a nombre de "Tesoro
Público. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales cuenta
restringida para la recaudación de tasas en el extranjero. Tasa por
Derechos de examen". El ingreso podrá efectuarse directamente en
cualquier oficina del Banco Bilbao-Vizcaya Argentaria o mediante
transferencia desde cualquier entidad bancaria.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso, la presentación y pago en la entidad
colaboradora supondrá sustitución del trámite de presentación de la
solicitud, en tiempo y forma, conforme a lo previsto en la base 3.3.
El importe de la tasa por derechos de examen por la
participación en el presente proceso selectivo es de 25,01 Euros. De
acuerdo con lo establecido en el apartado cinco del artículo 18
de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, modificado por el
artículo 17 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, estarán exentos
del pago de esta tasa:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por
cien, que deberán acreditar tal condición mediante certificación
de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma
correspondiente, que se acompañará a la solicitud.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos de un mes anterior a la fecha de la
convocatoria, siempre que, en el plazo de que se trate, no hubieran
rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a
participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción,
formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de
rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo
interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará en
la correspondiente Oficina de los Servicios Públicos de Empleo.
La acreditación de las rentas se efectuará mediante declaración
jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos se
deberán acompañar a la solicitud.
3.3 Presentación de la instancia.
La presentación de solicitudes, que se dirigirán al Ilmo. Sr.
Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales se hará
en el Registro General de los Servicios Centrales y Direcciones
Provinciales del Instituto Social de la Marina o en la forma
establecida en el artículo 38.4 de la Ley 39/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días
naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria
en el Boletín Oficial del Estado.
A la solicitud se acompañará una fotocopia del Documento
Nacional de Identidad o del pasaporte.
Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán
además presentar una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente
comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o,
en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de
trabajador comunitario fronterizo en vigor.
Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o
de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores, que no residan
en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse
en España en régimen de estancia, deberán presentar una
fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte.
Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia
compulsada del pasaporte, del visado y, en su caso, del resguardo
de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de
haber solicitado la exención del visado y la correspondiente tarjeta.
De no haberse solicitado estos documentos deberán presentar los
documentos expedidos por las autoridades competentes que
acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa
del español o del nacional de alguno de los demás Estados
miembros de la Unión Europea o del nacional de algún Estado, al que
en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, con el que existe este vínculo, de que
no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del
hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
Los aspirantes a que se refiere la base 2.1.b) deberán presentar
una fotocopia del pasaporte en vigor, así como una fotocopia del
correspondiente permiso de residencia, o de trabajo y de
residencia.
3.4 No procederá la devolución de los derechos de examen
en los supuestos de exclusión del aspirante por causa imputable
al interesado.
3.5 Los errores materiales, de hecho o aritméticos que
pudieran advertirse podrán subsanarse, en cualquier momento, de oficio
o a petición de los interesados.
4. Admisión de aspirantes
4.1 En el plazo máximo de un mes, a partir de la fecha de
terminación del plazo de presentación de solicitudes, se publicará
en el Boletín Oficial del Estado resolución declarando aprobada
la lista provisional de aspirantes admitidos y excluídos, e indicando
el lugar donde se encuentren expuestas dichas listas, así como
el lugar, fecha y hora de la realización de las pruebas. En dicha
lista deberán figurar los apellidos, nombre y documento nacional
de identidad o pasaporte de los aspirantes, así como, en su caso,
las causas de exclusión.
La lista provisional deberá ser expuesta, en todo caso, en las
dependencias del Instituto Social de la Marina, en el Ministerio
de Trabajo y Asuntos Sociales, en el Centro de Información
Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en las
Subdelegaciones y Delegaciones de gobierno y en la dirección General
de la Función Pública.
4.2 Los aspirantes excluídos u omitidos dispondrán de un
plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de
la publicación de la resolución, para poder subsanar el defecto
que haya motivado la exclusión u omisión.
Los aspirantes que en el plazo señalado no subsanen la
exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente excluídos de
la participación en las pruebas.
Contra la resolución por la que se declare la exclusión definitiva
del aspirante, se podrá interponer potestativamente recurso de
reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que
la dictó, o directamente, recurso contencioso-administrativo, en
el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su
publicación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional
contencioso-administrativo.
5. Tribunal calificador
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas selectivas es el
que figura en el Anexo III.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al órgano convocante cuando concurran en
ellos las circunstancias previstas en el artículo 28 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
común, o hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes
en los cinco años anteriores a la convocatoria.
Asimismo los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la
presente base.
5.3 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal, con la asistencia del Presidente y del Secretario, o quienes
les sustituyan, y la mitad, al menos de sus miembros, titulares
o suplentes. Celebrará su sesión de constitución en el plazo
máximo de treinta días a partir de su designación y un mínimo de
diez, antes de la realización del primer ejercicio.
5.4 A partir de su constitución, el Tribunal requerirá, a efectos
de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos,
la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes
les sustituyan, y la mitad, al menos, de sus miembros, titulares
o suplentes.
5.5 A lo largo del proceso selectivo, el Tribunal resolverá
todas las dudas que puedan surgir en la aplicación de estas bases,
así como lo que debe hacerse en los casos no previstos.
5.6 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas, en
aquellos casos en que resulte necesario, para que los aspirantes
con minusvalía gocen de similares condiciones para la realización
de los ejercicios que el resto de los demás participantes. En este
sentido, podrán establecerse, para las personas que lo soliciten
en la forma prevista en la base 3.1, las adaptaciones posibles
en tiempo y medios para su realización.
5.7 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que el ejercicio de la fase de oposición sea
corregido sin que se conozca la identidad de los aspirantes,
utilizando para ello los impresos aprobados por Orden del Ministerio
de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 (Boletín Oficial del
Estado del 22) o cualesquiera otros equivalentes previa aprobación
de la Secretaría de Estado para la Administración Pública.
5.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en Madrid, c/ Génova, 24.
5.9 El Tribunal tendrá la categoría que se determine, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33.7 del Real Decreto 462/2002,
de 24 de mayo.
6. Calendario y desarrollo del ejercicio
6.1 Desde la terminación de una prueba y la convocatoria
de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y
dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.
6.2 Los anuncios de celebración de la segunda y, en su caso,
restantes pruebas, deberán hacerse públicos por el órgano de
selección en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior
con, al menos, doce horas de antelación al comienzo de ésta,
si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata
de uno nuevo.
6.3 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento, a los
candidatos que acrediten su identidad mediante la presentación
del D.N.I., pasaporte o documento similar.
6.4 Los aspirantes que no comparezcan a las pruebas
quedarán automáticamente excluídos del proceso de selección, salvo
en casos debidamente justificados y libremente apreciados por
el Tribunal.
6.5 El orden de actuación de las entrevistas y pruebas que
proceda comenzará por el primer candidato de la letra "X" .
6.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple
alguno o varios de los requisitos exigidos por la presente
convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su
exclusión a la autoridad convocante, comunicándole, asimismo,
las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la
solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos
procedentes.
7. Selección
7.1 El sistema de selección de los aspirantes será el de
Oposición, contemplado en el artículo 29 del Real Decreto 364/95,
con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se
especifican en el Anexo II.
La valoración final se obtendrá por la suma de las calificaciones
obtenidas en cada uno de los ejercicios de la oposición.
En caso de empate, se atenderá a los siguientes criterios, en
el orden que se indica:
1. La mayor puntuación en el segundo ejercicio.
2. La mayor puntuación en el primer ejercicio.
3. La mayor puntuación en el ejercicio de idiomas.
7.2 Concluidas las pruebas selectivas, el órgano de selección
elevará a la autoridad convocante, ordenada de mayor a menor
por las puntuaciones alcanzadas, la relación de aspirantes que
hubieran obtenido, al menos, las calificaciones mínimas exigidas
para la superación del proceso, adjudicándose las plazas
atendiendo al citado orden de prelación.
El Tribunal hará pública la citada relación en el lugar o lugares
de celebración del ejercicio de la fase de oposición, en la sede
del Tribunal señalada en la base 5.8, así como en los lugares
que estime conveniente.
En ningún caso el número de contratos que se formalicen podrá
exceder del número de plazas convocadas.
8. Contratación
8.1 Los primeros candidatos que figuren en la relación a que
se hace referencia en la base 7.2, hasta el total de las plazas
convocadas, dispondrán de un plazo de veinte días naturales, a
partir de la publicación de dicha relación, para presentar los
documentos siguientes en los lugares indicados en la base 3.3:
Fotocopia compulsada de la titulación a que se refiere la
base 2.2.4 o certificación académica que acredite haber realizado
todos los estudios para la obtención de la misma.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
presentarse la credencial de su homologación.
Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna
Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el acceso a la
función pública.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán
presentar, asimismo, declaración jurada o promesa de no estar
sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida
en su Estado el acceso a la función pública, según el modelo
que figura como anexo IV.
La no presentación de estos documentos en el plazo indicado,
salvo causa de fuerza mayor acreditada y apreciada por la
Administración, producirá la anulación de la admisión, sin perjuicio
de la responsabilidad en que el aspirante haya podido incurrir
por falsedad en la solicitud.
8.2 Los trabajadores serán sometidos a un período de prueba
de tres meses, salvo cuando hayan desempeñado las mismas
funciones con anterioridad, bajo cualquier modalidad de contratación.
8.3 Si algún candidato no presentara en el plazo previsto
en la base 8.1 la documentación requerida en la misma o no
superara el período de prueba establecido en la base 8.2, la
Administración requerirá al siguiente candidato, siempre que hubiese
obtenido la calificación mínima exigida para la superación del
proceso, siéndole de aplicación lo dispuesto en la base 8.
9. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal calificador, podrán
ser impugnados por los interesados de acuerdo con lo previsto
en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
administrativo Común.
Madrid, 2 de octubre de 2003.-El Ministro, P. D. (O. de 21
de mayo de 1996, BOE de 27/05/96), el Subsecretario, José Marí
Olano.
ANEXO I (Ver imagen página 36682)
Localidades y plazas
N.o
depuestosCentro ylocalidad
Subdirección General de Acción Social Marítima
(Madrid) ............................................... 3
Dirección Provincial de Cádiz ......................... 1
Dirección Provincial de Las Palmas .................... 2
Dirección Provincial de Villagarcía .................... 1
Dirección Provincial de Sta. Cruz de Tenerife .......... 1
Dirección Provincial de Valencia ...................... 1
C.F.O.M. de Bamio ................................... 2
Total .......................................... 11
Funciones
Los Asesores Técnicos Laborales Marítimos desarrollan las
funciones propias de la categoría de Titulado Superior de la Marina
Civil en relación con las competencias y actividades recogidas
en el Programa de Empleo o con las restantes funciones que tiene
encomendadas el I.S.M. y, específicamente las siguientes:
Ejecución del Programa de Empleo Marítimo.
Confección e informatización de estadísticas de
empleo/desempleo y de las acciones administrativas consiguientes.
Seguimiento y colaboración en el control de las acciones
encomendadas a la protección de los marinos emigrantes.
Colaboración en el control de las condiciones de vida y trabajo
a bordo e higiénico-sanitarias de los tripulantes, buques y
mercancías.
Asesoramiento técnico laboral en los Programas de Sanidad
Marítima y Acción Social Marítima y en cualquier otras acciones,
competencia del I.S.M., colaborando en la ejecución de tales
programas y acciones.
Colaborar en la realización e impartición de cursos de
formación sanitaria y de formación profesional marítimo-pesquera, así
como en la realización de actividades socio-culturales para
trabajadores del mar, a bordo y en puerto.
Participar en las operaciones de repatriación, evacuación y
rescate de tripulantes y acompañamiento de aquéllos que lo precisen.
Propuesta, estudio, elaboración y ejecución de actividades
relacionadas con el contenido del Programa de Empleo.
Cualquier otra función de naturaleza similar no prevista
anteriormente, relacionada con las competencias del Organismo y que
esté incluída en el ejercicio de su profesión y preparación técnica.
ANEXO II
Proceso de selección y programas
De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 364/95
y a tenor de lo dispuesto en la Base 1.5 de la presente
Convocatoria, el sistema de selección es el de oposición.
Con carácter previo a la realización de las pruebas de la
oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad española
deberán acreditar el conocimiento de la lengua castellana mediante
la realización de una prueba, en la que se comprobará que poseen
un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita de
esta lengua.
Están exentos de la realización de la prueba a que se refiere
el apartado anterior quienes estén en posesión del Diploma
superior de Español como Lengua Extranjera, establecido por el Real
Decreto 826/1988, de 20 de julio, modificado y completado por
el Real Decreto 1/1992, de 10 de enero, o en posesión del
Certificado de aptitud en Español para Extranjeros, expedido por las
Escuelas Oficiales de Idiomas.
La prueba se calificará de "apto" o "no apto", siendo necesario
obtener la valoración de "apto" para pasar a realizar las restantes
pruebas.
La prueba consistirá en el desarrollo de una traducción inversa,
durante una duración máxima de 30 minutos, y en una
conversación en lengua castellana, con cada uno de los aspirantes, de 10
minutos de duración.
Para la valoración de estas pruebas, el Tribunal constituído
deberá requerir la colaboración de Vocales asesores pertenecientes
al cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas de la
especialidad de Español para extranjeros.
Desarrollo de la oposición
I. Pruebas
La oposición constará de los ejercicios que a continuación se
indican, siendo todos ellos de carácter obligatorio y eliminatorio,
excepto la prueba de idiomas, que no será eliminatoria.
Primer ejercicio:
Consistirá en desarrollar por escrito, en el plazo máximo de
tres horas, dos temas elegidos a sorteo en el momento del examen,
de entre los incluídos en el Temario del Anexo II. Dichos temas
serán sorteados de tal forma que correspondan uno de ellos a
materias de la I Parte del temario (temas generales) y el otro a
materias de la II Parte (temas marítimos).
Finalizado el ejercicio, se hará pública la lista de aprobados
con la puntuación correspondiente, dándose a conocer el lugar,
fecha y hora en que se celebrará el segundo ejercicio
Segundo ejercicio:
Consistirá en la resolución de un supuesto práctico, durante
un período de dos horas, relativo a los temas contenidos en el
Temario del Anexo II.
Los aspirantes podrán utilizar los textos, libros y apuntes que
consideren necesarios, aportados por ellos mismos antes del acto
del examen.
En esta prueba se valorará el rigor analítico, el conocimiento
teórico y práctico de las materias expuestas, la capacidad de
síntesis y exposición escrita, así como las conclusiones expuestas.
Una vez realizado el ejercicio se anunciará por el Tribunal el
lugar, fecha y hora en el que se convoca a los examinandos para
proceder a la lectura en acto público de los ejercicios. Finalizado
éste, el Tribunal hará pública en la sede del Organismo y en un
plazo máximo de diez días, la lista de opositores aprobados, con
su puntuación correspondiente., Asimismo se dará publicidad de
la fecha y hora en que se convoca a los opositores para el tercer
ejercicio.
Tercer ejercicio:
Consistirá en la traducción sin diccionario directa e inversa
de los textos en inglés/español propuestos por el Tribunal. Así
como en una conversación en el mismo idioma, sobre temas
profesionales. El tiempo para realizar este ejercicio no podrá ser
superior a una hora para la prueba escrita y diez minutos para la
prueba oral.
Con carácter voluntario, los candidatos podrán presentarse el
idioma francés. La prueba será de igual característica que la
anterior.
II. Valoración de ejercicios
a) Primer ejercicio.-Se calificará de 0 a 40 puntos. Para pasar
al siguiente ejercicio será necesario obtener, como mínimo, 20
puntos.
b) Segundo ejercicio.-Se calificará de 0 a 40 puntos. Para
pasar al siguiente ejercicio, será necesario obtener, como
mínimo, 20 puntos.
c) Ejercicio de Idiomas (Inglés).-Se calificará de 0 a 15 puntos.
En caso de que los candidatos se presenten al idioma francés,
serán calificados con un máximo de 5 puntos.
Programa
I. Temas generales
Tema 1.-La Constitución Española de 1978: Estructura y
contenido. Derechos y deberes fundamentales. El Tribunal
Constitucional y el Defensor del Pueblo. La Corona. Funciones
constitucionales del Rey. Sucesión y Regencia. Las Cortes Generales.
El Congreso de los Diputados y el Senado.
Tema 2.-El Gobierno: Composición y funciones. La
designación y renovación del Gobierno y de su Presidente. El Gobierno
y la Administración. Relación entre el Gobierno y las Cortes. La
Administración del Estado. Organos superiores de la
Administración Central. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder
Judicial: Organización y competencias.
Tema 3.-La organización periférica de la Administración del
Estado. La Administración institucional y consultiva. La
Administración Local. Entes que la integran y regulación constitucional
y estatutaria. Las Comunidades Autónomas: Regulación
Constitucional. Distribución de competencias entre el Estado y las
Comunidades Autónomas. Competencias legislativas, administrativas y
judiciales. Control de las competencias de las Comunidades
Autónomas.
Tema 4.-La Unión Europea: Antecedentes y objetivos. El
proceso de integración de España en la Unión Europea. El Acuerdo
de Adhesión de 1985. El Acta Única Europea. El Tratado de la
Unión Europea. Proceso de ampliación de la Unión Europea.
Instituciones comunitarias: El Consejo. La Comisión. El Parlamento.
El Tribunal de Justicia. El Tribunal de Cuentas. El Comité
Económico y Social. El Comité de las Regiones.
Tema 5.-El Derecho Comunitario: Sus fuentes. Especial
referencia al Reglamento Comunitario. Derecho Comunitario y el
ordenamiento jurídico de los Estados miembros. La integración del
Derecho Comunitario Europeo en el ordenamiento jurídico
español. Las libertades básicas del sistema comunitario: La libre
circulación de mercancías, de capitales y de trabajadores. Especial
referencia a la política social. El Fondo Social Europeo. El Acuerdo
sobre política social del Tratado de la Unión Europea.
Tema 6.-Las Fuentes del Derecho Administrativo: Jerarquía
de las fuentes. La Constitución. La Ley. Tipos de leyes, reserva
de ley, leyes orgánicas, disposiciones del Ejecutivo con fuerza de
ley: Decreto-Ley y Decreto Legislativo. El Reglamento: Concepto,
caracteres y clases. Fundamento y límites de la potestad
reglamentaria. Instrucciones y Circulares.
Tema 7.-La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:
planteamiento general y principios rectores. Los derechos de los ciudadanos.
Las garantías en el desarrollo del procedimiento. La
responsabilidad de las Administraciones Públicas.
Tema 8.-El acto administrativo: Requisitos, producción,
motivación y forma. Eficacia : Ejecutividad, efectos, notificación y
publicación. Nulidad y anulabilidad. El procedimiento administrativo:
Concepto y naturaleza. Iniciación, ordenación, instrucción,
prueba, finalización y ejecución. Revisión de los actos en vía
administrativa. Recursos Administrativos: principios generales. El
recurso de alzada, potestativo de reposición y extraordinario de
revisión.
Tema 9.-El Derecho del Trabajo: Concepto, fines y contenido.
Ámbito de aplicación. Las fuentes del ordenamiento laboral. La
aplicación de las normas. La jerarquía de las fuentes. Los principios
de ordenación jerárquica. Principio de norma mínima. Principio
de norma más favorable. La interpretación. La integración del
derecho del trabajo.
Tema 10.-El contrato de trabajo: Objeto, causa y concepto.
Nacimiento, forma y prueba del contrato de trabajo. El período
de prueba. Las relaciones de trabajo especiales. Modalidades del
contrato de trabajo. Programa de Fomento del Empleo para el
año 2003. El salario: Concepto, clases y composición. La jornada
de trabajo. Descanso y vacaciones. Las suspensiones del contrato
de trabajo: incapacidad temporal, maternidad, privación de
libertad y excedencias.
Tema 11.-Extinción del contrato de trabajo. Forma, lugar y
tiempo del despido. Improcedencia del despido. El despido
disciplinario: Concepto, naturaleza y causa. Despidos objetivos y
colectivos. Extinción por decisión del trabajador. Voluntad
concurrente de las partes. Prescripción y caducidad de las acciones
derivadas del contrato de trabajo.
Tema 12.-Los Convenios Colectivos: Concepto y naturaleza.
Las unidades de contratación: capacidad, legitimación y ámbito
de vigencia. Contenido y efectos del Convenio Colectivo. La
interpretación de los Convenios Colectivos. Contenido obligacional y
normativo.
Tema 13.-Los conflictos de trabajo: Concepto y clases. Modos
de exteriorización del conflicto colectivo. La huelga. El cierre
patronal. Otros aspectos colectivos de alteración de la relación laboral.
Los procesos de trabajo en España. Órganos de la Jurisdicción
del Orden Social. Competencias de los Juzgados de lo Social.
Los Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades
Autónomas. Las Salas de lo Social de la Audiencia Nacional y del
Tribunal Supremo. El proceso laboral.
Tema 14.-El Sistema Español de Seguridad Social:
Descripción. Evolución histórica de las normas reguladoras. El actual
Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social: Estructura
y contenido. La Seguridad Social en la Constitución Española.
Ámbito subjetivo de aplicación del Sistema Español de la
Seguridad Social: Extensión y caracteres. Ámbito subjetivo de
aplicación del Régimen General: Inclusión y exclusiones. Extranjeros
y españoles no residentes en territorio nacional. Regímenes
Especiales: Enumeración y características generales.
Tema 15.-La Acción protectora de la Seguridad Social.
Contenido y clasificación de las prestaciones. Caracteres de las
prestaciones. Régimen de incompatibilidades. Prescripción.
Caducidad. Reintegro de las prestaciones indebidas. Requisitos generales
del derecho a las prestaciones. Responsabilidades en orden a las
prestaciones por incumplimiento de las obligaciones de afiliación,
altas, bajas y cotización. Automaticidad y anticipo de las
prestaciones. Recargo en la cuantía de las prestaciones en los casos
de falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo.
Tema 16.-Régimen Especial de la Seguridad Social de los
Trabajadores del Mar. Planteamiento general. Antecedentes. Campo
de aplicación. Afiliación, altas y bajas. Cotización. Acción
protectora. Convenio Especial de Marinos Emigrantes.
Tema 17.-El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
Creación y antecedentes. Organización actual: Estructura y
competencias. Los Servicios Públicos de Empleo. Orígenes, evolución
y situación actual: El Instituto Nacional de Empleo. Organización,
estructura, actividades y competencias. El Instituto Social de la
Marina: creación y antecedentes. Naturaleza, competencias y
funciones. Estructura orgánica y funcional. El Real Decreto
1414/1981 en relación con el empleo, el desempleo y la
formacion.
Tema 18.-La política de empleo en España: La Ley 51/1980,
Básica de Empleo: Sus normas de desarrollo y modificadoras.
Servicios de colocación de la Comunidades Autónomas. Red de
Servicios Europeos de Empleo (EURES). Servicios integrados para
el empleo. Agencias de Colocación sin ánimo de lucro. Cesión
de trabajadores. Empresas de trabajo temporal. La Formación
Profesional en el sistema educativo. El Sistema Nacional de
Cualificaciones y de la Formación Profesional. El Consejo General de
la formación Profesional. El Instituto Nacional de las
Cualificaciones.
Tema 19.-Los Programas Nacionales de formación
Profesional. La Formación Ocupacional: concepto objetivos y situación
actual. El Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional:
Objetivos, características y programas. La Formación continua:
Concepto, objetivos y situación actual. Los Acuerdos Nacionales
sobre la Formación Continua. La Fundación Tripartita para la
formación en el Empleo: Iniciativas de formación.
Tema 20.-La Orientación Profesional y Laboral: Principios
básicos y modelos de intervención en la formación inicial,
profesional y continua. Medidas de apoyo a la creación de empleo:
cooperativas de trabajo asociado. Sociedades laborales. La política
de Formación Profesional en el marco de la Unión Europea:
Conceptos. El Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación
Profesional (CEDEFOP). Los fondos estructurales de la Unión
Europea en materia de formación: Programas europeos e
iniciativas comunitarias.
Tema 21.-La protección por desempleo (I). Regulación actual.
Objeto. Niveles de protección y personas protegidas. El nivel
contributivo y el nivel asistencial: nacimiento del derecho, duración,
beneficiarios, cuantía, dinámica del derecho, suspensión y
extinción.
Tema 22.-La protección por desempleo (II). Automaticidad
del derecho a las prestaciones. Incompatibilidades. Desempleo
e Incapacidad Temporal y Maternidad. Régimen financiero:
Financiación, base y tipo de cotización. Recaudación. Gestión de las
prestaciones: Entidad Gestora. Reintegro de pagos indebidos.
Pago de las prestaciones. Control de las prestaciones. Régimen
de obligaciones, infracciones y sanciones. Recursos.
II. Temas marítimos
Tema 1.-La Administración Marítima Española: concepto.
Departamentos ministeriales con competencias marítimas.
Administración Periférica con competencias marítimas.
Administración Pesquera central y periférica en España.
Secretaría General de Pesca Marítima. Organismos dependientes y
organizaciones del sector pesquero.
Tema 2.-Comunidades Autónomas: Competencias
transferidas en pesca y cultivos marinos. Estructuras de la Administración
Pesquera de las Comunidades Autónomas Litorales. Competencias
estatales y de las Comunidades Autónomas con litoral en materia
de pesca.
Tema 3.-Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del
Estado y de la Marina Mercante y enmiendas introducidas por
la Ley 62/1997, de 26 de diciembre: Objeto de la Ley. Puertos
e Instalaciones marítimas. Autoridad Portuaria. Capitanías
Marítimas: clases y funciones.
Tema 4.-Sociedad Estatal de Salvamento y Seguridad
Marítima: Naturaleza, objeto y funciones. Centros de coordinación del
Salvamento: clases y distribución geográfica. Plan Nacional de
Salvamento 2002/2006.
Tema 5.-El Registro Ordinario de buques: legislación y
procedimiento. El Registro Especial de buques y empresas navieras:
legislación y procedimientos. Los segundos registros en otros
países: análisis y características.
Tema 6.-Los marinos emigrantes. Sistemas de protección
social de los mismos. Las agencias de embarque. Idea general
de los Convenios ITF.
Tema 7.-El Derecho del Trabajo en la Marina Mercante y en
la Pesca. El marco internacional de las relaciones del trabajo en
la mar: ONU, OIT y UE. Convenios y Recomendaciones de la OIT
de aplicación en España sobre la gente de mar. Convenios
aprobados en la 84.a Conferencia Internacional del Trabajo (Reunión
Marítima) celebrada en Ginebra en octubre de 1996. Especial
referencia a los Convenios N.o 147, 178, 179 y 180.
Tema 8.-Los Convenios Colectivos en la Marina mercante y
en la Pesca: Aparición en el ámbito marítimo. Evolución histórica.
Idea general del régimen salarial del contrato "a la parte" en pesca.
Trámites de enrolamiento. Período de prueba. Los contratos más
habituales en el sector marítimo.
Tema 9.-Personas que intervienen en el tráfico marítimo: El
capitán: estudio de su figura institucional. Despido del capitán
con mando. Armadores y navieros: concepto, clases y requisitos.
Consignatario de buques. Despacho de buques: concepto. Rol de
despacho y dotación. Documentos que deben presentarse con el
rol para obtener los despachos. Despachos especiales para buques
pesqueros: Licencias de pesca. Despachos especiales para buques
de recreo: Licencias de navegación. Despachos especiales para
el transporte de mercancías peligrosas y perecederas.
Tema 10.-Responsabilidades en el tráfico marítimo: Idea
general. Sistemas de limitación de responsabilidad. Examen especial
de la responsabilidad derivada de la contaminación marina por
hidrocarburos.
Tema 11.-Convenio Marpol 73/78: Idea general.
Tema 12.-La seguridad en la navegación marítima. Convenios
relativos a la seguridad en la navegación: Convenio sobre
Búsqueda y Salvamento, 1979 (SAR): idea general. Manual sobre
búsqueda y salvamento (MERSAR). Convenio Internacional de
Torremolinos para la Seguridad de los buques pesqueros, 1977
(SFV) y Protocolo de 1990. Reglamento para Prevenir los
Abordajes en la Mar, 1972 y enmiendas 1981: Idea general.
Tema 13.-El Convenio Internacional para la Seguridad de la
Vida Humana en la Mar (SOLAS 74/78): Contenido, definiciones,
ámbito de aplicación y estructura. Reconocimientos y certificados.
Expedición de certificados por país distinto al de la matrícula del
buque. Visitas de inspección. Cuadro de obligaciones de la
dotación en casos de emergencia. Idea general sobre el Código ISM
(International Safety Management Code).
Tema 14.-El Sistema Mundial de Socorro y Seguridad
Marítimos (GMDSS): Idea general. Zonas marítimas. El sistema
INMARSAT: Idea general. El sistema COSPAS-SARSAT: Idea general.
Servicios de comunicaciones: Breve descripción de los servicios
NAVAREA y NAVTEX.
Tema 15.-El Convenio Internacional sobre Normas de
Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar 1978/95
(STCW 78/95). Código de Formación. Su transposición en España.
El Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación
y Guardia para el personal de los buques pesqueros, 1995
(STCW/F): Idea general.
Tema 16.-Enseñanzas náuticas y náutico-pesqueras:
normativa, titulaciones y atribuciones. Los Certificados Profesionales.
Títulos para embarcaciones de recreo. Directivas Europeas sobre
formación en las profesiones marítimas.
Tema 17.-La Formación Profesional Marítima en el Instituto
Social de la Marina: marco normativo. El Plan de Formación
Profesional Marítima: situación actual. Acciones Formativas
cofinanciadas con el Fondo Social Europeo.
Tema 18.-El Convenio de las Naciones Unidas sobre el
Derecho del Mar: La alta mar: definición. Libertades de la alta mar.
La plataforma continental. La zona económica exclusiva.
Regulaciones internacionales en materia de pesca. El mar territorial:
definición. Límites interior y exterior. Líneas de bases: casos
especiales. Anchura del mar territorial. Aguas interiores. La zona
contigua. Paso inocente y paso en tránsito. Jurisdicción de los estados
ribereños sobre los buques que transitan por su mar territorial.
Tema 19.-Estructura de la flota pesquera nacional: Gran
altura, bajura o litoral. Buques pesqueros: características según los
tipos de pesca. Artes empleadas en los caladeros nacionales:
características, descripción de su uso según las capturas. Concepto
de útil, útil aparejo y arte. Principales caladeros nacionales e
internacionales.
Tema 20.-Estructuras pesqueras: clases y características.
Comercialización de la pesca: controles de calidad y normas
higiénico-sanitarias. Tipificación y normalización del producto.
Distribución del pescado. Lonjas. Industrias derivadas de la pesca. El
concepto de pesca responsable. La Unión Europea y el sector
pesquero: política pesquera. La Europa azul. Ordenación del sector
pesquero en la Unión Europea: sistemas de retirada y garantía
de precios. La negociación con terceros países. Las ayudas
estructurales: La Iniciativa Comunitaria de Pesca. El Instrumento
Financiero de Orientación de la Pesca (IFOP).
Tema 21.-Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención
de Riesgos Laborales: antecedentes normativos, estructura y
contenido. Características de seguridad e higiene en el trabajo náutico.
La Directiva 93/103, de 23 de noviembre, y el Real Decreto
1216/1997, de 18 de julio, sobre disposiciones mínimas de
seguridad y salud en el trabajo a bordo de buques de pesca.
Tema 22.-Riesgos profesionales. El accidente laboral.
Inspecciones de seguridad. Organización de la seguridad en las empresas
navieras. La importancia de la formación. Real Decreto 39/1997,
de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los
Servicios de Prevención: delegados de prevención y comité de
seguridad y salud. Técnicas de prevención. Evaluación de riesgos.
Directiva 92/29, de 31 de marzo, sobre Disposiciones Mínimas
de Seguridad y Salud para promover una mejor asistencia médica
a bordo de los buques.
Tema 23.-La Sanidad Marítima en el Instituto Social de la
Marina. El Programa de Sanidad Marítima. Botiquines en los
buques: reglamentación. Los servicios del Centro Radio-médico.
Los servicios del buque-hospital "Esperanza del Mar"
Tema 24.-Electricidad: clases. Contactos eléctricos: clases y
prevención. Dispositivos diferenciales. Aislamientos de
protección. Electricidad estática. Protecciones personales. Cuarto de
baterías. Soldadura: clases. Soldadura eléctrica: riesgos,
prevención y composición del equipo. Trabajos de especial riesgo.
Equipos a presión: clases, prevención.
Tema 25.-Cabos y cables. Seguridad en los elementos de
amarre. Prevención de riesgos en el manejo de cabos y cables.
Cadenas. Ganchos. Riesgos en pesos suspendidos. Máquinas
especiales: torno, taladro de columna, limadoras. Herramientas
portátiles y normales: riesgos y prevención.
Tema 26.-Manutención mecánica: equipos, mantenimiento y
prevención. Manutención manual: fases y riesgos. Sujeción de la
carga: riesgos y prevención. Levantamiento de cargas: riesgos y
prevención. Carga, transporte y descarga de pesos. Caídas: clases
y factores de riesgo. Protección de las máquinas: resguardos, tipos
de riesgo y prevención. Protecciones personales. Accesos al buque:
tipos de escalas y riesgos. Riesgos en el departamento de fonda.
Materias peligrosas.
Tema 27.-Señalización: aspectos generales y clases. Señales
de seguridad. Avisos de seguridad. Señalización de etiquetas.
Aplicaciones del color. Balizamiento. Alumbrado de seguridad.
Señalización acústica. Materiales reflectantes. Mercancías peligrosas.
Aspectos generales del transporte por mar: clasificación.
Identificación y marcas. Transporte seguro por mar de las mercancías
peligrosas. Productos químicos. Vías de penetración y prevención.
Tema 28.-Protecciones personales. Normas técnicas de
homologación. Protecciones para los pies, la cabeza, las manos, las
vías respiratorias y los ojos. Otros medios de protección. Higiene
en el trabajo. Higiene teórica. Higiene de campo. Contaminantes.
Medicina en el trabajo. Servicios médicos de empresa. Ergonomía:
definición y orígenes.
Tema 29.-Iluminación: niveles. Iluminación de interiores.
Iluminación artificial: clases. El color en la iluminación. Ventilación.
Estrés térmico: estrés térmico por frío y estrés térmico por calor.
Radiaciones: clases. Control y protección de las radiaciones.
Ruido: características. Niveles de exposición al ruido. Control del
ruido. Distintos tipos de prevención. Protecciones personales.
Vibraciones. Efectos sobre la persona. Medida de las vibraciones.
Límites de exposición a las vibraciones. Vibraciones en el buque.
ANEXO III
Tribunal calificador
Tribunal titular:
Presidente: D. José Carlos Martín Antón, Secretario General
del Instituto Social de la Marina, perteneciente al Cuerpo Superior
de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.
Vocales: D. Carlos Fernández Beisteguí, Profesor Numerario
de Derecho Marítimo de la Escuela Superior de Marina Civil de
Gijón.
D. Jorge Día Barreiro, Asesor Técnico Laboral Marítimo.
D. Jesús Gago Juárez, funcionario del Cuerpo Superior de
Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.
Por las centrales sindicales:
D. Jorge Zaragoza Ramos, funcionario perteneciente a la Escala
Facultativa Superior de OO.AA. de Ministerio de Fomento (UGT).
D. Ángel Jesús Fernández Morales, Asesor Técnico Laboral
Marítimo (CC.OO).
D. José Mayán Vilariño, Asesor Técnico Laboral Marítimo
(CIG).
D. Jesús Vila Rodríguez, Titulado Superior Grupo Profesional 1
(CSIF).
Secretario: D. Valentín Moreno Gómez, funcionario del Cuerpo
Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.
Tribunal suplente:
Presidente: D. Carlos Fernández Navarro, Subdirector General
de Acción Social Marítima del Instituto Social de la Marina,
perteneciente al Escala Técnica a extinguir de la Administración de
la Seguridad Social.
Vocales: D. Luis Gabaldón García, Profesor Titular de Derecho
Mercantil de la Universidad Carlos III de Madrid.
D. Santos Orizaola Gurría, Asesor Técnico Laboral Marítimo.
D.a M.a Almudena Gonzálvez Alonso, Jefa de Servicio de
Asuntos Laborales Marítimos, perteneciente al Cuerpo Superior de
Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.
Por las centrales sindicales:
D.a Paloma Bermejo Merino, Técnico de Prevención Grupo A
(UGT).
D. Pedro Bermúdez de la Fuente González del Valle, Médico
de Sanidad Marítima (CC.OO).
D.a Beatriz Romero Barciela, Médico de Sanidad Marítima
(CIG).
D. Vicente Benito Coduras, Titulado Superior Grupo
Profesional 1 (CSI-CSIF).
Secretario: D. Juan José Ruiz Carrión, Jefe del Servicio de
Gestión de Programas Sociales, perteneciente a la Escala de
Profesores de Bachillerato y F.P. a extinguir de Centros Asistenciales
del I.S.M.
ANEXO IV
Declaración jurada para no españoles
Don/Doña .................................................,
con domicilio en ...............................................,
y documento de identidad número/número de identificación de
extranjeros ..............., declara bajo juramento o promete,
a efectos de ser nombrado Asesor Técnico Laboral Marítimo, que
no está sometido a sanción disciplinaria o condena penal que
impida en su Estado el acceso a la función pública.
En ..............., a ...... de ............... de 200 ......
Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid