Está Vd. en

Documento BOE-A-2003-19814

Resolución de 13 de octubre de 2003, de la Subsecretaría, por la que se acuerda declarar la pérdida de la condición de funcionario de don Joaquín Fernández Tapias.

Publicado en:
«BOE» núm. 258, de 28 de octubre de 2003, páginas 38322 a 38322 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2003-19814

TEXTO ORIGINAL

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra

-Sede en Vigo- ha dictado sentencia de fecha 25 de enero de

2001, declarada firme por sentencia de la Sala de lo Penal del

Tribunal Supremo de fecha 1 de julio de 2003, cuyo tenor literal

dice: "Que debemos condenar y condenamos a Joaquín Fernández

Tapias como autor responsable de un delito continuado de

Falsedad en documento oficial en concurso medial con un delito

continuado de Estafa ya definidos, a las penas de: Seis años de prisión,

multa de veinticuatro meses con una cuota diaria de mil (1.000)

pesetas, inhabilitación especial para la obtención y desempeño

de empleo y cargo público por tiempo de seis años, privación

del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Que debemos condenar y condenamos al acusado Joaquín

Fernández Tapias como autor responsable de un delito continuado

de cohecho a las penas de cuatro años de prisión menor, multa

de nueve millones (9.000.000) de pesetas y suspensión de derecho

de sufragio pasivo y de cargo público durante el tiempo de la

condena.

El acusado Joaquín Fernández Tapias indemnizará a la

Tesorería General de la Seguridad Social en la cantidad que se

determinará en ejecución de sentencia, resultado de deducir de la suma

de 788.099.393 pesetas las cantidades que se acrediten

reintegradas a la Seguridad Social por los beneficiarios de las

prestaciones, respondiendo solidariamente con aquél de este pago los

acusados José Manuel Ferrería Rey, Ramón Ares Cacabelos y

Eugenio Bravo Crespo hasta el límite, cada uno de ellos, del importe

defraudado a la Seguridad Social por la concesión de las pensiones

en las que intervino cada uno de ellos, conforme a lo expuesto

en el relato histórico. Y respondiendo cada uno de los acusados

del pago de de las costas procesales causadas incluidas las

de la acusación particular, a excepción de Eugenio Bravo Crespo

en el que el 50% de ese cuarto se declarará de oficio".

Como quiera que de acuerdo con lo establecido en el art.

37.1.d) de la Ley Articulada de Funcionarios Civiles del Estado,

de 7 de febrero de 1964, y el art. 105.1 de la Ley 13/1996,

de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales Administrativas y del

Orden Social, en cuanto a los efectos de la pena de inhabilitación

especial, se dispone la pérdida de la condición de funcionario

de D. Joaquín Fernández Tapias, se declara el levantamiento de

la suspensión provisional de funciones en que se encontraba el

mismo, así como extinguido el procedimiento sancionador, con

el archivo de las actuaciones disciplinarias practicadas, con la

salvaguarda de las cautelas legales dispuesto en el art. 19.2 del

Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la

Administración del Estado, aprobado por R.D. 33/86, de 10 de

enero.

Teniendo en cuenta que el órgano competente para la ejecución

de esta sentencia es el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

por estar adscrito el interesado a este Departamento, de acuerdo

con lo establecido en el art. 10.6 del Real-Decreto 2169/1984,

de atribución de competencias en materia de personal,

Esta Subsecretaría acuerda dar cumplimiento a la sentencia

de la Audiencia Provincial de Pontevedra, y como consecuencia

declarar la pérdida de la condición de funcionario del Cuerpo

Administrativo de la Administración de la Seguridad Social de D.

Joaquín Fernández Tapias con D.N.I. n.o 35.948.106, con la

anotación correspondiente en el Registro Central de Personal y

notificación al interesado.

Madrid, 13 de octubre de 2003.-El Subsecretario, José Marí

Olano.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid