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Documento BOE-A-2003-23504

Resolución de 23 de septiembre de 2003, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo, por la que se concede la modificación adicional primera de la aprobación del sistema de calidad a favor de la empresa Gram Precisión, S.L.

Publicado en:
«BOE» núm. 305, de 22 de diciembre de 2003, páginas 45622 a 45623 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2003-23504

TEXTO ORIGINAL

Vista la petición interesada por la empresa Gram Precisión, S.L., domiciliada en la calle Pallars, n.º 65, 08018 Barcelona, en solicitud de modificación adicional primera de la aprobación del sistema de calidad número E-03.02.SC02, para instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático,

Esta Direcció General de Consum i Seguretat Industrial del Departament de Treball, Indústria, Comerç i Turisme de la Generalitat de Catalunya, de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo; el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de control metrológico, la Orden de 22 de diciembre de 1994 por la que se regula el control metrológico CE de los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático, que incorpora al Derecho interno español la Directiva 90/384/CEE, de 20 de junio de 1990, modificada por la Directiva 93/68/CEE, de 22 de julio de 1993, ha resuelto:

Primero.

Conceder la modificación adicional primera de la aprobación del sistema de calidad número E-03.02.SC02 de la entidad Gram Precisión, S.L., para instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático con Max 600 kg clase (III) y con Max 500 g clase (II).

Segundo.

El certificado de aprobación del sistema de calidad número E-03.02.SC02 se complementa mediante esta modificación adicional primera, con una variación relativa al cambio de anexo B, provocado por el cambio de Jefe del sistema de calidad y por el cambio de Coordinador de los aspectos de metrología legal.

Tercero.

Los instrumentos verificados de acuerdo con el sistema de calidad deberán de cumplir todos los condicionamientos contenidos en los anexos A y C del certificado de aprobación del sistema de calidad número E-03.02.SC02 y el anexo B del certificado de modificación adicional primera de la aprobación del sistema de calidad número E-03.02.SC02.

Cuarto.

Constará como Jefe del sistema de calidad el Sr. Pere Xavier Grané Balsells.

Quinto.

Constará como Coordinador de los aspectos de metrología legal el Sr. Pere Xavier Grané Balsells.

Sexto

La documentación descriptiva está identificada con el número 33/03 y está depositada en la Direcció General de Consum i Seguretat Industrial (organismo notificado número 0315).

Séptimo.

Esta autorización será válida siempre que se continúen manteniendo las condiciones de aplicación del sistema de aseguramiento de la calidad, de acuerdo con lo que establece el anexo II de la Orden de 22 de diciembre de 1994. Ello significa que este certificado tendrá como máximo la misma validez que el certificado de Bureau Veritas Quality International número 02.0089-0, de 17 de diciembre de 2001. Validez máxima hasta el 17 de diciembre de 2004.

Octavo.

Próximo a transcurrir el plazo de validez que se concede la entidad titular de la misma, si lo desea, solicitará de la Direcció General de Consum i Seguretat Industrial la oportuna prórroga de esta aprobación del sistema de calidad, de acuerdo con lo que establece la Orden de 22 de diciembre de 1994.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, pueden interponer recurso de alzada ante el honorable Conseller de Treball, Indústria, Comerç i Turisme de la Generalitat de Catalunya en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder hacer uso de cualquier otro recurso que consideren oportuno.

Barcelona, 23 de septiembre de 2003.‒El Director General, P.D. (Resolución de 7 de octubre de 1996, DOGC de 13-11-1996), el Jefe de Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar i Guevara.

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