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Documento BOE-A-2003-23126

Orden DEF/3517/2003, de 9 de diciembre, por la que se modifica la Orden DEF/2038/2003, de 11 de julio, por la que se convocaron pruebas selectivas para cubrir plazas de personal laboral fijo en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal en la categoría de Titulado Superior Sanitario y Asistencial -Médico Especialista- y Titulado Superior -Análisis Clínicos, Odontología y Psicología- en las provincias de Illes Balears, Burgos, Cádiz, A Coruña, Madrid, Melilla, Murcia, Las Palmas, Sevilla, Valencia y Zaragoza.

Publicado en:
«BOE» núm. 301, de 17 de diciembre de 2003, páginas 44910 a 44912 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2003-23126

TEXTO ORIGINAL

Por Orden DEF/2038/2003, de 11 de julio (Boletín Oficial

del Estado núm. 173 de 21 de julio), se convocaron pruebas

selectivas para cubrir plazas de personal laboral fijo en el marco del

proceso de consolidación de empleo temporal en la categoría de

Titulado Superior Sanitario y Asistencial -Médico

Especialistay Titulado Superior -Análisis Clínicos, Odontología y

Psicologíaen las provincias de Illes Balears, Burgos, Cádiz, A Coruña, Madrid,

Melilla, Murcia, Las Palmas, Sevilla, Valencia y Zaragoza.

Por otra parte, mediante Resolución de 15 de noviembre de

2002, (Boletín Oficial del Estado núm. 276 de 18 de noviembre),

fue aprobado el Acuerdo Administración-Sindicatos para la

modernización y mejora de la Administración Pública, cuyo capítulo XIII

se refiere expresamente al "personal indefinido e indefinido no

fijo".

Como consecuencia de dicho Acuerdo se han venido

produciendo numerosos pronunciamientos judiciales declarando el

carácter indefinido de la relación laboral de los trabajadores que

cumplían los requisitos de efectos temporales exigidos en el citado

Acuerdo para la adquisición de la condición de personal laboral

fijo.

Considerando este motivo, los puestos de trabajo ocupados

por dichos trabajadores, que, con anterioridad a la sentencia

judicial tenían la condición de interinidad necesaria para ser incluidos

en el proceso de consolidación de empleo convocado por la Orden

DEF/2038/2003 antes mencionada, precisamente en virtud de

esa sentencia, y en aplicación del citado Acuerdo, deben ser, en

el momento actual, excluidos de este proceso, toda vez que se

encuentran ocupados por estos trabajadores que tienen la

condición de personal laboral fijo.

Por ello, en cumplimiento del art. 10 del Real Decreto

215/2003, de 21 de febrero por el que se aprueba la oferta de

empleo público para el año 2003, que, al regular la consolidación

de empleo temporal en su apartado 2, establece que estos procesos

no supondrán en ningún caso aumento de plantilla, considerando

que la oferta de empleo aprobada por el Gobierno es un

instrumento de planificación para la óptima utilización y racionalización

de los recursos humanos, siempre dentro de los límites

presupuestarios y de acuerdo con la política de personal, y que además

todos sus preceptos y criterios de aplicación vienen señalados

anualmente por las leyes de Presupuestos Generales del Estado

(Ley 52/2002, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales

del Estado para el año 2003), de acuerdo con las prioridades

de la política económica y las necesidades de planificación de

los recursos humanos, se considera procedente la supresión de

la convocatoria de los puestos ocupados por trabajadores que

ya tienen la condición de personal laboral fijo según lo expuesto

en los párrafos anteriores.

De conformidad con todo lo anterior, y en uso de las

competencias atribuidas en el art. 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de

abril, de Organización y Funcionamiento en la Administración

General del Estado,

Este Ministerio ha resuelto:

Modificar la Orden DEF/2038/2003, de 11 de julio (Boletín

Oficial del Estado núm. 173 de 21 de julio) en el sentido de suprimir

la plaza de Cirugía General y del Aparato Digestivo en Burgos,

las plazas de Cirugía Plástica Estética y Reparadora, Obstetricia

y Ginecología, Pediatría y sus Áreas Específicas y Radiodiagnóstico

en Cádiz, las plazas de Anatomía Patológica y Medicina Física

y Rehabilitación en Madrid, las plazas de Análisis Clínicos y

Urología en Murcia, una plaza de Anestesiología y Reanimación y

las plazas de Alergología, Análisis Clínicos, Farmacología Clínica,

Neurología, Obstetricia y Ginecología, Oftalmología y Titulado

Superior en Psicología en Sevilla, una plaza de Medicina Intensiva

en Zaragoza y la plaza de Oftalmología en Melilla.

La relación de plazas, una vez suprimidos los citados puestos,

con el detalle de número de puesto y establecimiento donde se

encuentran ubicados aparece relacionado en el Anexo a la presente

Orden.

Madrid, 9 de diciembre de 2003.-El Ministro, por delegación

de firma (O.M.C. 22/2003, de 4 de marzo), el Director general

de Personal, Luis Roca Ramírez.

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