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Por Orden DEF/1594/2003, de 6 de junio (Boletín Oficial del
Estado núm. 144, de 17 de junio), se convocaron pruebas
selectivas para cubrir plazas de personal laboral fijo en el marco del
proceso de consolidación de empleo temporal en la categoría de
Técnico Sanitario y Asistencial -Anatomía Patológica,
Laboratorio, Radiodiagnóstico, Radioterapia y Prótesis Dental- en las
provincias de Barcelona, Burgos, Ceuta, A Coruña, Madrid,
Melilla, Murcia, Las Palmas, Sevilla, Valencia y Zaragoza.
Por otra parte, mediante Resolución de 15 de noviembre
de 2002 (Boletín Oficial del Estado núm. 276, de 18 de
noviembre), fue aprobado el Acuerdo Administración-Sindicatos para la
modernización y mejora de la Administración Pública, cuyo
capítulo XIII se refiere expresamente al "personal indefinido e
indefinido no fijo".
Como consecuencia de dicho Acuerdo, se han venido
produciendo numerosos pronunciamientos judiciales declarando el
carácter indefinido de la relación laboral de los trabajadores que
cumplían los requisitos de efectos temporales exigidos en el citado
Acuerdo para la adquisición de la condición de personal laboral
fijo.
Considerando este motivo, los puestos de trabajo ocupados
por dichos trabajadores, que, con anterioridad a la sentencia
judicial tenían la condición de interinidad necesaria para ser incluidos
en el proceso de consolidación de empleo convocado por la Orden
DEF/1283/2003 antes mencionada, precisamente en virtud de
esa sentencia, y en aplicación del citado Acuerdo, deben ser, en
el momento actual, excluidos de este proceso, toda vez que se
encuentran ocupados por estos trabajadores que tienen la
condición de personal laboral fijo.
Por ello, en cumplimiento del artículo 10 del Real Decreto
215/2003, de 21 de febrero por el que se aprueba la oferta de
empleo público para el año 2003, que, al regular la consolidación
de empleo temporal en su apartado 2, establece que estos procesos
no supondrán en ningún caso aumento de plantilla, considerando
que la oferta de empleo aprobada por el Gobierno es un
instrumento de planificación para la óptima utilización y racionalización
de los recursos humanos, siempre dentro de los límites
presupuestarios y de acuerdo con la política de personal, y que además
todos sus preceptos y criterios de aplicación vienen señalados
anualmente por las leyes de Presupuestos Generales del Estado
(Ley 52/2002, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales
del Estado para el año 2003), de acuerdo con las prioridades
de la política económica y las necesidades de planificación de
los recursos humanos, se considera procedente la supresión de
la convocatoria de los puestos ocupados por trabajadores que
ya tienen la condición de personal laboral fijo según lo expuesto
en los párrafos anteriores.
De conformidad con todo lo anterior, y en uso de las
competencias atribuidas en el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de
14 de abril, de Organización y Funcionamiento en la
Administración General del Estado, este Ministerio ha resuelto:
Modificar la Orden DEF/1594/2003, de 6 de junio (Boletín
Oficial del Estado núm. 144, de 17 de junio), en el sentido de
suprimir dos plazas de Técnico Especialista en Radiodiagnóstico
en Burgos, la plaza de Técnico Especialista en Prótesis Dental
en Ceuta, las cinco plazas de Técnico Especialista en
Radiodiagnóstico en A Coruña, una plaza de Técnico Especialista en
Radiodiagnóstico en Madrid y la plaza de Técnico Sanitario y Asistencial
en Laboratorio en Zaragoza.
La relación de plazas, una vez suprimidos los citados puestos,
con el detalle de número de puesto y establecimiento donde se
encuentran ubicados aparece relacionado en el Anexo a la presente
Orden.
Madrid, 9 de octubre de 2003.-El Ministro, por delegación
de firma (O.M.C. 22/2003, de 4 de marzo), el Director general
de Personal, Luis Roca Ramírez.
ANEXO (Ver imágenes páginas 37565 a 37566)
Puestos
convoc.
Ptos.
centro
Núm.
puestosCentroEspecialidadCategoríaNúm.
Convoc.Provincia
BARCELONA. 9 TEC. SANITA. Y ASISTENCIAL. TEC.ESPEC.
RADIODIAGNOSTICO.
AALOG. 41 (SANT BOI DE
LLOBREGAT).
1 1 1
TOTAL BARCELONA ........ 1
BURGOS. 9 TEC. SANITA. Y ASISTENCIAL. TEC.ESPEC.
RADIODIAGNOSTICO.
HOSPITAL MILITAR DE BURGOS. 6
7
2 2
TOTAL BURGOS .............. 2
MADRID. 7 TEC. SANITA. Y ASISTENCIAL. ANATOMIA PATOLOGICA
(ATE).
HOSPITAL CENTRAL DE LA
DEFENSA EN MADRID.
120 1 1
8 TEC. SANITA. Y ASISTENCIAL. TECNICO ESPEC.
LABORATORIO.
INST. DE MEDIC. PREV.DE LA
DEFENSA "CAP. MEDICO
RAMON Y CAJAL".
6 1 4
HOSPITAL CENTRAL DE LA
DEFENSA EN MADRID.
31 3
70
98
9 TEC. SANITA. Y ASISTENCIAL. TEC.ESPEC.
RADIODIAGNOSTICO.
A.C.G. DEL EJERCITO DEL AIRE. 19 1 9
HOSPITAL CENTRAL DE LA
DEFENSA EN MADRID.
62 8
Puestos
convoc.
Ptos.
centro
Núm.
puestosCentroEspecialidadCategoríaNúm.
Convoc.Provincia
90
91
92
93
94
95
96
10 TEC. SANITA. Y ASISTENCIAL. TECNICO ESPEC. EN
RADIOTERAPIA.
HOSPITAL CENTRAL DE LA
DEFENSA EN MADRID.
61 1 1
11 TEC. SANITA. Y ASISTENCIAL. TECNICO ESPEC. EN
PROTESIS DENTAL.
HOSPITAL CENTRAL DE LA
DEFENSA EN MADRID.
87 1 1
TOTAL MADRID ............... 16
MELILLA. 9 TEC. SANITA. Y ASISTENCIAL. TEC.ESPEC.
RADIODIAGNOSTICO.
HOSPITAL MILITAR "CAPITAN
MEDICO PAGES".
4 1 1
11 TEC. SANITA. Y ASISTENCIAL. TECNICO ESPEC. EN
PROTESIS DENTAL.
HOSPITAL MILITAR "CAPITAN
MEDICO PAGES".
5 1 1
TOTAL MELILLA .............. 2
MURCIA. 7 TEC. SANITA. Y ASISTENCIAL. ANATOMIA PATOLOGICA
(ATE).
HOSPITAL GENERAL BASICO DE
LA DEFENSA EN CARTAGENA
(MURCIA).
15 1 1
9 TEC. SANITA. Y ASISTENCIAL. TEC.ESPEC.
RADIODIAGNOSTICO.
HOSPITAL GENERAL BASICO DE
LA DEFENSA EN CARTAGENA
(MURCIA).
17
18
2 2
TOTAL MURCIA ............... 3
LAS PALMAS. 11 TEC. SANITA. Y ASISTENCIAL. TECNICO ESPEC. EN
PROTESIS DENTAL.
GRUPO DEL CUARTEL GENERAL
DEL MACAN.
1 1 1
TOTAL LAS PALMAS .......... 1
SEVILLA. 8 TEC. SANITA. Y ASISTENCIAL. TECNICO ESPEC.
LABORATORIO.
HOSPITAL MILITAR "VIGIL DE
QUIÑONES".
14 1 1
TOTAL SEVILLA ............... 1
VALENCIA 9 TEC. SANITA. Y ASISTENCIAL. TEC.ESPEC.
RADIODIAGNOSTICO.
HOSPITAL GENERAL BASICO DE
LA DEFENSA EN VALENCIA.
8
9
4 4
10
11
TOTAL VALENCIA ............. 4
TOTAL PUESTOS
CONVOCADOS ..........................
30
NOTA: Los puestos que aparecen publicados en este anexo están ubicados en los establecimientos que aparecen relacionados en
el mismo. No obstante, quedan condicionados a los cambios que puedan producirse a partir de esta convocatoria y hasta el final
de todo el proceso de consolidación por reestructuración o cierre del establecimiento, de la misma manera que si ha habido lugar
a ello, han sido tenidos en cuenta los que han producido desde la publicación de la Orden Def/1715/2002, de 19 de junio, hasta
la presente convocatoria.
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