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Documento BOE-A-2003-21011

Resolución de 4 de noviembre de 2003, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se declara aprobados a los aspirantes que han superado las pruebas selectivas para cubrir plazas de personal laboral fijo en la categoría de Oficial de Administración, mediante contratación laboral fija, por el turno de promoción interna.

Publicado en:
«BOE» núm. 276, de 18 de noviembre de 2003, páginas 40631 a 40632 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2003-21011

TEXTO ORIGINAL

Por Orden del Ministerio de Administraciones Públicas, de 6

de febrero de 2003, (Boletín Oficial del Estado del día 14) fueron

convocadas pruebas selectivas para cubrir plazas de personal

laboral en la categoría de Oficial de Administración, por el turno de

promoción interna previsto en los artículos 29 y 31 del Convenio

único para el personal laboral de la Administración del Estado,

en el ámbito de dicho convenio.

La gestión de las citadas pruebas selectivas ha sido llevada

a cabo por la Subsecretaría del Ministerio de Asuntos Exteriores,

según Acuerdo de encomienda de gestión suscrito por esta

Secretaría de Estado para la Administración Pública y la mencionada

Subsecretaría, de fecha 11 de noviembre de 2002, hecho público

por Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia,

de 20 de noviembre de 2002 (B.O.E. del día 27).

Vista la propuesta formulada por el órgano de selección de

las citadas pruebas selectivas, y verificado el cumplimiento de

los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.

En su virtud, esta Secretaría de Estado para la Administración

Pública, en ejercicio de las competencias atribuidas por el

artículo 56 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales,

Administrativas y del Orden Social y de acuerdo con lo previsto

en el artículo 2.1 del Real Decreto 1372/2000, de 19 de julio,

por el que se modifica y desarrolla la estructura orgánica básica

del Ministerio de Administraciones Públicas, a propuesta de la

Subsecretaría del Ministerio de Asuntos Exteriores, resuelve:

Primero.-Declarar aprobados en las pruebas selectivas para

cubrir plazas de personal laboral fijo en la categoría de Oficial

de Administración, por el turno de promoción interna, a los

aspirantes que se relacionan en el anexo de esta Resolución, ordenados

de acuerdo con la puntuación final obtenida y con indicación de

las plazas que se les adjudica.

Segundo.-Los aspirantes aprobados cesarán en las plazas que

actualmente ocupan en el plazo de tres días hábiles siguientes

a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado.

Los ceses serán formalizados utilizando para ello el documento

registral L.1.R., y serán comunicados al Registro Central de

Personal dentro del plazo máximo de tres días desde la fecha de

la formalización, para su anotación.

Los aspirantes aprobados tomarán posesión de las plazas que

les han sido adjudicadas en el plazo de tres días hábiles, contados

a partir del día siguiente al del cese, si no implica cambio de

residencia, o de un mes si implica cambio de la misma.

Las tomas de posesión se formalizarán utilizando para ello el

documento registral L.2.R., y serán comunicados al Registro

Central de Personal dentro del plazo máximo de tres días desde la

fecha de la formalización, para su anotación.

Cuando los actos de ceses y tomas de posesión señalados en

los párrafos anteriores sean formalizados por la misma Autoridad,

deberá utilizarse el documento registral L.3.R, y serán

comunicados al Registro Central de Personal dentro del plazo máximo

de tres días desde la fecha de la formalización, para su anotación.

El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen

las vacaciones oficiales que se estén disfrutando, y los permisos

o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los

interesados. El cómputo del plazo de toma de posesión del trabajador

de baja por Incapacidad Temporal, se iniciará a partir del día

siguiente al que se produzca el alta médica.

Tercero.-Todas las modificaciones de las condiciones de

trabajo que se produzcan, serán recogidas en el contrato de trabajo

mediante la correspondiente diligencia, que pasará a formar parte

integrante del mismo. Dicha diligencia será realizada por el

Ministerio donde radica la nueva plaza adjudicada al trabajador.

Cuarto.-Simultáneamente a la ocupación efectiva de las plazas

por los aspirantes aprobados, quedarán extinguidos, en su caso,

los Contratos de trabajo del personal laboral interino que las

estuvieran desempeñando.

Quinto.-Contra la presente Resolución podrá interponerse

demanda ante la jurisdicción social, previa reclamación ante esta

Secretaría de Estado, en el plazo de veinte días de acuerdo con

lo establecido en el artículo 59.4 del Estatuto de los Trabajadores,

aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo,

en relación con lo prevenido en los artículos 69 de la Ley de

Procedimiento Laboral, texto refundido aprobado por Real Decreto

Legislativo 2/1995, de 7 de abril, y 125 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que comunico a VV.II.

Madrid, 4 de noviembre de 2003.-El Secretario de Estado,

Julio Gómez-Pomar Rodríguez.

Ilmos. Sres. Subsecretarios de los Ministerios de Administraciones

Públicas, Defensa, Trabajo y Asuntos Sociales y Directora

General de la Función Pública.

SIGUE ANEXO (Ver imagen página 40632)

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