Visto el expediente de indulto de don Gonzalo Martín Campos Luque-Romero, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Córdoba, en sentencia de fecha 6 de septiembre de 2002, como autor de un delito contra la seguridad del tráfico, a la pena de un año y dos meses de privación del derecho a conducir vehículos de motor y multa de 4 meses a satisfacer en cuotas diarias de 5 euros, por hechos cometidos en el año 2001, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 31 de octubre de 2003.
Vengo en conmutar a don Gonzalo Martín Campos Luque-Romero la pena privativa de privación de conducir vehículos a motor y ciclomotores pendiente de cumplimiento por otra de 360 días de multa, a satisfacer en cuotas diarias de 4 euros cuyo inicio y forma de cumplimiento será determinado por el Tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, a 31 de octubre de 2003.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ
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