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En la cuestión de ilegalidad n.o 5/03, planteada por
la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Navarra, la Sala Tercera
(Sección Primera) del Tribunal Supremo ha dictado
providencia, en fecha 19 de noviembre de 2003, del
siguiente tenor:
PROVIDENCIA
"Madrid, a diecinueve de noviembre de dos mil tres.
Dada cuenta; se admite la cuestión de ilegalidad
planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Navarra sobre el artículo
8.1.d) del Real Decreto 1909/2000, en la redacción
dada por el Real Decreto 1267/2001, de 29 de
noviembre.
Publíquese el planteamiento de esta cuestión en el
Boletín Oficial del Estado en cumplimiento de lo que
dispone el art. 124.2 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, y remítanse las actuaciones a la Sección
Séptima conforme a las reglas de reparto de asuntos.
Lo acuerda la Sala y firma el magistrado Ponente;
certifico."
Presidente: Excmo. Sr. D. Ángel Rodríguez García;
Magistrados: Excmo. Sr. D. Pascual Sala Sánchez y
Excmo. Sr. D. Ramón Trillo Torres.
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