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Documento BOE-A-2003-20661

Resolución de 30 de octubre de 2003, del Centro de Estudios Jurídicos de la Administración de Justicia, por la que se convoca el curso sobre "Futuro de la Medicina Forense".

Publicado en:
«BOE» núm. 270, de 11 de noviembre de 2003, páginas 39807 a 39809 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2003-20661

TEXTO ORIGINAL

El Centro de Estudios Jurídicos tiene entre sus funciones la de organizar actividades de formación y perfeccionamiento para Médicos Forenses, según el artículo 3.1, párrafo c) de su Estatuto, aprobado mediante Real Decreto 1276/2003, de 10 de octubre, en virtud de lo cual convoca el curso sobre «Futuro de la Medicina Forense» dentro del Plan Estatal de Formación Continuada 2003.

1. Fecha, horario y lugar de celebración:

Se realizará los días 10 y 11 de diciembre, de 9:30, a 14:30 en la sede del Centro de Estudios Jurídicos.

2. Destinatarios:

Funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Médicos Forenses que estén en la situación administrativa de servicio activo hasta un número de 40 plazas.

3. Solicitudes:

Quienes aspiren a participar en la acción formativa que se convoca deben solicitarlo al Centro de Estudios Jurídicos, calle Juan del Rosal, n.º 2 (Ciudad Universitaria), 28040 Madrid, utilizando el formulario que figura en el anexo I.

4. Plazo de presentación de solicitudes:

Las solicitudes dirigidas al Director del Centro de Estudios Jurídicos, se presentarán dentro del plazo de diez días hábiles desde el siguiente a la publicación de esta Resolución en el BOE. Se recomienda la utilización del fax, enviándolas al n.º 915431870 o a la dirección de correo electrónico: infogral.cejaj@cejaj.mju.es

5. Selección:

En orden a la selección de asistentes, si el número de solicitudes excede del de plazas convocadas, se aplicarán los siguientes criterios entre quienes cumplan el requisito del apartado 2:

a) Número de cursos o jornadas de formación del Plan de Actividades Estatal en las que se ha participado entre 1997 y 2002, ambos inclusive, dando preferencia a quienes hayan realizado un número inferior de actividades formativas.

b) Puesto escalafonal, reservándose el 50% de las plazas para aquellos Médicos Forenses que tengan mayor antigüedad en el escalafón y el 50% para los de reciente ingreso (últimas promociones del escalafón).

Realizado el proceso de selección de solicitudes para asistir a la acción formativa objeto de la presente convocatoria, el Centro de Estudios Jurídicos remitirá a los seleccionados, antes de la fecha del inicio del curso, información detallada sobre la actividad formativa y las cuestiones relativas a viajes y estancia para la asistencia al curso concreto.

Las posibles sustituciones para cubrir las vacantes que se produzcan por renuncias de los seleccionados serán comunicadas en un plazo que oscila entre 5 y 6 días anteriores a la fecha de inicio del curso.

6. Licencias por estudios y comisiones de servicio:

El Médico Forense seleccionado comunicará al titular del órgano en el que preste servicios la concesión de la licencia o comisión de servicios, que gestionará el Centro de Estudios Jurídicos para los Médicos Forenses que no estén destinados en las Comunidades Autónomas con competencia en materia de medios personales de Justicia y cuidará de que sus funciones, durante el período de duración de las jornadas, queden debidamente atendidas. Corresponde al Centro de Estudios Jurídicos liquidar los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención según las cuantías establecidas en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio (B.O.E. del 30).

7. Renuncias:

A fin de garantizar que se cubran todas las plazas convocadas, en la selección se incluirán un 25% más respecto al total de las previstas, con carácter de suplencia, para subsanar la imposibilidad de asistencia de alguno o algunos de los inicialmente admitidos. Por este motivo, es importante destacar la necesidad de que se comunique al Centro de Estudios, por escrito y con suficiente antelación, tanto la imposibilidad de asistencia de los seleccionados, como las causas justificativas de ello, para facilitar la ocupación de las plazas vacantes por uno o varios de los suplentes.

8. Certificado:

El Centro de Estudios Jurídicos, en colaboración con el Coordinador del Curso, efectuará un control de asistencia individualizada a las distintas ponencias que se desarrollen, en orden a la expedición de certificado, que conforme al artículo 9 del Reglamento, corresponde emitir a este Centro, el cual no se otorgará, si el índice de asistencia en su conjunto, respecto de cada participante, es inferior al 75% de las actividades y ponencias impartidas.

Madrid, 30 de octubre de 2003.–El Director general, José Luis González Montes.

ANEXO I

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