La Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional
para el Desarrollo establece en su artículo 25, que la Agencia
Española de Cooperación Internacional (AECI), organismo
autónomo adscrito al Ministerio de Asuntos Exteriores, a través de
la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para
Iberoamérica, y presidido por su titular, es el órgano de gestión
de la política española de cooperación internacional para el
desarrollo, sin perjuicio de las competencias asignadas a otros
Departamentos ministeriales.
La propia Ley, en su artículo 26, reconoce a las Oficinas
Técnicas de Cooperación como unidades adscritas orgánicamente a
las Embajadas que, bajo la dirección de su Jefe de Misión y la
dependencia funcional de la Agencia Española de Cooperación
Internacional aseguran la coordinación y, en su caso, la ejecución
de los recursos de la cooperación en su demarcación.
Por su parte el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación
Internacional, aprobado por Real Decreto 3424/2000, de 15 de
diciembre dedica su artículo 15 a los órganos de la Agencia Española
de Cooperación Internacional en el exterior, entre los que se
encuentran, junto a los Centros de Formación de la Cooperación Española
y los Centros Culturales, las Oficinas Técnicas de Cooperación.
Los puestos directivos de estos centros podrán ser
desempeñados por personal contratado bajo una relación de carácter
especial de las previstas en el artículo 2.1.a) del Estatuto de los
Trabajadores.
Por tanto, concedida la autorización preceptiva por los
Ministerios de Hacienda y de Administraciones Públicas, en aplicación
de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 52/2002, de 30 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2003 y
el procedimiento previsto en la Instrucción conjunta de 6 de mayo
de 2002, de las Secretarías de Estado para la Administración
Pública y de Presupuestos y Gastos, se anuncia, a convocatoria pública
y abierta, la plaza de Adjunto al Coordinador General de la
Cooperación Española en Filipinas, de acuerdo con las siguientes,
Bases
I. Características de la plaza y funciones
El Adjunto al Coordinador General de la Cooperación Española
en la República de Filipinas ocupará plaza prevista en el Catálogo
de Personal Laboral de la AECI en el exterior y prestará servicios
en la Oficina Técnica de Cooperación, órgano de la AECI integrado
en la Embajada de España en Manila, con ámbito de actuación
en Filipinas.
Desempeñará las siguientes funciones:
Apoyo, en general, a las labores del Coordinador General de
la Cooperación Española.
Gestión y administración de la Oficina Técnica de Cooperación
de la AECI en la República de Filipinas.
Gestión de los recursos económicos asignados por la AECI a
los programas de cooperación.
Elaboración de informes y memorias de los programas de
cooperación.
Gestión, seguimiento y control de los programas bilaterales
de cooperación.
II. Régimen de contratación
El candidato designado para ocupar la plaza que se convoca,
suscribirá contrato de alta dirección, regulado por el R.D.
1382/85, de 1 de agosto, y de conformidad con lo establecido
en la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional
para el Desarrollo, en el modelo utilizado por este Organismo
para los Adjuntos a Coordinadores Generales de la Cooperación
Española y con mención expresa del posible traslado de mutuo
acuerdo a otro país a plaza de similares características.
Su relación laboral quedará regulada por lo establecido en el
contrato y en la Resolución de la Presidencia de la AECI, de 6
de mayo de 1992 (B.O.E. n.o 122, de 21 de mayo de 1992).
Las retribuciones de la plaza serán las aprobadas, para la
categoría de Adjunto al Coordinador General de la Cooperación
Española en Filipinas, por la Comisión Interministerial de
Retribuciones.
III. Requisitos de los aspirantes
Los aspirantes a la plaza que se convoca deberán reunir los
siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo,
conforme a lo establecido en el Artículo 7 del Estatuto de los
Trabajadores.
c) No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas
incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones
correspondientes.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni
hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas
por sentencia judicial firme.
e) Ser titulado superior o medio universitario.
f) Tener experiencia en el ámbito de la cooperación para el
desarrollo.
IV. Méritos específicos
a) Experiencia en metodología de proyectos, gestión,
seguimiento y control de proyectos de cooperación.
b) Experiencia de cooperación sobre el terreno en países en
vías de desarrollo
c) Conocimiento de la legislación laboral y administrativa
española, especialmente en el ámbito de la cooperación al
desarrollo.
d) Conocimientos de los idiomas inglés y tagalo.
V. Solicitud
Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria, deberán
hacerlo constar en instancia acompañada de "Currículum Vitae"
dirigida al Ilmo. Sr. Secretario General de la Agencia Española
de Cooperación Internacional (Vicesecretaría General, Avda.
Reyes Católicos, 4 - 28040 Madrid) citando expresamente "Plaza
de Adjunto al Coordinador General de la Cooperación Española
en Filipinas", sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 38.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y de Procedimiento
Administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en
el plazo de 15 días naturales contados a partir del día siguiente
a la publicación de esta convocatoria.
VI. Proceso de selección
La idoneidad de los aspirantes será evaluada, de acuerdo con
los méritos acreditados por los mismos, por una Comisión
constituida de la siguiente forma:
Presidente: el Director General de Cooperación con África, Asia
y Europa Oriental o en quien delegue.
Vicepresidente: el Subdirector General de Cooperación con los
Países del Mediterráneo y Europa Oriental o en quien delegue.
Vocales: 2 funcionarios nombrados por el Secretario General
de la AECI, junto con sus suplentes.
Secretaria: la Vicesecretaria General de la AECI, que actuará
con voz y voto, o en quien delegue.
La Comisión de Valoración establecerá los criterios para
evaluar los méritos de los candidatos en relación con los específicos
requeridos en la presente convocatoria.
Aquellos que resulten preseleccionados podrán ser citados para
la realización de entrevista personal. La entrevista versará sobre
aspectos del "Currículum Vitae" del candidato, puntos concretos
de los méritos aducidos, sus conocimientos sobre el país de destino
y otros de su área geográfica y, en general, aquellos otros aspectos
que permitan a la Comisión evaluar la idoneidad del candidato
para el puesto.
Terminados sus trabajos, la Comisión de Valoración elevará
una propuesta en forma de terna, a la Secretaría General de la
Agencia Española de Cooperación Internacional que resolverá,
disponiendo la contratación del candidato designado.
Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos
oportunos.
Madrid, 19 de noviembre de 2003.-El Presidente, P.D.
(Resolución 29 de diciembre de 2000, B.O.E. 12 de febrero de 2001),
el Secretario General, Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca.
Ilmos. Sres.: Directores Generales de Cooperación con
Iberoamérica; de Cooperación con África, Asia y Europa Orienta,
de Relaciones Culturales y Científicas; Director del Gabinete
Técnico de la Secretaría General y Vicesecretaria General de
la AECI.
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