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Este Rectorado, en uso de las competencias que tiene atribuidas
por el apartado i) del artículo 66 de los Estatutos de esta
Universidad, lo establecido en el artículo 2.2.e) de la Ley Orgánica
6/2001 de 21 de diciembre de Universidades, y de conformidad
con lo dispuesto en los Títulos I y II del Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, oído el Comité de Empresa, ha resuelto convocar
concurso-oposición libre para cubrir, mediante contratación
laboral de carácter fijo, las plazas de personal laboral que se indican
en la norma 1.1 de esta convocatoria, vacantes en la plantilla
de esta Universidad, con arreglo a las siguientes:
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convoca concurso-oposición libre para cubrir las
siguientes plazas vacantes.
1.1.1 61 plazas: Auxiliar de Servicio (Grupo IV B)
De acuerdo con el art. 21.4 de la ley 21/1993, de 29 de
diciembre, la presente convocatoria de plazas se limita a las que se
considera de inaplazable cobertura.
1.2 La realización del proceso selectivo se ajustará, en lo
que resulte aplicable, a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2
agosto (Boletín Oficial del Estado del 3), Convenio Colectivo del
Personal Laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León,
aprobado por Resolución de 25 de octubre de 2002 (Boletín Oficial
del Estado del 14 de noviembre), las normas de la presente
convocatoria y los criterios generales fijados por el Ministerio para
las Administraciones Públicas.
1.3 Funciones de las plazas y jornada de trabajo.
1.3.1 Las funciones que, con carácter general, corresponden
a las plazas en relación con las categorías que aquí se convocan.
1.3.2 Las funciones específicas de las plazas, jornada de
trabajo y horarios de las mismas son las que se realizan en la
Unidad a la que corresponde la plaza, de acuerdo con lo
establecido en el Convenio Colectivo.
1.4 Las retribuciones y demás derechos de contenido
económico se ajustarán a lo que determina el citado Convenio
Colectivo y, en lo que resulte aplicable, los Estatutos de la Universidad
de Salamanca y demás normas de carácter general en materia
de retribuciones de Personal Laboral al servicio de los Organismo
Públicos.
1.5 El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido
a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, en materia de
incompatibilidades.
2. Requisitos de los aspirantes
2.1 Para ser admitido a este concurso-oposición los
aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a los empleos
públicos y en particular:
a) Tener cumplidos 18 años de edad.
b) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el
ejercicio de las funciones propias de la plaza objeto de esta
convocatoria. Quienes tengan la condición de minusválido, reconocida
por el Instituto Nacional de Servicios Sociales (INSERSO), deberán
tener catalogada la minusvalía para la plaza a la que aspiran.
c) Títulos Académicos: Certificado de escolaridad o
equivalente.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas
por Sentencia Judicial firme.
Los requisitos establecidos deberán cumplirse el último día de
plazo de presentación de solicitudes.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán
hacerlo constar mediante solicitud, en el modelo que se acompaña
como Anexo I a la presente convocatoria.
3.2 Las solicitudes se dirigirán al Excmo. Sr. Rector Magnífico
de la Universidad de Salamanca en el plazo de veinte días naturales
contados a partir del siguiente al del anuncio de la publicación
de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado"
3.3 La presentación de solicitudes podrá realizarse en el
Registro General de la Universidad de Salamanca o en la forma
establecida en el art. 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
A la solicitud se acompañará necesariamente:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad
b) Justificante de haber abonado los derechos de examen.
3.4 Los derechos de examen de este concurso-oposición serán
de: 12 euros ; que se ingresarán en la cuenta de ingresos de derechos
de examen plazas P.A.S. de la Universidad de Salamanca número
0049-1843-42-2510186480 del Banco Santander Central
Hispano, o mediante giro postal o telegráfico a favor de la Universidad
de Salamanca, Sección de Asuntos Económicos. Patio de Escuelas
n.o 1.-37008 Salamanca. En caso de ingreso mediante giro deberá
acompañarse a la solicitud el resguardo original del giro efectuado.
3.5 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el
Rectorado de la Universidad de Salamanca hará pública, en el tablón
de anuncios de la Universidad, situado en la planta baja del edificio
del Rectorado y en el Boletín Oficial de Castilla y León, una
Resolución con la lista de los aspirantes excluidos, con expresión de
las causas de la no admisión. Serán excluidos aquellos aspirantes
que no aporten copia del Documento Nacional de Identidad o
no abonen los derechos de examen.
3.6 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la
Resolución en el Boletín Oficial de Castilla y León, para poder
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.
Contra dicha Resolución de exclusión podrá interponerse
Recurso de Reposición ante el Excmo Sr Rector Magnífico de esta
Universidad o Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado
de lo Contencioso Administrativo de Salamanca en el plazo de
dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.
3.7 Los derechos de examen serán reintegrados de oficio a
los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de las
pruebas selectivas.
4. Procedimiento de selección
4.1 El sistema de selección de los aspirantes será el de
concurso-oposición, con arreglo a las pruebas y ejercicios que se
especifican en el Anexo II.
5. Tribunal calificador
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
en el anexo III de estas bases.
5.2 El Tribunal podrá nombrar vocales asesores, en un
máximo de dos, que actuarán con voz pero sin voto.
5.3 Con arreglo a lo dispuesto en el Anexo 4 del R.D.
236/1988, de 4 de marzo (B.O.E. del 19), en relación con el
artículo 33.1 del mismo, el Tribunal tendrá la categoría Cuarta.
6. Actuación de los tribunales: desarrollo de los ejercicios y lista
de aprobados
6.1 El Tribunal no podrá actuar sin la presencia de, al menos,
tres de sus miembros con derecho a voto, y en todo caso el
Presidente y el Secretario (o sus suplentes).
6.2 Previa convocatoria del Presidente, el Tribunal celebrará
la sesión de constitución en el plazo mínimo de diez días antes
de la realización del primer ejercicio. En dicha sesión el Tribunal
acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al
correcto desarrollo de las pruebas.
6.3 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse, y los
aspirantes podrán recusarlos, cuando se den en ellos los motivos y
circunstancias previstos en el artículo 28 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
6.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en la Sección de Personal de Administración
y Servicios, Rectorado de la Universidad de Salamanca.
6.5 Desarrollo de los ejercicios.
6.5.1 Anuncio del inicio de los ejercicios: El lugar, día y hora
en que se celebrará el primer ejercicio se hará público por el
Tribunal en el plazo máximo de un mes a partir de la fecha de
terminación del plazo previsto para la presentación de solicitudes,
y se publicará en el tablón de anuncios de la Universidad situado
en la planta baja del Edificio del Rectorado.
6.5.2 El inicio del segundo ejercicio se hará público por el
Tribunal, al menos 48 horas antes, en el mismo lugar y en la
misma resolución en que se publique la lista de los aspirantes
que, resultando aprobados en el primer ejercicio, deban realizar
el segundo.
6.5.3 Los aspirantes serán convocados en único llamamiento
para cada ejercicio, debiendo ir provistos del Documento Nacional
de Identidad o acreditación equivalente. En las plazas en que para
el desarrollo de los ejercicios se precise utilizar determinado
material o instrumental, los aspirantes deberán ir provistos del mismo.
6.5.4 En cualquier momento los Tribunales podrán requerir
a los opositores para que acrediten su identidad.
6.5.5 El orden de actuación de los aspirantes para los
ejercicios, comenzará por el primer candidato de la letra X, en el
supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido
comience por la letra X, el orden de actuación se iniciará por
aquellos cuyo primer apellido comience por la letra Y, y así
sucesivamente, de conformidad con lo establecido en la Resolución
de la Secretaria de Estado para la Administración Pública de 10
de marzo de 2003 (Boletín Oficial del Estado del 14 de marzo).
6.5.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el
Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no
posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente
convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su
exclusión al Rector de la Universidad, comunicándole, asimismo,
las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la
solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos
procedentes.
Contra la exclusión del aspirante podrá interponerse recurso
de reposición ante la misma autoridad indicada anteriormente.
6.5.7 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios escritos sean corregidos
sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando los
impresos aprobados por O.M. de 18 de febrero de 1985 (B.O.E.
del 22), o similares, salvo que se trate de ejercicios en que el
Tribunal acuerde su lectura pública por el aspirante.
6.6 Listas de aprobados.
6.6.1 El Tribunal hará pública las listas de aspirantes que
hayan superado cada uno de los ejercicios de la fase del
concurso-oposición en el mismo lugar donde éstos se realizaron y
en el tablón de anuncios de la Universidad de Salamanca.
6.6.2 Finalizada la fase del concurso-oposición, el Tribunal
hará pública la lista de los aspirantes que hayan obtenido plaza
por orden de puntuación total. En el plazo de tres días desde
que se haga pública la relación de personas que hayan obtenido
plaza, el Presidente del Tribunal elevará propuesta de
nombramiento al Excmo. Sr. Rector Magnífico de la Universidad, sin
que en ningún caso excedan los propuestos del número de plazas
convocadas.
El Tribunal, igualmente, y de forma facultativa, podrá hacer
pública una relación complementaria en la que figure la puntuación
obtenida por el resto de los aspirantes no seleccionados y en el
caso de que alguno de los solicitantes propuestos no llegase a
formalizar el correspondiente contrato, se incluirá en la propuesta
al solicitante que le siga en orden de puntuación.
6.6.3 En el supuesto de que se hayan presentado
reclamaciones a la lista de aspirantes que hayan obtenido plaza, el Tribunal
deberá resolverlas en el plazo máximo de tres días, y en todo
caso, antes de formular la propuesta de nombramiento ante el
Excmo. Sr. Rector.
6.6.4 El Tribunal no podrá declarar que han superado las
pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de las
plazas convocadas.
7. Presentación de documentos y posterior nombramiento
7.1 Los aspirantes que superen las presentes pruebas
selectivas, para su contratación como personal laboral fijo, presentarán
en el registro General de esta Universidad, dentro de los veinte
días naturales desde que se haga pública la relación de los que
hayan obtenido plaza, los siguientes documentos:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o
acreditación equivalente, bien compulsada, bien acompañada del
original para su comprobación.
b) Fotocopia, debidamente compulsada, del título académico
requerido según el art. 2.1.c) de esta convocatoria.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,
mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración
Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones
públicas.
d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad
ni defecto físico que imposibiliten para el servicio, expedido por
el facultativo de la Seguridad Social que corresponda al interesado
o por los Servicios Provinciales del Ministerio de Sanidad y
Consumo u Organismos correspondientes de las Comunidades
Autónomas.
7.2 Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza
mayor, no presentasen la referida documentación, no podrán ser
contratados, quedando anuladas todas las actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por
falsedad en su solicitud.
7.3 Una vez cumplidos los requisitos de los anteriores puntos,
el Rectorado de la Universidad de Salamanca hará público, en
el tablón de anuncios, el nombramiento de las personas que hayan
obtenido plaza en esta oposición.
El nombramiento surtirá efectos cuando se formalice el contrato
correspondiente.
7.4 En el contrato que se suscriba podrá fijarse un periodo
de prueba, que en ningún caso será superior al establecido
legalmente, y tendrá los efectos que el ordenamiento jurídico laboral
dispone.
8. Norma final
8.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en este
concurso-oposición, se someten a las bases de esta convocatoria y
su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio
de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal está facultado para
resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos
necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas, en todo lo
no previsto en las bases, así como para su interpretación.
8.2 La convocatoria y sus bases y cuantos actos
administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal podrán
ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma
establecidos en la Ley de 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Salamanca, 22 de octubre de 2003.-El Rector, Enrique
Battaner Arias.
SIGUEN IMÁGENES (Ver páginas 38567 a 38568)
ANEXO II
Concurso-oposición
Para las plazas: Auxiliar de Servicios (Grupo IV-B)
1.1 Pruebas a realizar.
Primera fase. Oposición. Constará de dos pruebas sucesivas
y eliminatorias.
Primera prueba. Consistirá en dos ejercicios que se realizarán
en unidad de acto.
A) Un cuestionario tipo test de respuestas alternativas, de
las cuales solo una será la correcta durante un tiempo máximo
de media hora, sobre el siguiente temario:
1. Los derechos fundamentales y libertades públicas del Título
Primero de la Constitución Española.
2. La Universidad de Salamanca: Estatutos. Régimen
económico y administrativo.
3. La Universidad de Salamanca: Órganos de Gobierno
unipersonales y colegiados. El Consejo Social. El Claustro
Universitario. El Consejo de Gobierno.
4. La Universidad de Salamanca: Clases y Régimen Jurídico
de personal de administración y servicios.
5. El Convenio Colectivo del personal laboral de las
Universidades de Castilla y León.
6. Centros y Servicios de la Universidad de Salamanca.
Denominación y ubicación.
B) Un cuestionario tipo test de respuestas alternativas, de las
cuales solo una será la correcta., durante un tiempo máximo de
media hora. El cuestionario estará relacionado con el contenido
del programa anexo IV.
Segunda prueba. Prueba teórico/práctica relativa a las
funciones a desarrollar durante el tiempo y condiciones que fije el
Tribunal inmediatamente antes de su ejecución.
Segunda Fase. Concurso: El Tribunal valorará el curriculum
vitae y trayectoria profesional de los aspirantes en relación con
su adecuación e idoneidad para la plaza convocada. Se valorarán
especialmente los servicios efectivos prestados, en la misma
categoría de la plaza convocada en Empresas Públicas o Privadas.
El Tribunal convocará a los aspirantes a una entrevista personal
de duración máxima de 20 minutos en la que se debatirán los
méritos aducidos por los candidatos y su curriculum profesional,
con el objeto de acreditar la realidad de su formación, aptitud
psicotécnica y capacidad para las labores propias de la plaza
convocada.
Valoración de las pruebas:
1. Cada prueba de la fase de oposición será valorada de cero
a diez puntos, siendo preciso obtener un mínimo de cinco puntos
en cada prueba, según el baremo fijado por el Tribunal, para
acceder a la fase de concurso. La segunda prueba se calificará
primeramente de apto o no apto y solo se asignará puntuación para
aquellos que la superen como aptos.
2. La fase de concurso se valorará de cero a 7,5 puntos. Los
puntos de esta fase no podrán utilizarse para obtener el mínimo
de "Aprobado" de los ejercicios de la fase de oposición.
3. Se declararán aprobados a aquellos aspirantes que,
superando las dos pruebas, obtengan la máxima puntuación como
resultado de sumar las calificaciones parciales y la correspondiente
a la fase de concurso. En caso de empate en la puntuación se
atenderá a la puntuación obtenida en la fase de concurso y de
persistir el empate al orden obtenido por la mayor puntuación
en la segunda prueba.
4. No podrán utilizarse apuntes, documentos o libros para
la realización de los ejercicios. Únicamente los que accedan a
la fase de concurso podrán aportar la justificación documental
que consideren oportuna de su trayectoria profesional y formativa
y habilidades apropiadas para la plaza, para su examen por el
Tribunal. Dicha documentación deberá aportarse como trámite
previo a la realización de la entrevista, atendiendo al requerimiento
que formule el Tribunal al efecto al hacer pública la lista de
aprobados del segundo ejercicio.
ANEXO III
Tribunales
Auxiliar de Servicios (Grupo IV-B)
Presidente: D. Antonio Arias Rodríguez, Gerente de la
Universidad de Salamanca.
Vocales:
D.a M.a del Mar Rivas Pastrana, funcionaria de la Escala de
Gestión de la Universidad de Salamanca, por designación del
Rector.
D. Manuel Ramos Hernández, Conserje de la Universidad de
Salamanca, por designación del Rector.
D. José Antonio Ingelmo Rodríguez, miembro del Comité de
Empresa de la Universidad.
D.a Soledad García Sánchez, miembro del Comité de Empresa
de la Universidad.
Secretaria: M.a Teresa Alonso Cordero, funcionaria del área
de Personal.
ANEXO IV
Programas de Auxiliar de Servicios
1. Aspectos esenciales de la organización y funcionamiento
de la Universidad de Salamanca. Los Departamentos. Los
institutos Universitarios. Los Centros. Los órganos centrales.
2. Recogida, entrega, tratamiento, manipulación y
clasificación simple de documentación y correspondencia.
3. Información y atención al público.
4. Revisión y reposición de materiales, equipamiento e
instalaciones, Subsanación de anomalías y desperfectos que no exijan
especial cualificación técnica.
5. Funciones y tareas de los Auxiliares de Servicios.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid