Finalizada la fase de oposición de las pruebas selectivas para
ingreso, por el sistema general de acceso libre, a la Escala Superior
de Técnicos de Tráfico, convocadas mediante Orden
INT/1062/2003, de 16 de abril de 2003 ("Boletín Oficial del
Estado" núm. 107, de 5 de mayo), y de acuerdo con la certificación
emitida por el Tribunal calificador de dichas pruebas selectivas,
Este Ministerio del Interior acuerda:
Primero.-Hacer pública como anexo I de esta Orden, de
conformidad con lo dispuesto en la base 7.2 de la convocatoria, la
relación de los aspirantes aprobados en la fase de oposición, por
orden de puntuación obtenida y con indicación del número del
documento nacional de identidad.
Segundo.-Los aspirantes aprobados, que figuran en el anexo I
adjunto, dispondrán de un plazo de veinte días naturales desde
la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de esta Orden,
para presentar, en el Registro de la Dirección General de Tráfico,
calle Josefa Valcárcel, 28, o bien en la forma establecida en el
artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del documento de identidad o
pasaporte.
b) Fotocopia compulsada del Título de Licenciado, Ingeniero,
Arquitecto o equivalente, incluyendo, en su caso, el haber
superado el proyecto de "Fin de carrera".
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá
presentarse fotocopia compulsada de la documentación que
acredite su homologación.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario de ninguna Administración
Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas, según el modelo que figura como anexo II.
Los aspirantes que no posean nacionalidad española deberán
presentar, además de la declaración relativa al Estado Español
a que se refiere el párrafo anterior, declaración jurada o promesa
de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal
que impida en su Estado el acceso a la función pública, según
el modelo que figura como anexo III.
d) Los aspirantes extranjeros que no residan en España,
deberán presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber
solicitado la tarjeta de residencia comunitaria, en el caso de que no
la hubiesen tenido que aportar en el momento de presentar la
solicitud de participación.
Tercero.-Quienes tuvieran la condición de funcionarios de
carrera estarán exentos de justificar documentalmente las
condiciones y demás requisitos ya probados documentalmente para
obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar
certificación del Registro Central de Personal o del Ministerio u Organismo
del que dependieran para acreditar tal condición, y demás
circunstancias que consten en su expediente personal.
Asimismo deberán formular opción para la percepción de la
remuneración que deseen percibir durante su condición de
funcionarios en prácticas. Dicha opción deberá ser formulada
igualmente por quienes invoquen su condición de personal laboral o
funcionario interino, de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 456/1986, de 10 de febrero, modificado por Real Decreto
213/2003, de 21 de febrero.
Cuarto.-Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza
mayor debidamente acreditados, no presentaran la
documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno
de los requisitos señalados en la base 2.a, no podrán ser
nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad que hubiesen incurrido por falsedad
en la solicitud inicial.
Quinto.-Por orden de la autoridad convocante, se procederá
al nombramiento de funcionarios en prácticas, en el que se
determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho
nombramiento.
Estos funcionarios deberán superar el curso selectivo previsto
en la base 1.2 de la convocatoria que dará comienzo en el mes
de diciembre, en el lugar, fecha y hora previstas en la Orden de
nombramiento como funcionarios en prácticas.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo o período
de prácticas perderán el derecho a ser nombrados funcionarios
de carrera mediante resolución motivada por la autoridad
convocante. Quienes no pudieran realizar el curso selectivo o período
de prácticas por causa de fuerza mayor debidamente justificada
y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con
posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la
puntuación obtenida.
Sexto.-La petición de destinos por parte de los aspirantes
aprobados deberá realizarse previa oferta de los mismos y una vez
finalizado el período de prácticas.
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo
de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación
en el Boletín Oficial del Estado, ante el mismo órgano que lo
dicta, o recurso contencioso-administrativo ante el órgano
competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses, de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 4 de noviembre de 2003.-El Ministro, P. D. (Orden
INT/2992/2002, de 21 de noviembre, BOE de 28-11-02), la
Subsecretaria, María Dolores de Cospedal García.
Ilmo. Sr. Director general de Tráfico.
ANEXO I (Ver imagen página 41309)
Relación de aspirantes que han superado la fase de oposición
de las pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general
de acceso libre, a la Escala Superior de Técnicos de Tráfico
(Orden INT/1062/2003, de 16 de abril, "Boletín Oficial del Estado"
número 107, de 5 de mayo)
Núm.
de
orden
DNI Apellidosynombre
Puntuacióntotal
fase
deoposición
01 44.425.782-V Martínez Fernández, Ana .... 56,25
02 02.540.022-V Rabanal Torres, Jesús
Balbino ...................... 50,25
03 50.867.722-W García Matas, Eva Almudena. 43,25
04 02.533.045-D Truco López, M.a Pilar ...... 41,93
05 33.511.241-B Girón Tomás, M.a del Carmen. 41,38
06 06.577.599-J Pérez Blázquez, Francisco
Javier .................... 39,75
07 27.475.243-H Marín Hernández, Fulgencio 39,13
08 44.580.242-D Martínez Ramos, Tatiana
María .................... 39,00
09 52.445.025-B Hurtado de Mendoza Cabrera,
Rafael Andrés ............ 38,50
10 34.864.550-T García Fernández, Miguel
Ángel .................... 37,70
11 33.388.461-M Vilaret Cano, Eloísa María ... 36,73
ANEXO II
Don/Doña .......................................................................,
con domicilio en ...................................................................,
y documento nacional de identidad número ...............................
Declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado
funcionario/a del Cuerpo/Escala .................................., que no
ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones
Públicas y que no se halla inhabilitado/a para el ejercicio de las
funciones públicas.
En .................. a ......... de .................. de 200.......
ANEXO III
Don/Doña .......................................................................,
con domicilio en ...................................................................,
y documento nacional de identidad o pasaporte número .............
Declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado
funcionario/a del Cuerpo/Escala .................................., que no
ha sido sometido/a a sanción disciplinaria o condena penal que
impida en su Estado el acceso a la función pública.
En .................. a ......... de .................. de 200.......
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