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Documento BOE-A-2003-20327

Resolución de 25 de septiembre de 2003, de la Dirección General de Patrimonio y Museos, de la Consejería de Cultura, por la que se incoa expediente para declarar bien de interés cultural, con categoría de monumento, el inmueble correspondiente a la "Casa-Palacio de los Clemente de Aróstegui", localizado en Cuenca.

Publicado en:
«BOE» núm. 264, de 4 de noviembre de 2003, páginas 39169 a 39170 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Referencia:
BOE-A-2003-20327

TEXTO ORIGINAL

Vista la documentación técnica correspondiente, esta Dirección General de Patrimonio y Museos ha acordado:

Primero.

Incoar expediente para declarar bien de interés cultural, con categoría de monumento, el inmueble correspondiente a la «Casa-Palacio de los Clemente de Aróstegui», localizado en Cuenca.

Segundo.

Disponer la apertura de un período de información pública, a fin de que todos cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar el expediente y alegar lo que consideren oportuno, durante el plazo de veinte días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución, en las dependencias de esta Dirección General de Patrimonio y Museos (c/ Trinidad, núm. 8, Toledo), y ello de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero.

Hacer saber al Ayuntamiento de Cuenca que, según lo dispuesto en los artículos 11 y 16 de la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español, las obras que hayan de realizarse en dicho inmueble, o en su entorno, no podrán llevarse a cabo sin aprobación previa del proyecto correspondiente por el órgano autonómico con competencia en la materia (Comisión del Patrimonio Histórico respectiva o, en su caso, esta propia Dirección General de Patrimonio y Museos).

Cuarto.

Notificar el presente acuerdo a los interesados; así como al Registro General de Bienes de Interés Cultural, para su anotación preventiva.

Quinto.

Promover la publicación del presente acuerdo en el D.O.C.M. y en el B.O.E., a efectos de lo dispuesto en los artículos 59, apartados 4 y 5, y 60 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Toledo, 25 de septiembre de 2003.‒El Director General, Antonio Moraleda Galán.

ANEXO

Descripción:

La Casa-Palacio de los Clemente de Aróstegui, edificada en el siglo XVII, se encuentra entre medianeras y es de planta irregular. Tiene la fachada principal, de tres plantas, a la calle Alfonso VIII, y la fachada trasera, de cinco plantas, a la Hoz del Huécar y a la calle de Santa Catalina.

La fachada principal, de gran extensión, cuenta con impostas, alero, rejas en la primera planta, balcones, repartidos regularmente en vertical y en horizontal, y escudos nobiliarios.

La fachada posterior presenta fenestración irregular y balcones, así como dos plantas de galería en uno de los cuerpos de edificación.

Interiormente se distribuye con una escalera, coronada con una linterna octogonal sobre pechinas, con decoración rococó a base de elementos florales y angelotes.

Objeto de la declaración:

Inmueble correspondiente a la «Casa-Palacio de los Clemente de Aróstegui», localizado en Cuenca.

Área de protección:

Vendría definida por:

Manzana: 41670, parcela 01.

Manzana: 42671, completa.

Manzana: 42680, parcelas 01, 02, 03, 04, 05 y 06.

El área de protección afecta, asimismo, a todos los espacios públicos contenidos por la línea que bordea el perímetro exterior de las citadas manzanas y parcelas y las une entre sí.

Se juzga necesario posibilitar el control administrativo establecido en la legalidad de Patrimonio Histórico sobre el área de protección señalada, en razón de que cualquier intervención en ella se considera susceptible de afectar negativamente a la conservación o a la contemplación del bien objeto de tutela.

Todo ello según plano adjunto.

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