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Documento BOE-A-2003-19136

Resolución de 30 de septiembre de 2003, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, por la que se conceden prórrogas de becas y ayudas para la cooperación interuniversitaria con Brasil, al amparo del convenio de cooperación suscrito entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y el Ministerio de Educación de Brasil.

Publicado en:
«BOE» núm. 248, de 16 de octubre de 2003, páginas 37109 a 37110 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2003-19136

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 31 de octubre de 2001 de la Dirección General de Universidades (BOE del 27 de noviembre), se concedieron becas y ayudas para la cooperación interuniversitaria con Brasil, al amparo del Convenio de Cooperación suscrito entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y el Ministerio de Educación de Brasil.

De conformidad con lo establecido en el apartado 7.4, de la Resolución de convocatoria de 10 de mayo de 2001 (BOE del 1 de junio), los responsables de los proyectos conjuntos pueden solicitar una prórroga del proyecto siempre que cumplan los requisitos establecidos para ello.

Vista por la Comisión Mixta de Selección las solicitudes presentadas, y a propuesta de la misma, he resuelto:

Primero.

Conceder la prórroga del proyecto y de la beca predoctoral que figuran en el Anexo.

Segundo.

El gasto será imputado a la aplicación presupuestaria 18.07.541A.781 de los vigentes Presupuestos Generales del Estado, con el desglose siguiente:

Ejercicio 2003: 3.876,54 €.

Ejercicio 2004: 15.506,16 €.

El pago del importe correspondiente a ejercicios futuros queda supeditado a la aprobación de los correspondientes créditos de los Presupuestos Generales del Estado.

De conformidad con lo establecido en el punto 6 de la Resolución de convocatoria, las dotaciones de las becas predoctorales y postdoctorales se abonarán por transferencia al interesado y se devengarán por mensualidades completas.

Segundo.

El responsable del proyecto prorrogado que figura en el Anexo queda obligado al cumplimiento de lo establecido en los puntos 6 y 7 de la convocatoria de 10 de mayo de 2001.

Tercero.

El beneficiario de la beca prorrogada que figura en el Anexo queda obligado al cumplimiento de lo establecido en el punto 6 de la convocatoria de 10 de mayo de 2001.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Asimismo, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley /1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, que establece el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición, en el supuesto de haberse presentado, sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 30 de septiembre de 2003.‒El Secretario de Estado, P.D. (Orden de 1 de febrero de 2001), el Director General de Universidades, Pedro Chacón Fuertes.

Ilmo. Sr. Subdirector General de Formación y Movilidad de Profesorado Universitario.

ANEXO
Proyecto y beca predoctoral prorrogados

Investigador responsable del proyecto: Prada Moraga, César de. Proyecto: PHB20010036. Fecha inicio prórroga proyecto: 01-octubre-2003. Fecha fin prórroga proyecto: 31-diciembre-2004. Referencia becario: HBE20010002. Becario: Alves Santos, Raúl. Organismo Brasileño: Universidade Federal de Santa Catarina. Fecha inicio beca: 01-octubre-2003. Fecha fin beca: 31-diciembre-2004. Importe concedido (ejercicio 2003): 3.876,54. Importe concedido (ejercicio 2004): 15.506,16.

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