En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 215/2003,
de 21 de febrero, ("Boletín Oficial del Estado" del día 22) por
el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2003
y con el fin de atender las necesidades de personal de la
Administración Pública.
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas por el Artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado, previo informe de la Dirección General de la Función
Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo
de Oficiales de Arsenales de la Armada, con sujeción a las
siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas Generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 12 plazas,
del Cuerpo de Oficiales de Arsenales de la Armada (Código 0424),
de las cuales 6 se convocan por el sistema general de acceso
libre y 6 se reservan para dar cumplimiento a lo dispuesto en
el artículo 3 del Real Decreto 999/2002, de 27 de septiembre,
(B.O.E. de 9 de octubre) sobre valoración como mérito del tiempo
de servicios prestados en las Fuerzas Armadas como militar de
complemento, militar profesional de tropa y marinería o reservista
voluntario y la reserva de plazas para militares profesionales en
el acceso a la Administración del Estado.
Las plazas sin cubrir del cupo de reserva a militares
profesionales, se acumularán al cupo de plazas libres.
El conjunto de plazas ofertado se distribuye por áreas de
especialización y localización geográfica en la forma en que se relaciona
a continuación:
SIGUEN CUADROS (Ver imagen página 42295)
Total
plazas
Plazas
libres
Plazas
reservaRama Especialidad Localizaciónplazas
Construcción. Construcción. 2 1 1 Segundo Escalón de Mantenimiento Flotilla de Aeronaves
(Rota-Cádiz).
Base Naval de Rota (Rota-Cádiz).
Automovilismo. Mecánica del Automóvil. 3 1 2 Parque de Autos n.o 4 de Cartagena (Cartagena-Murcia)-2
plazas.
Base Naval de Rota (Rota-Cádiz)-1 plaza
Química. Químico de Laboratorio. 1 1 - Segundo Escalón de Mantenimiento Flotilla de Aeronaves
(Rota-Cádiz).
Electricidad. Instalador Montador. 2 1 1 Arsenal de Cartagena (Cartagena-Murcia).
Electrónica. Electrónico. 2 1 1 Arsenal de Ferrol (Ferrol-A Coruña).
Madera. Ebanista-Carpintero. 2 1 1 Base Naval de Rota (Rota-Cádiz).
Arsenal de la Carraca (San Fernando-Cádiz).
Total plazas .................................... 12 6 6
A los efectos de participación en los procesos selectivos
correspondientes a las plazas reservadas a militares profesionales,
se entenderá que los servicios prestados en las
especia
lidades que a continuación se relacionan, guardan relación
con las funciones a desempeñar en los puestos a los que se
opta.
Rama. Especialidad. Relación de especialidades que guardan relación con las funciones a desempeñar en
los puestos a los que se opta (OM 15/2000, de 21 de enero - BOD n.o 19, de
28 de enero).
Construcción. Construcción. Ejército de Tierra: Instalaciones.
Armada: ninguna.
Ejército del Aire: Instalaciones.
Automovilismo. Mecánica del Automóvil. Ejército de Tierra: Mantenimiento de vehículos.
Armada: Automoción.
Ejército del Aire: Mantenimiento de vehículos.
Electricidad. Instalador Montador. Ejército de Tierra: Electricidad.
Armada: Mecánica, Electricidad.
Ejército del Aire: Mecánica de telecomunicaciones y electrónica.
Electrónica. Electrónico. Ejército de Tierra: Mantenimiento electrónico, Mantenimiento de telecomunicaciones.
Armada: Electrónica, Comunicaciones.
Ejército del Aire: Mecánica de telecomunicaciones y electrónica.
Madera. Ebanista Carpintero. Ejército de Tierra: Instalaciones.
Armada: Ninguna.
Ejército del aire: Instalaciones.
1.2 El proceso selectivo constará de una fase de oposición
y otra de concurso, con las pruebas, puntuaciones y méritos que
se especifican en el anexo. I
1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura como anexo II a esta convocatoria.
1.4 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con
el siguiente calendario.
El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará en el
plazo de dos meses contados desde la finalización del plazo de
presentación de solicitudes. La duración máxima del proceso será
de cuatro meses, contados a partir de la fecha de realización del
primer ejercicio.
1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo
hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos
exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante
resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública,
que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación
del destino adjudicado.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas
selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del
plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento
de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes
requisitos de participación:
2.1.1 Nacionalidad: Ser español.
2.1.2 Edad: Tener cumplidos los dieciocho años, y no haber
alcanzado la edad de jubilación.
2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de
obtener el título de Graduado Escolar, Bachiller elemental, Enseñanza
secundaria obligatoria LOGSE, Formación profesional de primer
grado o equivalente. De acuerdo con lo dispuesto en la Orden
del Ministerio de Educación y Ciencia de 4 de febrero de 1986,
se consideran equivalentes los títulos académicos oficiales de
Graduado Escolar y el de Certificado de Estudios Primarios expedido
con anterioridad a la finalización del año académico 1975-1976.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse
en posesión de la credencial que acredite su homologación.
2.1.4 Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado
por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño
de las correspondientes funciones.
2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las
funciones públicas.
2.1.6 Además de los requisitos anteriormente enumerados,
el personal militar de tropa y marinería profesional que participe
en estas pruebas selectivas optando a alguna de las plazas
reservadas para este colectivo, deberá cumplir los siguientes:
a) Haber cumplido, como mínimo, tres años de servicio en
las Fuerzas Armadas como militar profesional de tropa y marinería.
b) Acreditar que durante ese periodo los servicios prestados,
aptitudes o titulaciones adquiridas como militar guardan relación
con las funciones correspondientes a la plaza a la que se opta.
A tales efectos, por el Órgano responsable de personal de cada
Ejército se expedirá, conforme al Anexo V de esta convocatoria,
certificación a los interesados relativa al cumplimiento de este
requisito. En la expedición del mencionado certificado se tendrá
en cuenta lo dispuesto en la base 1.1.
3. Solicitudes
3.1 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro
General del Ministerio de Defensa o en la forma establecida en
el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de
esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirán
al Subsecretario del Ministerio de Defensa. La no presentación
de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del
aspirante.
3.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas
deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión
a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación
de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará
gratuitamente en el Ministerio de Defensa, en el Centro de Información
Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, la
Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y
Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones
diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página de
Internet www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones
del Anexo IV.
Ningún aspirante podrá concurrir a más de un área de
especialización de las señaladas en la base 1.1 de esta convocatoria.
3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del documento
nacional de identidad o del pasaporte.
3.4 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios
de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud
las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,
presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración
de las correspondientes pruebas.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a
petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el
Director General de Personal del Ministerio de Defensa, dictará
resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada
la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá
publicarse en el "Boletín Oficial del Estado", se relacionarán los
aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión,
apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad
o pasaporte, señalando un plazo de diez días hábiles para subsanar
el defecto que haya motivado la exclusión u omisión, contados
a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución.
Asimismo, se indicarán los lugares donde se encuentre expuesta
al público la lista de aspirantes admitidos y el lugar, fecha y hora
de comienzo del primer ejercicio.
4.2 No procederá la devolución de los derechos de examen
en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como Anexo III a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará
en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones
vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el
artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en la Dirección de Gestión de Personal del
Cuartel General de la Armada, C/ Montalbán, número 2, 28071
Madrid, teléfono 91.379.50.00, extensión 24234 o 24233.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra X, según lo establecido
en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración
Pública de 10 de marzo de 2003 (Boletín Oficial del Estado del
14). En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer
apellido comience por la letra X, el orden de actuación se iniciará
por aquellos otros cuyo primer apellido comience por la letra Y,
y así sucesivamente.
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan.
El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso
selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.
6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios
de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con
doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,
si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en
los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del
Tribunal señalada en la base 5.4.
6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para
garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos
y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos
sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
7. Listas de aprobados
7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el
Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del
ejercicio y en la sede del Tribunal, las relaciones de aspirantes
que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos,
por cada área de especialización, con indicación de la puntuación
obtenida.
7.2 Concluida la valoración de méritos de la fase de concurso,
el Tribunal hará pública en el lugar o lugares de celebración del
último ejercicio, en la sede del Tribunal y en aquellos que estime
oportunos, la relación con las puntuaciones obtenidas por los
aspirantes en las fases de oposición y de concurso, con indicación
del documento nacional de identidad.
7.3 Finalizadas las pruebas selectivas, el Presidente del
Tribunal elevará al Director General de Personal del Ministerio de
Defensa, la relación definitiva de aspirantes que han superado
las mismas por orden de puntuación. Dicha relación se publicará
en el "Boletín Oficial del Estado", disponiendo los aspirantes
propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde la citada
publicación, para la presentación de la documentación acreditativa de
los requisitos exigidos en la convocatoria.
7.4 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
7.5 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que
superen el proceso selectivo se efectuará por áreas de especialización,
de acuerdo con la puntuación total obtenida por éstos a lo largo
de todo el proceso, y, en su caso, según la petición de destino,
a la vista de los puestos ofertados.
8. Norma final
A las presentes pruebas selectivas le serán de aplicación la
Ley 30/1984, de 2 de agosto ; el Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en
la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el
día siguiente a su publicación, ante el órgano jurisdiccional
competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, o bien, con carácter potestativo, recurso de
reposición ante el excelentísimo señor Ministro de Defensa en el
plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación,
significándose, que en este caso, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 19 de noviembre de 2003.
TRILLO-FIGUEROA MARTÍNEZ-CONDE
Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Defensa y Presidente
del Tribunal Calificador.
ANEXO I
Sistema de seleccion
El proceso selectivo constará de dos fases: fase de oposición
y fase de concurso. En la fase de concurso sólo se valorará a
los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
Fase de oposición: Constará de dos ejercicios. La primera de
dichas pruebas será de carácter teórico, la segunda de carácter
práctico, ambos obligatorios y eliminatorios.
a) Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito un
cuestionario de preguntas con respuestas múltiples relacionado con
la rama y especialidad a la que se oposite, con una duración de
una hora y treinta minutos.
b) Segundo ejercicio: consistirá en una prueba práctica que
contendrá trabajos de ejecución manual y/o problemas que
permitan apreciar la capacidad de los aspirantes para llevar a cabo
las tareas relacionadas con su rama y especialidad, con una
duración de tres horas.
Valoración: Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán
de la siguiente manera:
a) Primer ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de
20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos
para superarlo.
b) Segundo ejercicio: Se otorgará una calificación máxima
de 40 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos
para superarlo.
El opositor que alcance el 60 por ciento de la puntuación
máxima de algún ejercicio obligatorio y no supere la fase de oposición,
conservará dicha puntuación y estará exento de realizar tales
ejercicios durante las inmediatamente siguientes pruebas selectivas,
siempre y cuando fueren idénticas en contenido y puntuación.
Fase de concurso: En esta fase, a la que sólo accederán aquellos
aspirantes que hayan superado la fase de oposición, se valorarán,
hasta un máximo de 5 puntos , los siguientes méritos, que deberán
poseerse a la fecha de finalización de presentación de solicitudes:
a) Méritos profesionales:
Por servicios prestados en las Fuerzas Armadas como militar
de complemento, militar profesional de tropa y marinería o
reservista voluntario, se valorarán hasta la fecha de publicación de
esta convocatoria, a razón de 0,22 puntos por cada año completo
de servicios, hasta un máximo de 2 puntos.
Por haber desarrollado o estar desarrollando tareas o
actividades similares al contenido del programa correspondiente a cada
especialidad en cualquier otro ámbito, se valorará, hasta la fecha
de publicación de esta convocatoria, hasta un máximo de 2,5
puntos, a razón de 0,28 puntos por año completo.
b) Méritos Académicos:
Por estar en posesión de una titulación académica superior
a la exigida, directamente relacionada, a juicio del Tribunal
Calificador, con la plaza a la que se opta, se otorgarán 2,5 puntos.
En el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al
que se haga pública la lista de aprobados de los ejercicios de
la fase de oposición, los aspirantes que lo hayan superado deberán
presentar, en el caso de que no lo hayan presentado anteriormente,
en el Registro General del Ministerio de Defensa, o en la forma
establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, una certificación expedida
por los servicios de personal de los Centros u Organismos donde
presten o, en su caso, hayan prestado sus servicios, según modelo
que figura como Anexo V.
La no presentación de la certificación en el plazo señalado
supondrá la no valoración al aspirante de la fase de concurso.
La lista que contenga la valoración provisional de méritos se
hará pública mediante resolución del Director General de Personal
del Ministerio de Defensa, a propuesta del Tribunal calificador.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir
del siguiente al de la publicación de dicha resolución, para efectuar
las alegaciones pertinentes.
Por la misma autoridad se publicará resolución que contenga
la valoración definitiva de la fase de concurso. En esta resolución
se indicará el recurso que proceda contra la misma.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada
por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso
y oposición, sin que en ningún caso se pueda exceder el número
de plazas convocadas.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio y si aún fuese
necesario dirimir el empate, se atenderá a la puntuación obtenida
en el primer ejercicio. Si persistiese el empate se dirimirá a favor
de la mayor puntuación alcanzada en méritos profesionales, y de
persistir la situación de empate, se atenderá a la puntuación
otorgada a los méritos académicos.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de
Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de
aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación
considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos
para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con
minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los
aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para
las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su
solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y
medios para su realización.
ANEXO II
Temario oficial de arsenales
Especialidad: Construcción
Tema 1. El dibujo en la construcción: normalización,
acotación, interpretación de planos.
Tema 2. Croquis y planos de elementos sencillos de obras.
Tema 3. Nociones sobre perspectiva axonométrica, caballera
y cónica.
Tema 4. Nociones de arquitectura.
Tema 5. Replanteos y trazados.
Tema 6. Materiales, conocimiento de las materias primas
fundamentales, su obtención y procedencia.
Tema 7. Herramientas: descripción y uso de las mismas.
Tema 8. Aparejos. Estereotomía de la piedra y de la madera.
Tema 9. Mediciones.
Tema 10. Cales, cementos y yesos: obtención, aplicación y
procedencia.
Tema 11. Hormigones: clases y características.
Tema 12. El acero en la construcción. Tipos.
Tema 13. Aglomerantes, cementos, áridos. Clases
Tema 14. Encofrados.
Tema 15. Utiles y aparatos de medición. Metro, escuadra,
nivel, plomada. Su manejo y utilidad.
Tema 16. Paredes y tabiques. Tipos y aplicación.
Tema 17. Cimentaciones.
Tema 18. Pilares y vigas.
Tema 19. Muros de carga y contención.
Tema 20. Suelos y techos.
Tema 21. Cubiertas. Tipos, materiales y estructura.
Tema 22. Escaleras, puertas y ventanas.
Tema 23. Obras de fábrica y estructuras. Clasificación.
Tema 24. Herramientas de amasado y manejo de los
conglomerantes.
Tema 25. Equipos de obras. Maquinaria de elevación,
maquinaria de hormigonado.
Tema 26. Ladrillos. Tipos y resistencias.
Tema 27. Andamios y sus distintos tipos.
Tema 28. Obras de tierra. Movimiento de tierras,
cubicaciones.
Tema 29. Revestimientos cerámicos, materiales cerámicos,
clasificación y obtención.
Tema 30. Morteros: clases y dosificación.
Especialidad: Mecánica del Automóvil
Tema 1. Dibujo: Croquis e interpretación de planos.
Tema 2. Roscas y conos. Generalidades.
Tema 3. Conocimientos de materiales.
Tema 4. Acabados superficiales, rugosidad, signos y
representación.
Tema 5. Normalización. Objeto, ventajas y normas.
Tema 6. Sistemas de tolerancias y ajustes. Cálculos y
representaciones.
Tema 7. Ruedas de dentadas (engranajes). Generalidades.
Cálculo de ruedas de diente recto.
Tema 8. Metrología. Medir, comparar, verificar, elementos
utilizados.
Tema 9. Máquinas-Herramientas. Principios fundamentales y
generalidades.
Tema 10. Tratamientos térmicos.
Tema 11. Rodamientos. Conceptos fundamentales.
Tema 12. Elementos de sujeción. Pasadores, remaches,
bridas, etc...
Tema 13. Operaciones básicas de taller. Trazado al aire,
limado, aserrado, taladrado, roscado.
Tema 14. Soldadura, conceptos fundamentales (blanda,
oxiacetilénica, eléctrica).
Tema 15. El motor de explosión.
Tema 16. Elementos que componen el motor de explosión.
Tema 17. Estudio de los elementos que componen el motor
de explosión.
Tema 18. Circuito de engrase.
Tema 19. Circuito de alimentación.
Tema 20. Circuito de refrigeración.
Tema 21. Motor diesel.
Tema 22. Estudio del chasis.
Tema 23. Estudio del embrague.
Tema 24. Estudio de la caja de cambio.
Tema 25. Transmisión y puente trasero.
Tema 26. Estudio de los frenos y la dirección.
Tema 27. Estudio de los elementos de suspensión.
Tema 28. Estudio del circuito de carga y arranque.
Tema 29. Estudio del circuito de encendido y alumbrado.
Tema 30. Procesos de trabajo. Normas de seguridad y
conservación.
Especialidad: Químico de Laboratorio
Tema 1. Disoluciones.
Tema 2. Oxidación-reducción.
Tema 3. Equilibrio químico.
Tema 4. Equilibrio iónico. Acidos, bases y sales.
Tema 5. Constitución de la materia. Estructura atómica y
molecular.
Tema 6. Sistema periódico. Propiedades periódicas.
Tema 7. Estequiometría.
Tema 8. Estado sólido, líquido y gaseoso.
Tema 9. Nociones de química macromolecular.
Tema 10. Termoquímica.
Tema 11. Análisis orgánico elemental y funcional.
Tema 12. Análisis cualitativo inorgánico. Cationes y aniones.
Tema 13. Análisis cuantitativo. Gravimetría.
Tema 14. Volumetrías de precipitación, redox y de
neutralización.
Tema 15. Materiales y operaciones básicas en el laboratorio.
Tema 16. Seguridad e higiene.
Tema 17. Instrumentación y control. Medida de temperatura,
presión, humedad, viscosidad y caudal.
Tema 18. Tratamiento de aguas. Determinación de durezas.
Tema 19. Formulación orgánica e inorgánica.
Tema 20. Análisis biológico y metalográfico.
Tema 21. Química orgánica elemental.
Tema 22. Hidrocarburos, combustibles y carburantes.
Tema 23. Metales y no metales.
Tema 24. Solubilidad.
Tema 25. Separaciones: mecánicas, térmicas y
electroquímicas.
Tema 26. Análisis e instrumentación visible e infrarroja.
Tema 27. Análisis e instrumentación de cromatografia: capa
fina, gases y líquidos.
Tema 28. Potenciometría. Electrodos.
Tema 29. Análisis e instrumentación conductimétrica.
Tema 30. Análisis e instrumentación de absorción atómica.
Especialidad: Electrónico
Tema 1. Metrología.
Tema 2. Conocimiento y ensayo de materiales.
Tema 3. Conocimientos básicos de física eléctrica.
Tema 4. Clasificación del material electrónico.
Tema 5. Introducción de la corriente alterna.
Tema 6. Puentes de medida.
Tema 7. Aparatos de comprobación de elementos
electrónicos.
Tema 8. Instrumentos digitales.
Tema 9. Tubos de rayos catódicos.
Tema 10. El osciloscopio.
Tema 11. Amplificadores de baja potencia y especiales.
Tema 12. Amplificadores de potencia.
Tema 13. Realimentación.
Tema 14. Osciladores sinoidales.
Tema 15. Ondas no sinoidales.
Tema 16. Fenómenos transitorios.
Tema 17. Generadores de onda cuadrada.
Tema 18. Generadores de diente de sierra.
Tema 19. Montajes de prototipos de circuitos básicos.
Tema 20. Utilización y manejo de equipos, útiles y
herramientas.
Tema 21. Fuentes de alimentación.
Tema 22. Interpretación de esquemas.
Tema 23. Modulación y demodulación.
Tema 24. Tecnología del componente.
Tema 25. Semiconductores.
Tema 26. Circuitos rectificadores.
Tema 27. Transformadores.
Tema 28. Normalización.
Tema 29. Circuitos serie y paralelo
Tema 30. Transistor.
Especialidad: Instalador-Montador
Tema 1. Introducción a la corriente alterna.
Tema 2. Circuitos de corriente alterna.
Tema 3. Corrientes polifásicas.
Tema 4. Máquinas de corriente continua rotativas.
Tema 5. Motores de corriente continua.
Tema 6. Máquinas de corriente alterna rotativas.
Tema 7. Campo giratorio.
Tema 8. Motores de corriente alterna.
Tema 9. Procedimientos de arranque e inversión de giro de
los motores.
Tema 10. Relés de protección.
Tema 11. Convertidores rotativos.
Tema 12. Convertidores estáticos.
Tema 13. Técnicas de iluminación.
Tema 14. Técnica y aparatos de medida.
Tema 15. Instalaciones de baja tensión.
Tema 16. Alimentación de receptores.
Tema 17. Fundamentos de electromagnetismo.
Tema 18. Teoría y construcción del transformador.
Tema 19. Estudio de los transformadores especiales.
Tema 20. Ensayos y protecciones de transformadores.
Tema 21. Líneas de distribución y subestaciones.
Tema 22. Líneas de distribución particular.
Tema 23. Sistemas de iluminación.
Tema 24. Alumbrados públicos.
Tema 25. Alumbrados exteriores por proyección.
Tema 26. Elementos de seguridad y protección.
Tema 27. Precisión de los aparatos de medida.
Tema 28. Construcción de los instrumentos de medida.
Diagrama de errores.
Tema 29. Errores. Precisión de los aparatos de medida.
Tema 30. Resistencia de tierra.
Especialidad: Ebanista Carpintero
Tema 1. Dibujo: normalización, acotación, interpretación de
planos.
Tema 2. Croquis y planos de elementos sencillos.
Tema 3. La madera: propiedades físicas, propiedades
mecánicas, trabajo de la madera.
Tema 4. Los bosques: estructura de la madera de coníferas,
estructura de la madera de frondosas. Distribución geográfica de
los bosques.
Tema 5. Clases de maderas: principales maderas nacionales
y sus propiedades. Principales maderas de otros países y sus
propiedades.
Tema 6. Enfermedades y defectos de la madera en general.
Defecto en las fibras. Enfermedades parasitarias. Animales dañinos
para la madera. Necrosis.
Tema 7. Dimensiones y clasificación de la madera: escuadrías
comerciales.
Tema 8. Herramientas e instrumentos manuales. Manejo de
las mismas.
Tema 9. Afilado y afinado de herramientas.
Tema 10. Trabajos preliminares: clavado de puntas,
encolado, introducción de tornillos, cuñas, clavijas y tacos, listones
y aldabillas.
Tema 11. Colas: generalidades, clasificación y
características.
Tema 12. Tableros reforzados.
Tema 13. Ensambles y empalmes.
Tema 14. Arcos y molduras.
Tema 15. Conglomerados y materiales plásticos.
Tema 16. Bancos y sillas.
Tema 17. Ventanas y balcones.
Tema 18. Pavimentos de madera.
Tema 19. Revestimientos y artesonados.
Tema 20. Cimbras y encofrados.
Tema 21. Cubiertas.
Tema 22. Marquesinas y buhardas.
Tema 23. Pulido de la madera. Tintes, barnices y ceras.
Tema 24. Conservación y preservación de la madera:
desecación, desaviado, impregnaciones, antisépticos. Preservaciones
contra pudrición, enmohecimiento y fuego.
Tema 25. Resistencia de la madera: compresión, tracción,
flexión, cizallamiento y torsión.
Tema 26. Armarios, marcos y puertas.
Tema 27. Maquinaria: generalidades. Tipos de maquinaria
para trabajar la madera. Características de funcionamiento,
velocidad de corte y avance.
Tema 28. Nociones de arquitectura naval.
Tema 29. Trazado de piezas y elementos del buque.
Tema 30. Maderas usadas en construcción naval. Fabricación
de piezas y elementos del buque.
ANEXO III
Órgano de selección
Tribunal titular:
Presidente: D. Francisco Javier Sieres Pérez. Capitán de
Fragata del Cuerpo de Ingenieros de la Armada.
Secretario: D. Jesús Jabalera Abad. Alférez de Fragata Cuerpo
Especialistas de la Armada.
Vocales: D. Juan Felipe López Merenciano. Teniente de Navío
del Cuerpo De Ingenieros de la Armada ; D. Ricardo Galdón
Brugarolas. Comandante Auditor ; D. Angel Garcia Canalda.
Funcionario del Cuerpo de Maestros de Arsenales ; D. Elías Hidalgo
Blazquez. Funcionario del Cuerpo de Maestros de Arsenales ; D.
Francisco Javier Ferriols Delgado. Funcionario del Cuerpo de Maestros
de Arsenales ; D. Manuel Pérez Blanco. Funcionario del Cuerpo
de Maestros de Arsenales ; D. José Morgade García. Funcionario
del Cuerpo de Maestros de Arsenales.
Tribunal suplente:
Presidente: D. Luis Delgado Moreno. Teniente Coronel de
Intendencia de la Armada.
Secretario: D. Cristobal Colon Gómez. Comandante de
Intendencia de la Armada.
Vocales: D. José Luis Espinosa Muñoz. Capitán del Cuerpo
de Especialistas del Ejercito de Tierra ; D. Hilario García Herranz
Comandante Auditor ; D. Justo Jaime López Gutiérrez. Funcionario
del Cuerpo de Maestros de Arsenales de da Armada ; D. Antonio
Caja Nieto. Funcionario del Cuerpo de Maestros de Arsenales de
la Armada ; D. Manuel Muñiz Marín. Funcionario del Cuerpo de
Maestros de Arsenales de la Armada ; D. Luis Peci Guerrero.
Funcionario del Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada ; D.
Alfredo López Vizcaya. Funcionario del Cuerpo de Maestros de
Arsenales de la Armada.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud
de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública
y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y
en las siguientes instrucciones particulares:
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará: Cuerpo
de Oficiales de Arsenales de la Armada ; código : 0424.
En el recuadro 16, "Especialidad, área o asignatura", se
consignará la especialidad concreta a la que desea presentarse:
"Mecánica automóvil, electrónica, etc..., según proceda.
En el recuadro 17, "Forma de acceso", aquellos aspirantes que
accedan por el turno libre consignarán la letra mayúscula "L"
(libre/nuevo ingreso). Los aspirantes a alguna de las plazas
reservadas a militares profesionales consignarán la letra mayúscula
"R"(reservada a militares de tropa y marinería).
En el recuadro 18, "Ministerio/Organo/Entidad convocante" se
consignará: Ministerio de Defensa. No es necesario señalar código.
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial
del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
El recuadro 20, "Provincia de examen", no es necesario su
cumplimentación.
En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con minusvalía
podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado,
y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios
en que esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales" se hará
constar la titulación que se posee para participar en estas pruebas,
de acuerdo con lo señalado en la base 2.1.3 de esta convocatoria.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 9.38
euros.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de
examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en
cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las
que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación
tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación
de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través
de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada
de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante
bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta
corriente número 0182/2370/48/0201503641 del Banco Bilbao
Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima, sucursal 2370, con
domicilio en calle de Alcalá número 16, de Madrid, a nombre de "Tesoro
Público. Ministerio de Defensa. Cuenta restringida para la
recaudación de tasas en el extranjero. Tasa 14020. Derechos de
examen". El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier
oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima,
mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria, siendo
preciso que quede claro ante la entidad destinataria de la
transferencia que el destino de la tasa es el pago de los derechos de
examen.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior
al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado
acreditativo de tal condición.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la
convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,
en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina
de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación
de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o
promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán
acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que
se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
SIGUE ANEXO (Ver imagen página 42301)
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