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Documento BOE-A-2003-19441

Resolución de 18 de septiembre de 2003, de la Subsecretaría, por la que se hace pública la prórroga de becas de formación para titulados superiores en el ámbito de estadísticas agroalimentarias, convocadas mediante Orden APA/476/2002, de 26 de febrero.

Publicado en:
«BOE» núm. 252, de 21 de octubre de 2003, páginas 37685 a 37686 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2003-19441

TEXTO ORIGINAL

Por Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, APA/476/2002, de 26 de febrero (BOE n.56, de 6 de marzo), se convocaron tres becas de formación para Titulados Superiores en el ámbito de estadísticas agroalimentarias. Por Resolución de 19 de julio de 2002 se resolvió dicha convocatoria, concediéndose las correspondientes becas.

En el artículo 3.1 de la Orden de convocatoria se establece que la duración de las becas será hasta el 30 de septiembre de 2003, y que podrán prorrogarse hasta un máximo total de tres años, previa evaluación de la labor realizada y siempre que exista disponibilidad presupuestaria en el correspondiente ejercicio.

De acuerdo con lo establecido en las bases reguladoras, a la vista de las solicitudes de prórroga por un año presentadas por dos de los becarios, y en cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas, aprobado por Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por Resolución de 28 de julio de 2003, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha resuelto prorrogar las becas solicitadas.

Por ello, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 de la Orden APA/476/2002, de 26 de febrero, y en virtud de las atribuciones conferidas

por el ordenamiento jurídico vigente, Esta Subsecretaría ha resuelto:

Primero.

Hacer público el extracto de la Resolución de 28 de julio de 2003 por la que se prorrogan por un año, hasta el 30 de septiembre de 2004, dos becas de formación para titulados superiores en el ámbito de estadísticas agroalimentarias, a los beneficiarios que figuran en el Anexo de esta disposición, en la forma y condiciones establecidas en la Orden APA/476/2002, de 26 de febrero.

Segundo.

El texto íntegro de la concesión de prórroga, Resolución de 28 de julio de 2003, se encuentra expuesto en el tablón de anuncios situado en la parte derecha del vestíbulo de entrada de la sede central del Departamento (Paseo de Infanta Isabel número 1, 28014 Madrid), donde podrá ser consultado durante los quince días siguientes a la publicación de la presente Resolución.

Tercero.

La resolución del procedimiento, del que se da publicidad, pone fin a la vía administrativa; contra ella podrá recurrirse potestativamente en reposición ante el excelentísimo señor Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, al amparo de lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que la modifica, o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, conforme a lo establecido en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio.

Madrid, 18 de septiembre de 2003.–El Subsecretario, Manuel Esteban Pacheco Manchado.

ANEXO
Prórroga de dos becas de formación para Titulados Superiores en el ámbito de Estadísticas Agroalimentarias
Apellidos y nombre DNI/NIF
Fuentes Rubio, Emilio. 02.543.689-G
Soto Tejedor, Iria. 02.911.223-K

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