En cumplimiento de la sentencia del Tribunal Superior de
Justicia de Madrid de fecha 27 de octubre de 2001, la Comisión
Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones acordó,
en su reunión de 27 de febrero de 2002, la modificación del
anexo I de su Resolución de 2 de diciembre de 1998, por la que
se clasifican de forma definitiva puestos de personal laboral
reservados a funcionarios adscritos a Escalas Interdepartamentales en
el Ministerio de Administraciones Públicas, en lo referente al
puesto ocupado por Dña. Francisca Ramos Otero.
Una vez modificada la citada Resolución procede convocar
pruebas selectivas para ingreso en la Escala Técnica de Gestión
de Organismos Autónomos por el turno de plazas afectadas por
el artículo 15 de la Ley de Medidas, de forma que se posibilite
la participación en las mismas a la persona afectada por la
sentencia referenciada en el párrafo anterior.
De acuerdo con lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de
Ministros, de fecha 27 de marzo de 1991, ("Boletín Oficial del
Estado" de 1 de abril), sobre la aplicación de lo establecido en
el artículo 15 (modificado por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre)
y Disposición transitoria decimoquinta de la Ley 30/1984, de 2
de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública
(en la redacción dada por la Ley 23/1988, de 28 de julio y
posteriormente por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre) y con el
fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 37 de la
Ley de Presupuestos Generales para 1991, por el que se establece
un turno denominado "Plazas afectadas por el artículo 15 de la
Ley de Medidas",
Esta Secretaría de Estado, a propuesta de la Dirección General
de la Función Pública y en uso de las competencias que le están
atribuidas por delegación en la disposición primera,
apartado uno, de la Orden de 27 de diciembre de 2002 ("Boletín Oficial
del Estado" de 3 de enero de 2003), acuerda convocar pruebas
selectivas para ingreso en la Escala Técnica de Gestión de
Organismos Autónomos (código 6000) con sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir plazas por
el turno de plazas afectadas por el artículo 15 de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública,
modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, por la Ley 42/1994,
de 30 de diciembre y por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre,
par cubrir puestos afectados por el Acuerdo de la Comisión
Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones de 27 de
febrero de 2002, por el que se modifica el anexo I de la relación
de puestos de personal laboral reservados a funcionarios adscritos
a Escalas Interdepartamentales en el Ministerio de
Administraciones Públicas.
1.1.1 Conforme a lo que se establece en el Acuerdo del
Consejo de Ministros de 27 de marzo de 1991, el personal laboral
que supere las pruebas selectivas de acceso, quedará destinado
en el puesto de trabajo de personal funcionario en que su puesto
se haya reconvertido, y deberá permanecer en el mismo durante
un plazo mínimo de dos años, siéndole de aplicación lo dispuesto
en el artículo 20.1 f) de la Ley de Medidas para la Reforma de
la Función Pública.
1.1.2 Las plazas convocadas y no cubiertas no podrán ser
acumuladas a otros turnos de acceso, de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 9.8 del Acuerdo del Consejo de Ministros de 27
de marzo de 1991.
1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables
la referida Ley 30/1984, de 2 de agosto; el Real Decreto
364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10
de abril), el artículo 37 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre,
de Presupuestos Generales del Estado para 1991, el Acuerdo del
Consejo de Ministros de 27 de marzo de 1991 ("Boletín Oficial
del Estado" de 1 de abril) y lo dispuesto en la presente
convocatoria.
1.3 El sistema selectivo será el de concurso-oposición con
las valoraciones, pruebas, puntuaciones y méritos que se
especifican en el anexo I.
1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura en el anexo II.
1.5 El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará
a partir del 15 de abril de 2004.
La duración máxima de la fase de oposición será de seis meses,
contados desde la fecha de realización del primer ejercicio.
Una vez finalizado el último ejercicio de la fase de oposición
se hará pública la lista que comprenderá a los aspirantes que
la hayan superado con la valoración de méritos de la fase de
concurso.
1.6 Los aspirantes que superen el concurso-oposición serán
nombrados funcionarios de carrera.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para poder participar en estas pruebas selectivas será
preceptivo tener la condición de personal laboral fijo y ser titular
el 30 de julio de 1988 de un puesto de trabajo clasificado por
la Comisión Ejecutiva de la Interministerial de Retribuciones
(CECIR) como reservado a funcionario y adscrito a la Escala Técnica
de Gestión de Organismos Autónomos.
2.2 Además de lo señalado en la base anterior, para ser
admitido a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes
también deberán reunir los siguientes requisitos:
2.2.1 Ser español.
2.2.2 Tener cumplidos los dieciocho años y no haber
alcanzado la edad de jubilación.
2.2.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título
de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.
2.2.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de
fun
ciones propias de la Escala Técnica de Gestión de Organismos
Autónomos.
2.2.5 No haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.
2.3 Todos los requisitos enumerados en la base 2.2 deberán
poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión
como funcionario de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
presentarán su solicitud (ejemplar autocopiativo en cuyo ángulo
superior derecho figura "modelo 790"), que será facilitada
gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades
Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno, en el Instituto
Nacional de Administración Pública (calle Atocha, número 106,
de Madrid), en la Dirección General de la Función Pública (calle
María de Molina, número 50, de Madrid), en el Centro de
Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas
(calle María de Molina, número 50, de Madrid), así como en las
representaciones diplomáticas o consulares de España en el
extranjero.
3.2 A la solicitud se acompañará, una fotocopia del
documento nacional de identidad, o del correspondiente documento
de identidad o pasaporte y la documentación siguiente:
a) Copia compulsada del contrato suscrito con la
Administración o certificación acreditativa de la relación laboral, expedida
por la Subdirección General de Personal del Departamento, o en
su caso, por las Unidades de Personal de los Organismos
Autónomos.
b) Certificación de la Dirección General de Personal o
Servicios de que dependa el contratado laboral, que acredite que
el puesto del que era titular a 30 de julio de 1988 ha sido clasificado
por la CECIR, como reservado a funcionario y adscrito a la Escala
Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, objeto de esta
convocatoria.
c) Los aspirantes, a efectos de puntuación en la fase de
concurso prevista en el punto 1.1 del anexo I, deberán presentar
certificación expedida por la Subdirección General de Gestión de
Personal en la que acrediten los extremos contenidos en el punto
citado, así como cuanta documentación estimen oportuna para
la mejor valoración de los méritos.
3.3 Las instrucciones para cumplimentar la solicitud son las
siguientes:
En el recuadro correspondiente a "Ministerio" se consignará
"Administraciones Públicas".
En el recuadro correspondiente a "Centro gestor" se consignará
"Subsecretaría.
En el recuadro correspondiente a año de la convocatoria "03".
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Técnica
de Gestión de Organismos Autónomos".
El recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará "F".
En el recuadro 18 "Ministerio/Organo/Entidad convocante" se
consignará "Ministerio de Administraciones Públicas".
En el recuadro 19, se consignará la fecha del "Boletín Oficial
del Estado" en el que haya sido publicada la presente convocatoria.
En el recuadro 20, relativo a "Provincia de examen" los
aspirantes harán constar Madrid.
En el recuadro 23 los aspirantes con minusvalía podrán solicitar
las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización
de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria, indicando
en ese caso, en el recuadro 23, el porcentaje de minusvalía que
tengan acreditado.
En el recuadro 24, "Exigido en la convocatoria", se indicará:
Dígito "1". Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o
equivalente.
En el recuadro A) del epígrafe 25, "Datos a consignar según
las bases de la convocatoria", se consignará el área específica,
de las detalladas en el Anexo II de esta convocatoria, por la que
se opta a efectos de la realización de las pruebas de la fase de
oposición.
3.4 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro
General del Ministerio de Administraciones Públicas, o en la forma
establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días
naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de
publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado"
y se dirigirán a la Subsecretaría del Ministerio de Administraciones
Públicas.
3.5 Los derechos de examen serán de 12.51 euros.
El ingreso de dicho importe se efectuará, junto con la
presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o
cooperativa de crédito de las que actúan como entidades
colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá
constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos
de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en
la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica,
o, en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio
reservado a estos efectos.
Estarán exentas del pago de la tasa:
a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior
al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado
acreditativo de tal condición.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes, anterior a la fecha de
publicación de la presente convocatoria. Será requisito para el
disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran
rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a
participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción,
formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan
de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo
interprofesional. La certificación relativa a la condición de demandante
de empleo, con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará
en los correspondientes Servicios Públicos de Empleo. En cuanto
a la acreditación de las rentas, se efectuará mediante una
declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos
se acompañarán a la solicitud.
3.6 Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse,
en el plazo expresado en la base 3.4, a través de las
representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes.
A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber
ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número
0182-2370-49-0200203962 del Banco Bilbao Vizcaya
Argentaria. Tesoro Público. Ministerio de Administraciones Públicas.
Derechos de Examen. El ingreso podrá efectuarse directamente en
cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante
transferencia desde cualquier entidad bancaria.
3.7 La falta de justificación del abono de los derechos de
examen determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las entidades
colaboradoras supondrá la sustitución del trámite de presentación,
en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en
la base 3.4.
3.8 Los errores materiales, de hecho o aritméticos que
pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el
órgano convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado",
en el plazo máximo de un mes, Resolución declarando aprobada
la lista provisional de admitidos y excluidos.
En dicha Resolución se relacionarán los aspirantes excluidos
de las pruebas selectivas con indicación de las causas de exclusión,
apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad
o pasaporte. Asimismo, se indicarán los lugares donde se
encuentre expuesta al público la lista de aspirantes admitidos y el lugar
y fecha de comienzo del primer ejercicio de la fase de oposición.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de la Resolución a que se refiere la base 4.1, para subsanar el
defecto que haya motivado la exclusión u omisión.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen
la exclusión o aleguen la omisión, serán definitivamente excluidos
de la participación en las pruebas selectivas. Contra la exclusión
definitiva del aspirante podrá interponerse potestativamente
recur
so de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano
que la dictó, o directamente, recurso contencioso-administrativo,
en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a
su publicación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional
contencioso-administrativo.
4.3 No se procederá a la devolución de los derechos de
exámenes en los supuestos de exclusión por causas imputables al
interesado.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas selectivas es el
que figura como anexo III a esta convocatoria.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir cuando concurran en ellos las circunstancias previstas en
el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de
preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años
anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el
párrafo anterior.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del
Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición
por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal con presencia del Presidente y Secretario o, en su caso,
de quienes le sustituyan y la de la mitad, al menos, de sus
miembros, titulares o suplentes. Celebrará su sesión de constitución
en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación
y mínimo de diez días antes de la realización de la primera prueba.
En dicha sesión el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 A partir de su constitución, el Tribunal para actuar
válidamente, requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en
su caso, de quienes le sustituyan y la de la mitad, al menos, de
sus miembros, titulares o suplentes.
5.6 Dentro del proceso selectivo, el Tribunal resolverá todas
las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,
así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo
Común.
5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores
a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.
5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas previstas en
aquellos casos en los que resulte necesario para que los aspirantes
con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización
de las pruebas que el resto de los aspirantes. En este sentido,
se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten
en la forma prevista en la base 3.3 las adaptaciones posibles en
tiempo y medios para su realización.
5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en la Dirección General de la Función Pública
(calle María de Molina, 50, teléfono 912 73 25 30).
El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atienda a cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.10 El órgano de selección que actúe en estas pruebas
selectivas tendrá la categoría primera de las recogidas en el Real Decreto
462/2002, de 24 de mayo.
5.11 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar
que han superado el proceso selectivo un número superior de
aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de
aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno
derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "X", de conformidad con
lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para
la Administración Pública de 10 de marzo de 2003 ("Boletín Oficial
del Estado" de 14).
6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar
su identidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio de
la fase de oposición en llamamiento único, siendo excluidos de
la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza
mayor debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.
6.4 La publicación del anuncio de celebración del primer
ejercicio se realizará en la forma prevista en la base 4.1. La publicación
del anuncio de celebración del segundo ejercicio se efectuará por
el Tribunal en los locales donde se haya celebrado el anterior
y por cualesquiera otros medios si se juzga conveniente para
facilitar su máxima divulgación, con veinticuatro horas, al menos,
de antelación a la señalada para la iniciación del mismo.
6.5 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para
garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos
y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos
sin que se conozca la identidad de los aspirantes. El Tribunal
excluirá a aquellos opositores en cuyas hojas de examen figuren
nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la
identidad de los mismos.
7. Listas de aprobados y certificado de servicios
7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará
públicas, en el lugar de celebración de la última prueba, así como
en la sede del Tribunal señaladas en la base 5.9, y en aquellos
otros que estime oportuno, la relación de aspirantes aprobados,
con indicación de la puntuación obtenida y del número del
documento nacional de identidad o pasaporte.
El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista
de aprobados al Secretario de Estado para la Administración
Pública. Dicha lista se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
8.1 En el plazo de veinte días naturales desde la publicación
en el "Boletín Oficial del Estado" de la relación de aspirantes que
hayan superado el concurso-oposición, éstos deberán presentar
en la Dirección General de la Función Pública (calle María de
Molina, 50, 28006 Madrid), o en la forma establecida en el artículo
38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.2.3.
o certificación académica que acredite haber realizado todos los
estudios necesarios para la obtención del mismo. En el caso de
titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse
fotocopia compulsada de la credencial que acredite su homologación.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario de ninguna Administración
Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas, según el modelo que figura como Anexo V a esta
convocatoria.
8.2 Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza
mayor debidamente acreditados, no presentaren la
documentación, o del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno
de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán ser
nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad que hubiesen incurrido
por falsedad en la solicitud inicial.
9. Nombramiento de funcionarios de carrera
9.1 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo
hubieran superado serán nombrados funcionarios de carrera de
la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos mediante
Resolución del Secretario de Estado para la Administración
Públi
ca, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con
indicación del destino adjudicado.
9.2 La toma de posesión de los aspirantes aprobados se
efectuará en el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación
de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".
10. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser
impugnados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal calificador de las
Pruebas Selectivas, conforme a lo previsto en la citada Ley.
Madrid, 26 de noviembre de 2003.-P. D. (O. APU/3363/2002,
de 27 de diciembre), el Secretario de Estado para la Administración
Pública, Julio Gómez-Pomar Rodríguez.
Ilma. Sra. Subsecretaria del Ministerio de Administraciones
Públicas y Sr. Presidente del Tribunal.
ANEXO I
Proceso de selección
Ejercicios y valoración
Uno. El procedimiento de selección será el de
concursooposición y constará de las siguientes fases:
1.1 Fase de concurso:
En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán
los servicios efectivos prestados en la condición de personal laboral
fijo hasta la fecha de publicación de esta convocatoria y las pruebas
selectivas superadas para acceder a tal condición hasta un máximo
de cuarenta puntos.
Conforme a la base 3.2.c, la certificación de los méritos deberá
ser expedida por el Subdirector General de Personal o Unidad
afín del Departamento, Consejo de Estado o Consejo de Seguridad
Nuclear, correspondiente, según el modelo incluido como
Anexo IV de la convocatoria.
La valoración de estos méritos se realizará de la forma siguiente:
1.1.1 Antigüedad.-La antigüedad será valorada teniendo en
cuenta los servicios prestados en la condición de personal laboral
hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, asignándose
a cada año completo de servicios efectivos una puntuación de
1 punto hasta un máximo de veinte puntos.
1.1.2 Pruebas selectivas superadas.- Por haber superado las
correspondientes pruebas selectivas para adquirir su condición
de personal laboral fijo, veinte puntos.
1.2 Fase de oposición:
La fase de oposición constará de las dos pruebas que a
continuación se indican:
1.2.1 Primer ejercicio: Los aspirantes deberán contestar por
escrito y de forma breve un cuestionario de 20 preguntas de
conocimientos sobre el Grupo de materias comunes del programa,
durante un período máximo de dos horas.
La puntuación máxima de esta prueba será de treinta puntos.
Todas las preguntas de este ejercicio tendrán el mismo valor.
Segundo ejercicio: Los aspirantes deberán desarrollar por
escrito dos temas del programa correspondientes al Grupo de materias
específicas, elegidos por el aspirante entre cuatro extraídos al azar,
durante un período máximo de tres horas.
La puntuación máxima de esta prueba será de treinta puntos.
Desde la conclusión del primer ejercicio hasta el comienzo del
segundo deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas
y máximo de cuarenta y cinco días naturales.
Ambos ejercicios deberán ser leídos por el opositor en una
única sesión pública ante el Tribunal, que lo calificará valorando
los conocimientos, la claridad y orden de ideas y la calidad de
expresión escrita, así como su forma de presentación o exposición.
La puntuación máxima entre ambos ejercicios será de 60
puntos. La obtención de 30 puntos determinará, en todo caso, la
superación de la fase de oposición.
Dos. Calificación de los aspirantes.
La puntuación final vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición.
La puntuación obtenida en la fase de concurso no se podrá
aplicar para superar la fase de oposición que tendrá carácter
eliminatorio.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida por los aspirantes en las pruebas de
la fase de oposición. Si persistiese el empate, éste se dirimirá
a favor del aspirante que hubiese obtenido mayor puntuación en
el segundo ejercicio de la fase de oposición.
ANEXO II
Programa
GRUPODE MATERIAS COMUNES
I. Unión Europea
1. Las Comunidades Europeas. Objetivos y naturaleza
jurídica. Los Tratados originarios y modificativos. El Tratado de la
Unión Europea.
2. El Consejo y la Comisión de las Comunidades Europeas.
El Parlamento Europeo. El Tribunal de Justicia de las
Comunidades. Políticas Comunes. El Sistema Monetario Europeo.
3. Las fuentes del Derecho Comunitario Europeo. Derecho
originario y derivado: Reglamentos, Directivas y Decisiones. El Tratado
de Adhesión de España a la Comunidad Económica Europea.
4. Principios del Tratado de la Unión Europea. Derechos y
libertades básicas.
II. Derecho Constitucional y Administrativo
5. La Constitución Española de 1978: Características. Los
principios constitucionales y los valores superiores.
6. Los derechos fundamentales y las libertades públicas. Los
derechos económicos y sociales en la Constitución española. La
protección de los derechos fundamentales.
7. Los partidos políticos y los Sindicatos en España.
Regulación constitucional y régimen jurídico.
8. La Corona. El Gobierno: Composición, funciones y
potestades en el sistema constitucional español.
9. Las Cortes Generales. Órganos dependientes de las Cortes
Generales.
10. El Poder Judicial en la Constitución. El Tribunal
Constitucional.
11. El Derecho Administrativo: Concepto y contenido. La
Administración Pública y el Derecho Administrativo. Tipología de
las Administraciones Públicas.
12. El Ordenamiento jurídico-administrativo. Fuentes del
Derecho Administrativo. La Ley. Los Tratados Internacionales. El
Reglamento. Relaciones entre la Ley y el Reglamento.
13. El procedimiento administrativo. Concepto y naturaleza.
Principios generales. Los recursos administrativos: Naturaleza,
extensión y límites de la Jurisdicción contencioso-administrativa.
14. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones
Públicas. Las sanciones administrativas. El procedimiento
sancionador.
15. Los contratos administrativos. Principios fundamentales.
Tipos de contratos.
16. Las formas de actuación administrativa. La actividad
administrativa de fomento, de policía o de limitación y de servicio
público.
III. Economía y Administración Financiera
17. El modelo económico español: evolución más reciente
y política económica actual.
18. Los sectores económicos: el sector primario, el sector
industrial y el sector servicios. El turismo como sector económico.
19. El sector público económico. Dimensión económica y
social. Las empresas públicas.
20. El sistema tributario español.
21. Los ingresos públicos: concepto y clasificación. Los
gastos públicos: concepto y clasificación.
22. El presupuesto. Concepto y clases. Estructura. Crisis de
los principios clásicos del presupuesto.
23. Elaboración y aprobación del presupuesto.
24. El control del presupuesto.
25. El sistema de la Seguridad Social y el sistema sanitario
en España.
26. El mercado de trabajo en España. Evolución del empleo.
Población activa, ocupación y paro.
27. Sistema financiero español y política monetaria.
28. Las relaciones financieras entre las Administraciones
Públicas en España.
IV. Recursos Humanos
29. El sistema español de empleo público. Evolución.
Características generales.
30. Régimen jurídico del personal al servicio de las
Administraciones Públicas. Funcionarios de Carrera y de Empleo.
Personal laboral. Regímenes especiales de funcionarios.
31. La planificación de Recursos Humanos en las
Administraciones Públicas. Los Planes de empleo. La Oferta de Empleo
Público.
32. Selección del personal funcionario.
33. Provisión de puestos de trabajo.
34. La carrera profesional de los funcionarios públicos.
Situaciones administrativas.
35. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Régimen
disciplinario.
36. El sistema retributivo. Incompatibilidades de los
funcionarios.
37. El régimen de seguridad social de los funcionarios. Clases
pasivas. Ayuda familiar. Mutualismo administrativo: MUFACE.
38. El personal laboral al servicio de la Administración
General del Estado.
39. Los derechos colectivos de los funcionarios. Órganos de
representación, determinación de las condiciones de trabajo y
participación del personal al servicio de las Administraciones
Públicas.
40. La negociación colectiva del personal laboral: Los
convenios colectivos. El contrato de trabajo: Partes y contenido.
GRUPODE MATERIASESPECÍFICAS
I. Derecho Constitucional y Administrativo
1. La Constitución española de 1978: características y
estructura. La Reforma Constitucional.
2. Los principios constitucionales. El Estado social y
democrático de derecho. Los valores superiores en la Constitución
española.
3. Los derechos fundamentales, evolución histórica y
conceptual. Los derechos fundamentales y las libertades públicas.
4. Los derechos económicos y sociales en la Constitución
española. El modelo económico en la Constitución de 1978.
5. La protección de los derechos fundamentales. La vía
judicial preferente y sumaria. El "Habeas Corpus". El recurso de
amparo constitucional. Instituciones internacionales de garantía.
6. La participación de los ciudadanos en las Instituciones del
Estado. Democracia directa y democracia representativa en la
Constitución española. Otras formas de participación.
7. Los Partidos políticos y los Sindicatos en España.
Regulación constitucional y régimen jurídico.
8. La Corona. Las Cortes Generales: Congreso de los
Diputados y Senado: composición y funciones.
9. El Gobierno: Composición, funciones y potestades en el
sistema constitucional español. Designación y remoción del
Gobierno y su Presidente.
10. La función parlamentaria de control del Gobierno en
España: modalidades.
11. Órganos dependientes de las Cortes Generales: el
Defensor del Pueblo. El Tribunal de Cuentas: composición, organización
y funciones. La Administración Consultiva: Especial referencia al
Consejo de Estado.
12. El Poder Judicial en la Constitución. La Organización
judicial en España.
13. El Tribunal Constitucional. Modelos comparados de
Justicia constitucional.
14. Conflictos constitucionales entre órganos del Estado.
Conflictos positivos y negativos con las Comunidades Autónomas.
Impugnación de disposiciones y resoluciones de las Comunidades
Autónomas.
15. El Derecho Administrativo. Concepto y contenido. Tipos
históricos y su evolución. La Administración Pública y el Derecho
Administrativo. La Administración, las funciones y los poderes
del Estado.
16. El Ordenamiento jurídico-administrativo. Fuentes del
Derecho Administrativo. La Ley. Los Tratados Internacionales. El
Reglamento. Relaciones entre la Ley y el Reglamento.
17. La personalidad jurídica de las Administraciones
Públicas. La Administración del Estado como persona jurídica.
Tipología de las Administraciones Públicas.
18. La Administración General del Estado. Órganos
superiores de la misma. La Administración periférica del Estado.
Relaciones entre las Administraciones Públicas: mecanismos de
cooperación, coordinación y control.
19. La Administración Institucional. Repercusión de la Ley
de Organización y Funcionamiento de la Administración General
del Estado (LOFAGE).
20. Los órganos de la Administración Pública. Los principios
de organización administrativa. Las relaciones entre
Administración y Justicia y el principio de autotutela.
21. El Reglamento: concepto, naturaleza y clases. El control
de los Reglamentos. Procedimiento para la elaboración de
disposiciones de carácter general.
22. El acto administrativo. Concepto y elementos. Clases. Los
actos presuntos y el silencio administrativo. La eficacia del acto
administrativo.
23. El procedimiento administrativo. Concepto y naturaleza.
Principios generales. Tipos de procedimientos. Los recursos
administrativos.
24. El administrado. Clases. Capacidad del administrado y
sus circunstancias modificativas. Las situaciones jurídicas del
administrado. La participación del administrado en las funciones
administrativas.
25. Naturaleza, extensión y límites de la Jurisdicción
contencioso-administrativa. El recurso contencioso-administrativo.
Procedimiento general. Recursos de súplica, casación y revisión.
Ejecución de sentencias.
26. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones
Públicas. Las sanciones administrativas. El procedimiento
sancionador.
27. La expropiación forzosa: naturaleza y justificación,
sujetos y objetos. Procedimiento general. Peculiaridades del
procedimiento de urgencia. Procedimientos expropiatorios especiales.
28. Los contratos administrativos. Principios fundamentales.
Tipos de contratos.
29. Las propiedades administrativas. El dominio público. Los
bienes patrimoniales del Estado. El Patrimonio Nacional. Los
bienes comunales.
30. Formas de actuación administrativa. La actividad
administrativa de Fomento. La actividad administrativa de servicio
público. La actividad de policía o de limitación.
II. Economía y Administración Financiera
1. El modelo económico español en el marco de la economía
mundial: evolución más reciente y líneas generales de la política
económica actual.
2. La Unión Económica y Monetaria. Proceso de convergencia.
3. El sector primario. Evolución. Análisis de las principales
macromagnitudes. Situación actual.
4. El sector industrial. Evolución. Análisis de las principales
macromagnitudes. Situación actual.
5. El sector servicios. Evolución. Análisis de las principales
macromagnitudes. Situación actual. Especial referencia al turismo.
6. El sector público económico. Dimensión económica y
social. Las empresas públicas.
7. El sistema de la Seguridad Social. Dimensión, financiación
y problemas actuales.
8. El sistema sanitario. Financiación. Relaciones con el
sistema de Seguridad Social.
9. El sistema educativo. Financiación. La reforma del sistema
educativo.
10. Estructura social de la España actual. Cambios y
tendencias demográficas. Estratificación y movilidad social.
11. El mercado de trabajo en España. La evolución del
empleo. Población activa, ocupación y paro.
12. Políticas de empleo en España: protección por desempleo
y políticas activas.
13. La renta nacional. Evolución y distribución. La balanza
de pagos. Especial consideración de la balanza comercial.
14. El sistema tributario español: régimen actual.
15. Los ingresos públicos: concepto y clasificación. Los
impuestos indirectos.
16. Los impuestos directos. Concepto, caracteres y clases.
17. La Ley General Presupuestaria y las leyes anuales de
Presupuestos.
18. El Presupuesto. Concepto y clases. Estructura. Los
principios clásicos del Presupuesto y su crisis.
19. Elaboración y aprobación del presupuesto.
20. Modificaciones presupuestarias. Créditos extraordinarios
y suplementos de créditos. Transferencias. Otras modificaciones
presupuestarias.
21. El procedimiento de ejecución presupuestaria. Fases.
Liquidación del presupuesto y rendición de cuentas.
22. El Control presupuestario. Concepto. Naturaleza y ámbito
de aplicación. Fases.
23. Los gastos públicos: concepto y clasificación. Efectos
limitativos. Gastos de Personal. Gastos para la compra de bienes y
servicios. Gastos de transferencias: corrientes y de capital. Gastos
de inversión.
24. Las técnicas presupuestarias. Tipos de presupuestos.
25. Procedimiento común de ejecución de gastos públicos:
Autorización. Compromiso del gasto. Reconocimiento de la
obligación. Propuesta de pago.
26. Pagos: concepto y clasificación. Referencia a los distintos
tipos de pagos.
27. El déficit público: causas y efectos. La financiación del
déficit público. La deuda pública. Clases. La gestión de la deuda
pública.
28. El sistema financiero español. Estructura. Evolución
reciente. La política monetaria.
29. Las relaciones financieras entre las Administraciones
Públicas españolas.
30. Las relaciones financieras con la Unión Europea. Los
fondos estructurales. El FSE, el FEDER, el FEOGA: orientación y
garantía. Otros instrumentos financieros comunitarios.
III. Recursos Humanos
1. El sistema español de empleo público. Evolución.
Características actuales.
2. Régimen jurídico del personal al servicio de las
Administraciones Públicas. Funcionarios de carrera y de empleo. Personal
laboral. Regímenes especiales de funcionarios.
3. La gestión del sistema de empleo público en la
Administración General del Estado (I). Órganos superiores de la función
pública: composición y atribuciones.
4. La gestión del sistema de empleo público en la
Administración General del Estado (II). Distribución de competencias en
materia de personal.
5. La planificación de recursos humanos en las
Administraciones Públicas. Los planes de empleo. La Oferta de Empleo
Público.
6. La selección del personal funcionario. Los órganos de
selección. El procedimiento selectivo.
7. La carrera profesional. Las Relaciones de Puestos de
Trabajo.
8. La provisión de puestos de trabajo. El concurso. La libre
designación. Otras formas de provisión de puestos.
9. La promoción profesional. La promoción interna. La
formación. La formación continua en las Administraciones Públicas.
10. Situaciones Administrativas. La jubilación de los
funcionarios públicos.
11. Los derechos de los funcionarios. Ética del servicio público.
12. El sistema retributivo. Incompatibilidades de los
funcionarios.
13. El régimen de seguridad social de los funcionarios. Clases
pasivas. Ayuda familiar. Mutualismo administrativo: MUFACE.
14. Los derechos colectivos de los funcionarios. Órganos de
representación, determinación de las condiciones de trabajo y
participación del personal al servicio de las Administraciones
Públicas.
15. Deberes de los funcionarios. La responsabilidad de los
funcionarios y de los agentes de la Administración.
Responsabilidad penal, civil y disciplinaria. El régimen disciplinario.
16. El empleo público de las Comunidades Autónomas:
ordenación de su Función Pública. El empleo público de las Entidades
Locales: Función Pública Local. Movilidad de funcionarios de las
distintas Administraciones Públicas.
17. El Derecho del Trabajo. Características. Principios
constitucionales. Las fuentes del ordenamiento laboral.
18. El personal laboral al servicio de la Administración
General del Estado.
19. La contratación laboral en la Administración Pública.
Personal laboral fijo y eventual.
20. El contrato de trabajo. Partes. Capacidad para contratar.
Contenido. Forma del contrato.
21. Modalidades del contrato de trabajo.
22. Modificación, suspensión y extinción del contrato de
trabajo.
23. Derechos de los trabajadores. Condiciones de trabajo.
Seguridad e higiene en el trabajo. La Ley de Prevención de Riesgos
Laborales.
24. La negociación colectiva del personal laboral: los
convenios colectivos. La negociación colectiva en la Administración
General del Estado.
25. Los conflictos colectivos. La huelga. El cierre patronal.
26. Participación y régimen de representación del personal
laboral. Comités de Empresa y Delegados de Personal.
27. Régimen disciplinario laboral. Jurisdicción social y
administración laboral.
28. La Seguridad Social. Formación y desarrollo de la
Seguridad Social en España. Características. Normas de afiliación y
cotización.
29. El sistema de Seguridad Social. Régimen general y
regímenes especiales.
30. La acción protectora. Concepto. Clases de prestaciones:
asistencia sanitaria, incapacidad temporal, maternidad, invalidez,
jubilación, muerte y supervivencia.
ANEXO III
Tribunal
Tribunal titular
Presidente: D. Julio Gutiérrez Fuentes, Cuerpo Superior de
Administradores Civiles del Estado.
Secretario: D. Luis Rodríguez Peñamil, Escala Técnica de
Gestión de Organismos Autónomos.
Vocales:
D. Fernando Magro Fernández, Escala de Técnicos Facultativos
Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación.
D.a Inmaculada Martín-Caro Sánchez, Cuerpo Superior de
Administradores Civiles del Estado.
D. Carlos Adiego Samper, Cuerpo Superior de Administradores
Civiles del Estado.
Tribunal suplente
Presidente: D. Antonio Casanueva de Luis, Cuerpo Superior
de Administradores Civiles del Estado.
Secretario: D. Enrique Nuñez Morgades, Escala Técnica de
Gestión de Organismos Autónomos
Vocales:
D. Jesús Pedrosa Lengo, Escala Técnica de Gestión de
Organismos Autónomos.
D. David Martín Vallés, Cuerpo Superior de Sistemas y
Tecnologías de la Información de la Administración del Estado.
D.a Teresa Muñiz Prieto, Cuerpo Superior de Administradores
Civiles del Estado.
ANEXO V
Don ................................................................................,
con domicilio en ....................................................................
...........................................................................................,
y Documento Nacional de Identidad número .............................,
declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado
funcionario de la Escala Técnica de Gestión de Organismos
Autónomos, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las
Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el
ejercicio de funciones públicas.
En ................... a ........ de ................... de 2003.
(Localidad, fecha y firma)
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid