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Documento BOE-A-2003-22191

Orden APA/3381/2003, de 13 de noviembre, por la que se publica la lista de aprobados en las pruebas selectivas para ingreso, por promoción interna, en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, convocadas por Orden APA/949/2003, de 8 de abril.

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 4 de diciembre de 2003, páginas 43351 a 43352 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2003-22191

TEXTO ORIGINAL

Finalizadas las pruebas selectivas para ingreso en la Escala

de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de OO.AA.

del M.A.P.A., convocadas por Orden de 8 de abril de 2003 (BOE

de 22 de abril de 2003), de este Ministerio de Agricultura, Pesca

y Alimentación, según lo establecido en el artículo 22.1 del Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y en la base 7 de la

mencionada convocatoria,

Este Departamento ha dispuesto:

Primero.-Publicar la lista de aprobados por orden de

puntuación obtenida en las pruebas selectivas para ingreso, por

promoción interna, en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas

de Grado Medio de OO.AA. del M.A.P.A., según anexo I de esta

Orden.

Segundo.-Los aspirantes aprobados, que figuran en el anexo I

adjunto, dispondrán de un plazo de veinte días naturales, desde

la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de esta Orden,

para presentar, en el Registro General del Ministerio de

Agricultura, Pesca y Alimentación o bien en la forma establecida en el

artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, los siguientes documentos:

1. Fotocopia compulsada del documento de identidad o

pasaporte.

2. Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.4

de la convocatoria.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá

presentarse fotocopia compulsada de la documentación que

acredite la homologación.

3. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, según el modelo que figura como anexo II.

4. Certificado médico oficial que acredite no padecer

enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica

incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

Asimismo, deberán formular opción para la percepción de la

remuneración que deseen percibir durante su condición de

funcionarios en prácticas. Dicha opción deberá ser formulada,

igualmente, por quienes invoquen su condición de personal laboral

o funcionario interino, de conformidad con lo previsto en el Real

Decreto 456/1986, de 10 de febrero, modificado por el Real

Decreto 213/2003, de 21 de febrero.

Tercero.-Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos

de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen

de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos

señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios

y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud

inicial.

Cuarto.-Por orden de la autoridad convocante, se procederá

al nombramiento de funcionarios en prácticas, en la que se

determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho

nombramiento.

Estos funcionarios deberán superar el curso selectivo o período

de prácticas determinado en la convocatoria.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo o período

de prácticas perderán el derecho a ser nombrados funcionarios

de carrera mediante resolución motivada por la autoridad

convocante. Quienes no pudieran realizar el curso selectivo o período

de prácticas por causas de fuerza mayor debidamente justificada

y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con

posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la

puntuación obtenida.

Quinto.-La petición de destinos por parte de los aspirantes

aprobados deberá realizarse previa oferta de los mismos y una

vez finalizado el período de prácticas. Los aspirantes podrán

solicitar que se les adjudique destino en el puesto de trabajo que

vinieran desempeñando con carácter definitivo o mediante

adscripción provisional, en la fecha de finalización del plazo de

presentación de solicitudes de adjudicación de destinos, de

conformidad con los artículos 26 y 78 del Real Decreto 364/1995, de 10

de marzo.

La opción de permanecer en el puesto de trabajo que se viniera

desempeñando, en el caso de que dicho puesto radique en

Administraciones Públicas distintas de la del Estado, se someterá a

lo que estas Administraciones convengan al respecto, y, en todo

caso, la adjudicación de destinos se efectuará por los órganos

competentes de estas Administraciones Públicas.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa,

cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo

de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación

ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, de

conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13

de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,

o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este

órgano en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente

a su publicación, significándose que en este caso no se podrá

interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea

resuelto expresamente o se haya producido la desestimación

presunta del mismo, de conformidad con lo dispuesto en la

Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992.

Madrid, 13 de noviembre de 2003.-El Ministro, P.D. (O.M.

de 31-3-2003, B.O.E. de 3-4-2003), el Subsecretario, Manuel

Esteban Pacheco Manchado.

Ilmo. Sr. Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Pesca y

Alimentación y Presidenta del Tribunal.

ANEXO I

Relación de aprobados que han superado el proceso selectivo

Número

de

orden

Apellidos ynombre D.N.I. Especialidad

Puntuación

1 Serrano Collado,

Serviliano.

5345873 Laboratorios. 108

2 Zúñiga Salvador, M.a de

los Ángeles.

2215919

Agrícola-Pesquera.

86

ANEXO II

Don/doña ......................................................................, con

domicilio en ..........................................................................

y documento nacional de identidad número ..............................,

declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado

funcionario/a de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de

Grado Medio de OO.AA. del M.A.P.A., que no ha sido separado/a

del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que

no se halla inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.

En ........................ a ............ de ........................ de 2003.

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