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Documento BOE-A-2003-19875

Decreto 136/2003, de 18 de julio, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, el Real Monasterio de la Asunción o de Santa Clara de Xàtiva (Valencia).

Publicado en:
«BOE» núm. 258, de 28 de octubre de 2003, páginas 38375 a 38379 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Valenciana
Referencia:
BOE-A-2003-19875

TEXTO ORIGINAL

El artículo 31.5 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico. Asimismo, el artículo 26.2 de Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano dispone que la declaración de un Bien de Interés Cultural se hará mediante Decreto del Consell de la Generalitat, a propuesta de la Conselleria de Educación y Cultura, sin perjuicio de las competencias que el art. 6 de la Ley 16/1985, de 25 de junio del Patrimonio Histórico Español reserva a la Administración General del Estado.

Mediante Resolución de 22 de octubre de 2002, de la Dirección General de Patrimonio Artístico de la entonces denominada Conselleria de Cultura y Educación, se acordó tener por incoado expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de monumento, a favor del Real Monasterio de la Asunción o de Santa Clara de Xátiva (Valencia).

En la tramitación del expediente, y de conformidad con lo establecido en el artículo 27.5 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano, se han recabado los informes favorables del Consell Valencia de Cultura y de la Real Academia de Bellas Artes de San Carlos.

De conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente, se han cumplimentado los trámites establecidos en el artículo 27 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano, concediendo trámite de audiencia al Ayuntamiento de Xátiva y a los propietarios del inmueble, así como abriendo, mediante Resolución 20 de marzo de 2003, de la Dirección General de Patrimonio Artístico, trámite de información pública.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en la normativa referenciada, a propuesta de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte, y previa deliberación del Consell de la Generalitat en su reunión del día 18 de julio de 2003, dispongo:

Artículo primero.

Se declara Bien de Interés Cultural, con categoría de monumento, el Real Monasterio de la Asunción o de Santa Clara de Xátiva (Valencia).

Artículo segundo.

El entorno de protección afectado por la declaración de Bien de Interés Cultural, así como el régimen de protección del mismo, queda definido en los anexos adjuntos que forman parte del presente Decreto. La documentación complementaria obra en el expediente de su razón.

Disposición adicional.

La presente declaración se inscribirá en la Sección Primera del Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano.

Disposición final.

El presente Decreto se publicará en el Boletín Oficial del Estado y entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Valencia, 18 de julio de 2003.–El Presidente, Francisco Camps Ortiz.–El Consejero de Cultura, Educación y Deporte, Esteban González Pons.

ANEXO I
Datos sobre el bien objeto de la declaración

1. DENOMINACIÓN

Principal: Real Monasterio de la Asunción o de Santa Clara.

Secundaria: Convento de Clarisas.

2. DESCRIPCIÓN

a) Inmueble objeto de la declaración

Reseña histórica

En el año 1325 murió Doña Saurina de Entenza, viuda de Roger de Lauria, almirante de Aragón y Sicilia, disponiendo en su testamento que a sus expensas se edificase en Xátiva un monasterio para religiosas clarisas, del cual quedaba constituida patrona y que en el templo fuese labrado un sepulcro en el cual se enterrase su cuerpo.

Para ello cedía a la comunidad las rentas y señorío de la villa de Alcoy y Gorga y de las poblaciones contenidas en el valle de Zeta. Los albaceas Jaime Laguardia y Gil Martín Entenza hicieron presente al papa Juan XII la voluntad de la testadora y el pontífice, el 1 de junio de 1326, desde Aviñón despachó bula al obispo de Valencia a favor de la obra.

A su vez, el síndico de la ciudad de Xátiva, solicitó al rey Jaime II de Aragón la gracia de esta fundación monástica y el monarca expidió Decreto, de 1 de enero de 1325, autorizándola y asignándola una limosna para su fundación.

Así pues, se compraron terrenos junto a los muros norte de la ciudad y puerta Nueva, llamada luego de las monjas y más tarde del León. La iglesia se dedicó a la Virgen de la Asunción.

El rey Don Pedro IV de Aragón y II de Valencia, desde Lérida, el 1 de junio de 1338, dirigió carta a la abadesa sor Beatriz de Cesaraugusta, participándole su acuerdo de proteger al monasterio de Xátiva, al que concedía salvaguardia real, con pena de mil maravedises en oro a quien la contraviniere.

El monasterio, fundado extramuros de Xátiva en 1325, sufrió a mediados del siglo XIV muchas calamidades. Por causa de la guerra de la Unión hubieron de abandonar temporalmente su convento. El edificio quedó casi arruinado en 1348. Tres años más tarde la ciudad de Xátiva recompuso el monasterio, que definitivamente fue derribado con motivo de la guerra de los dos Pedros, en 1359, y la comunidad se alojó algún tiempo en una casa particular, hasta que en 1364 se le autorizó a trasladarse a un nuevo monasterio intramuros, quedando reinstaladas las monjas de 1369, habiéndose traído el cuerpo de la fundadora, la viuda de Roger de Lauria.

Las clarisas conservaron la propiedad de sus solares extramuros, y el nuevo monasterio obtuvo autorización para construir un túnel bajo las murallas. En dicho huerto inferior (que llegaba hasta el convento del Carmen) se proyectó edificar casa y cercado con almenado, semejante al frontispicio del monasterio, según proyecto del arquitecto Viñes.

Después, las religiosas, resentidas de salud, atribuyeron sus males al abusivo cultivo del arroz que llegó hasta las mismas murallas de la ciudad, y solicitaron del papa Urbano V su traslado a Valencia, a cuya pretensión se opuso la ciudad, por contrariar ello los deseos de la fundadora; y el cardenal ostiense, a fines de 1369, falló contra aquella demanda.

Con motivo de la guerra de la sucesión en 1707, las monjas se trasladaron a Valencia acompañadas de mucha gente y de una guardia de caballeros. Y aquí estuvo la comunidad durante ocho años hasta que quedó reedificada y repoblada la nueva ciudad de San Felipe. A su regreso restituyeron procesionalmente al templo el crucifijo del altar mayor que en 1707 había salvado del incendio, con riesgo de su vida, el vecino Juan Casanova.

La expulsión de los moriscos, acontecida a principios del XVII, la extinción de los señoríos jurisdiccionales, y con ello la pérdida de las rentas de los señoríos de los valles de Zeta y Trevadell y el terciodiezmo de las rentas de Alcoi y la desamortización de Mendizábal supusieron la ruina de la comunidad, que tuvo que vivir de limosnas.

Con el advenimiento de la república la comunidad estaba ya completamente arruinada. El ayuntamiento, cumpliendo órdenes del gobierno de Azaña formalizó acta de incautación de los conventos de Xátiva, previo inventario de sus bienes; y se pusieron en las fachadas sendos letreros, que decían: «Adquirido este local por el Ayuntamiento para mercado». El comité revolucionario ordenó el derribo de este edificio, efectuándolo en parte.

Descripción arquitectónica

Contamos con distintas descripciones del monasterio, el arquitecto fray J. Alberto Pina, carmelita setabense, en el siglo XVIII escribió una «Descripción de las medidas y magnificencias del Real Monasterio de Santa Clara» que consta de 33 folios.

Carchano, en su manuscrito de 1917 dice «la fachada es como si fuera una fortaleza, con la puerta de arco apuntado y encima el escudo real y corona, y en dicho murallón con almenas con coronas y en la iglesia, está al lado del evangelio el sarcófago donde reposan los restos de la fundadora del monasterio».

La descripción actual que del edificio hace don Mariano González Baldoví, director del Museo de l’Almodí de Xátiva es la siguiente:

«Sabemos que el Real Monasterio de Santa Clara de Xátiva estaba en construcción en 1365, después de la Guerra de los Dos Pedros. Es interesante destacar que las obras fueron coetáneas a las del convento de franciscanos, ya que ambos, habían sido derribados con motivo de la citada contienda.

Consideramos como absolutamente verosímil que, al tratarse de dos edificaciones coetáneas de la misma orden, masculina y femenina, sus trazas y ejecución se debieran al mismo maestro de obras, y por tanto que siguieran unas pautas de distribución y de ornamentación muy similares, quizá con la diferencia de que las clarisas disponían de más capital, y tal vez su monasterio alcanzó mayor riqueza en su ejecución material. No obstante, el templo de los frailes se hizo de mayores dimensiones por dedicarse estos a la predicación y por tanto se previo para acoger a más fieles, cometido que no tenían las monjas.

El Monasterio de Santa Clara formaba un cuadrilátero de aproximadamente 70 por 70 metros, organizado alrededor de un claustro. A grandes trazos, su distribución era la siguiente:

La Fachada lateral de la iglesia (sur), así como la portería recaían a la calle de Moneada.

En el ala de levante estaba el dormidor o el refectorio, no sabemos muy bien el uso.

En la parte norte estaban la celda abacial, la sala capitular y el archivo.

El ala de poniente parece que la ocupaba la enfermería, aunque no es seguro, y otras dependencias menores.

En el siglo XVII se recreció el claustro, aunque el original gótico quedó intacto. La Iglesia, de arcos perpiaños, techumbre a dos aguas y testero plano, fue recubierta con una bóveda de cañón con lunetos.

Las descripciones inéditas del siglo XVIII nos informan acerca de las dependencias siguientes:

Portería, torno y reja para las visitas.

Enfermería, con techo ensamblado y policromado de estilo mudéjar.

Claustros bajos, de bóvedas de crucería apoyadas en ménsulas, con las nervaduras policromadas en azul cobalto.

Claustros altos.

Iglesia, con sacristía, coro alto y coro alto, que tenía techo también ensamblado y policromado, del cual se conservan seis piezas mudéjares en el Museo, fechadas entre 1402 y 1410.

Dormitorio y refectorio.

Archivo.

Sala capitular.

Cocinas.

Cementerio.

Huerto, con 16 fuentes, alguna manierista, como se ve en las fotos antiguas.

En 1748 sufrió los efectos del llamado Terremoto de Montesa, y la nave del templo se resintió en su estructura. A causa del peligro que entrañaba, el maestro de obras de la ciudad aconsejó derribar hasta las impostas los arcos perpiaños de la cubierta, y sustituir dichos arcos por una cubierta de cerchas en tijera de madera, como actualmente están, ocultos por la bóveda del XVII.

El resto del templo gótico, que había sido revestido de mampostería en el XVII, sigue así, pero los contrafuertes originales de piedra existen bajo los enlucidos de yeso. De este detalle sí que da información Sarthou, pues excavó los cimientos de uno de ellos.

Edificaciones y dependencias conservadas

Templo y dependencias anexas

Durante la Guerra Civil el monasterio fue dinamitado, y derribado en gran parte. De él quedan:

De la zona de la portería solamente subiste la puerta ojival de dovelas lisas, por la que se accede al monasterio desde la calle de Moneada.

La iglesia existente hoy es un templo uninave, levantado en el s. XIV, con contrafuertes interiores y capillas entre ellos. Ignoramos si se conserven los arcos transversales y la cubierta original, que debió estar policromada en estilo mudéjar, como los restos del coro, ya que lo que se ve es la bóveda de cañón. En la fachada sur, que es la principal y recayente a la calle de Moneada, no se aprecian los ventanales ojivales con tracería, que debió tener, al igual que los tiene el hermano templo de San Francisco. Como quiera que ahora carece de iluminación natural, lo que va contra la lógica, consideramos como muy probable que los ventanales fueran tapiados, al igual que ocurrió con los de la antes citada iglesia de San Francisco, y que aún existan bajo los enlucidos de yeso.

La portada es sencilla, del XVII, con un grueso bordón recercando el vano rectangular, y un escudo barroco sobre la clave, que parece haber sido trasladado de otro lugar del monasterio. Esta timbrado con corona real cubierta, y no figura estudiado en ninguna monografía.

El coro alto fue reconstruido después de la guerra, sin la techumbre de ensambladura, pero con el pavimento original de azulejos verdes y blancos, llamados popularmente del «mocador».

A los pies del templo hay una dependencia de bóveda de crucería (o de arco perpiaño) apoyada en canecillos antropomorfos.

De ella parten dos escaleras: una, llamada por la comunidad «Secreta», construida en el siglo XVII, en una caja de mampostería, y con pinturas ornamentales de la época y del XVIII, en los zócalos, algunas de carácter ingenuo, que figuran fotografiadas en el Inventario de Bienes de la Iglesia. Dicha escalera sólo era utilizada en Semana Santa, y comunica con la antesala del coro alto que es la misma antesala que da al dormidor. La otra escalera, junto a la anterior, era la de uso diario.

La iglesia tiene una espadaña de dos vanos, rematada en frontón, levantada en el XVII. Recayente a la plaza de la Trinidad hay un cuerpo de edificación recrecido a partir de una potente imposta apoyada en modillones festoneados barrocos, con ventanales protegidos por celosías en saledizo, desde los cuales, ocultas a la vista de la gente, las religiosas presenciaban las procesiones. Aunque se sabe que hubo más en la ciudad, son las únicas que se conservan. Ignoramos desde dónde se accede a la sala de las celosías.

Coro alto

En el coro alto se conservan dos nichos laterales, con cuatro portezuelas cada uno, pintadas exteriormente con figuras de ángeles, e interiormente ornamentadas con adornos rococó de corla de plata, de estilo y factura excelentes. También figuran fotografiados en el inventario citado.

Estos nichos, que adoptan una disposición longitudinal, albergaban las imágenes yacentes de la Piedad, o Cristo muerto, y la de la Asunta, ambas talladas por Esteve Bonet, la segunda de ellas era una imagen de las de vestir. De ellas se conservan las cabezas, pies y manos, así como la indumentaria bordada, y numerosos cojines de terciopelo rojo bordados en oro.

A pesar de haber sido derribado el coro durante la guerra, el pavimento es original y se repuso exactamente como fue, con azulejos auténticos. Sabemos que el dibujo del pavimento es el mismo porque existe en el monasterio (hoy en Canals) un cuadro, cuyo autor se apellida Bellver, que representa un milagro acaecido en dicho coro, cuando cayó un rayo. La pintura es muy minuciosa y se aprecia con todo detalle la disposición del pavimento, así como gran parte de los cuadros que nosotros vimos e inventariamos in situ en el tantas veces citado inventario. Ver la ficha del cuadro y la del pavimento del coro, y las de los cuadros del inventariados en el coro.

Refectorio y dormitorio

Formando ángulo recto con la iglesia, y en dirección sur norte, desde la plaza de la Trinidad hasta casi llegar a la Alameda, se levanta un imponente cuerpo de edificación, cuyas dimensiones aproximadas anotamos aquí de memoria: unos 12 metros de ancho, unos 15 de alto, y entre 35 y 40 de largo. Es decir, una gran nave medieval, similar a la de las iglesias de San Francisco y de Santo Domingo.

Se trata de una construcción del trescientos, de potentes y elevados arcos perpiaños de piedra con arista abocelada, que sustentan una cubierta a dos aguas. Los contrafuertes son interiores. En el siglo XVIII se construyó a media altura un forjado, de modo que el espacio quedó dividido en dos niveles.

En el inferior se instaló entonces el refectorio, con techo de cielorraso en cuyo centro hay pintado un gran escudo de la fundadora del monasterio, Saurina de Entenza, que nunca ha sido restaurado y se conserva en perfectas condiciones.

Sobre el dintel de la puerta de la testera del refectorio hay una imagen de Santa Ana y la Virgen en relieve de alabastro policromado y dorado, del siglo XIV, que conserva parte de ornamentación de un paño arquitectónico de arquerías ciegas, por lo que suponemos que debió formar parte de un altar o paramento.

La carpintería de las puertas de acceso es de gran calidad, de dos hojas de grandes dimensiones labradas por las dos caras en el XVIII.

Al fondo, tras la testera, está la antigua cocina, de la que caben destacar las pilas de mármol de Buixcarró, y la escalera, con barandilla de pilastras rococó con escudo de la fundadora y los pavimentos cerámicos de la misma época, trasladados de otros lugares del monasterio. Desde la cocina se sale al huerto a través de una puerta ojival de carpintería de dos hojas y clavazón góticos, la única puerta conservada de la época de construcción del monasterio.

Desde la escalera de la cocina se asciende al dormitorio, que, como dijimos, tiene otro acceso por el lado opuesto, recayente a la antesala del coro. Se conserva un tramo de la escalera construida en el siglo XVI, de caja hexagonal de yeso, con aristas aboceladas, en cuyas caras prismáticas alternan frontones curvos y rectos avenerados.

Ya en el nivel del dormitorio, hay una portadita, también de yeso, renacentista, con pilastras acanaladas y frontón.

La gran sala de dormitorio esta hoy compartimentada en celdas construidas de ladrillo enlucido. El pavimento es de ladrillo rojo, y tuvo escenas de cerámica vidriada, ya desaparecidas.

En algunos de los niveles intermedios por los que se pasa al subir la escalera aparecen los potentes arcos perpiaños de la edificación en salas de reducidas dimensiones con bellos pavimentos cerámicos, algunos salidos de la Real Fábrica de Azulejos de Valencia, época Disdier.»

b) Partes integrantes

Las partes que se consideran integrantes del monumento junto a sus pertenencias respectivas, son:

Portería.

Ruinas del Claustro.

Iglesia con coros alto y bajo (ala sur).

Dormitorio y refectorio (ala este).

Cocinas.

Cementerios.

Huerto.

Pinturas murales.

La pintura mural ovalada sobre bóveda del presbiterio denominada Santísima Trinidad, de escuela valenciana, temple sobre yeso del siglo XVII.

El conjunto «escala santa con capilla», en la que destacan: el emblema de la orden franciscana en el acceso; los ángeles y motivos vegetales del siglo XVII junto al arrimadero, la imagen de personajes subiendo una escalera ante pontífice y los búcaros con rocallas en el cielorraso.

Las pinturas del interior de los dos nichos del coro alto: uno con Padre eterno, nubes y orlas vegetales, y el situado enfrente, con Espíritu Santo, nubes y orlas vegetales, ambos elaborados al temple sobre yeso, de escuela valenciana del siglo XVIII.

La pintura de Santa Clara en el dintel de la puerta de acceso al coro bajo y el escudo de D.ª Sauvina de Entenza en el refectorio antiguo, pintado al temple, del siglo XVIII.

Esculturas, relieves y escudos:

El relieve de Santa Ana, del siglo XIV, situado en el interior del dormitorio.

El conjunto de escalera de talla en albañilería y ladrillo, del siglo XVI.

Las ménsulas del siglo XIV del arco perpiaño de la sacristía antigua del coro bajo, que reflejan dos rostros femeninos.

El escudo nobiliario tallado en piedra en la puerta de la iglesia.

El escudo nobiliario, tallado en madera del s. XVII en barandilla de la escalera de cocina antigua.

El escudo de D.ª Sauvina de Entenza, del s. XVII, situado sobre el dintel de la puerta de acceso al convento.

Las tallas polícromas de la Iglesia, relativas a San Miguel, del siglo XVIII (situada en la primera capilla lado sur de la iglesia), a la Purísima, del siglo XIX y a la Santísima Trinidad, del siglo XIX.

Marmolería:

La pila lavadero de tres senos, de 1763.

Cuatro pilas, del siglo XVIII.

Una pila de agua bendita de mármol, del siglo XVIII.

Azulejería:

El pavimento, zócalo y antepecho de barandilla con motivos geométricos florales s. XVIII del coro alto.

El pavimento de la enfermería de los siglos XVIII-XIX, de motivos geométricos-vegetales y el pavimento de motivos geométricos, de la Real Fábrica Valencia en el antiguo noviciado, del siglo XIX.

Vidrieras:

Las dos circulares de dibujos geométricos del siglo XVII.

En la fachada sur de iglesia:

Santa Clara, de entre los siglos XVIII y XIX.

San Francisco de entre los siglos XVIII y XIX.

La Inmaculada de entre los siglos XVIII y XIX.

c) Pertenencias y Accesorios

Tablas:

Las ocho tablas de las puertas de los dos nichos del coro que reflejan las imágenes de San Miguel, Seathiel, Barachiel, Uriel, la Asunción, San Gabriel, Jehudiel, y San Rafael, así como una Santa Clara del s. XVII en el antiguo coro bajo.

Lienzos:

El retrato del S. XVII, de la fundadora D.ª Sauvina de Entenza, situado en la 5.ª capilla del lado sur de la Iglesia.

La Santa Cena de gran formato, situada en el refectorio, de Vicente López Portaña y que cuenta con la inscripción: «Vicente López, pintor de cámara de S.M. lo pintó en V.ª. en 1806».

Ebanistería:

Las puertas de acceso a la sacristía, del siglo XVIII.

La puerta de cocina a claustro, del siglo XVII.

La puerta de acceso al dormitorio antiguo, del siglo XVIII.

La sillería del coro, del siglo XIX.

d) Delimitación del entorno afectado

Justificación de la delimitación propuesta

La delimitación de sus entornos de protección se establece en función de los siguientes criterios:

Parcelas que limitan directamente con la que ocupa el BIC, pudiendo afectar al mismo, tanto visual como físicamente cualquier intervención que se realice sobre ellas.Parcelas recayentes al mismo espacio público que el BIC y que constituyen el entorno visual y ambiental inmediato y en el que cualquier intervención que se realice pueda suponer una alteración de las condiciones de percepción del mismo o del carácter del espacio urbano.

Espacios públicos en contacto directo con el BIC y las parcelas enumeradas anteriormente y que constituyen parte de su ambiente urbano inmediato.

Edificaciones o cualquier elemento del paisaje urbano que aún no teniendo una situación de inmediatez con el BIC afecten de forma fundamental a la percepción del mismo.

Delimitación del entorno de protección

Origen: intersección de la prolongación de la medianera entre las parcelas números 08 y 09 de la manzana n.º 50880 y el linde norte de la avenida de Selgas, punto A.

Sentido: horario.

Línea delimitadora: desde el origen, punto A, la línea se dirige hacia la medianera entre las parcelas 08 y 09 de la manzana n.º 50880, continúa por la trasera de las parcelas números 11 y 12, hasta atravesar las medianeras de las parcelas números 16 y 17. Sigue por el eje de la calle Santa Ana e incorpora la parcela n.º 01 de la manzana n.º 51871. Cruza la calle de L’Angel y prosigue por las traseras de las parcelas números 04, 03, 02 y 01 de la manzana n.º 51870, las 04, 03, 02 y 01 de la manzana n.º50873 y las 03, 02 y 01 de la 50870. Cruza la calle Padre Urios e incorpora la parcela n.º 04 de la manzana n.º 49873. Crúzala calle Moneada y prosigue por las traseras de las parcelas de la manzana n.º 49886 recayentes a la calle Portal del Lleó. Cruza la Avenida de Selgas e incorpora las fachadas de las manzanas números 49881 y 50896, prosigue por el linde norte de la avenida hasta el punto de origen.

e) Normativa de protección del Bien de Interés Cultural y su entorno

Artículo 1.

El Ayuntamiento no podrán otorgar licencias para actos de edificación y uso del suelo relativa a inmuebles declarados de interés cultural, o sus entornos, sin haberse acreditado por el interesado la obtención de la autorización de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte, cuando ésta fuera preceptiva, a tenor del artículo 35 de la Ley 4/1998 de 11 de junio, de la Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano. Dicha autorización deberá tener en cuenta los criterios establecidos en los artículos 38 y 39 de la misma Ley.

Artículo 2.

Los usos permitidos en el Monumento serán todos aquellos compatibles con la puesta en valor y disfrute patrimonial del Bien y contribuyan a la consecución de dichos fines. La autorización particularizada de uso se regirá según lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley del Patrimonio Cultural Valenciano.

Artículo 3.

Hasta que el Ayuntamiento redacte el preceptivo Plan Especial de Protección o sea convalidado el planeamiento vigente a los efectos del artículo 34.2 de la Ley del Patrimonio Cultural Valenciano, en los edificios del entorno quedan prohibidas las demoliciones, el aumento de volumen de los mismos o la modificación del carácter tradicional de sus fachadas recayentes a la vía pública que han constituido el ambiente propio del monumento.

Artículo 4.

Todas las intervenciones requerirán, para su trámite autorizativo, la definición precisa de su alcance, con la documentación técnica que por su especificidad les corresponda, y con la ubicación parcelaria y el apoyo fotográfico que permita constatar la situación de partida y su trascendencia patrimonial.

Este último aspecto será evaluado por el técnico municipal de cuyo sopesado informe el Ayuntamiento podrá derivar la no necesidad de trámite autorizativo previo en actuaciones que se sitúen fuera del presente marco normativo por falta de trascendencia patrimonial, como sería el caso de las obras e instalaciones dirigidas a la correcta conservación, buen uso y habitabilidad interior de los edificios que no tengan reconocimiento individualizado de Bien de Interés Cultural o Bien de Relevancia Local, así como las actuaciones de mero mantenimiento de la urbanización y que, por planteamiento, técnica y alcance no supongan poner en peligro los valores del edificio y/o los valores generales del entorno.

En estos casos, el Ayuntamiento comunicará a esta administración en el plazo de 10 días la concesión de licencia municipal, adjuntando como mínimo el informe técnico que se menciona en el párrafo anterior, un plano de ubicación y el apoyo fotográfico que permita constatar la situación de partida y su falta de trascendencia patrimonial.

Artículo 5.

La contravención de lo previsto en el artículo anterior, determinará la responsabilidad del Ayuntamiento en los términos establecidos en el artículo 37 de la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano.

Artículo 6.

Cualquier intervención que afecte al subsuelo del inmueble o de su entorno de protección se someterá a lo dispuesto en el Título III de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano.

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