A tenor de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en cumplimiento de lo solicitado por el Juzgado Central Contencioso-Administrativo número uno de Madrid, esta Dirección General acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo citado en el encabezamiento, interpuesto por «Ideatel Ingeniería, S.L.», contra la resolución de esta Dirección General de fecha 23 de diciembre de 2002, por la que se acordaba no conceder a «Ideatel Ingeniería, S.L.», con NIF B-83071217, ayuda alguna para el proyecto de ejecución de instalación de aprovechamiento de energía solar para la generación de electricidad, de conformidad con las bases y convocatoria correspondiente al año 2002 del Programa de Ayudas para el apoyo a la energía solar fotovoltaica, establecidas mediante resolución de esta Dirección General de fecha 12 de marzo de 2002 («Boletín Oficial del Estado» número 74, de 27 de marzo).
Asimismo, a tenor de lo previsto por el artículo 49 de la citada Ley, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la resolución impugnada y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma, para que comparezcan y se personen en autos ante el referido Juzgado en el plazo de nueve días, siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente resolución.
Madrid, 7 de octubre de 2003.‒La Directora general, María Isabel Monreal Palomino.
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