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Documento BOE-A-2003-23521

Resolución de 11 de diciembre de 2003, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se complementa la de 22 de septiembre de 2003, por la que se dispone la integración de los funcionarios en el Cuerpo Especial Facultativo de Marina Civil, en aplicación de lo establecido en el Real Decreto 1055/2002, de 11 de octubre.

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 23 de diciembre de 2003, páginas 45824 a 45824 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2003-23521

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 22 de septiembre de 2003, de la Secretaría

de Estado para la Administración Pública (Boletín Oficial del

Estado de 3 de octubre), se dispuso la integración, a propuesta del

Ministerio de Fomento, de los funcionarios que, reuniendo los

requisitos y circunstancias indicados en el artículo 2 del Real

Decreto 1055/2002, de 11 de octubre, por el que se regulan

las funciones y la integración en el Cuerpo Especial Facultativo

de Marina Civil, y según el artículo 3 del citado Real Decreto,

dirigieron su solicitud, en el plazo de seis meses a partir de la

entrada en vigor del mismo, al Subsecretario de Fomento.

En el Anexo I de la Resolución de 22 de septiembre de 2003,

de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, en el

que se relaciona a los funcionarios integrados en el Cuerpo

Especial Facultativo de Marina Civil, no se incluye a D. Daniel Pelayo

Urquijo Preciado por no haber sido recibida en la Subsecretaría

de Fomento su solicitud de integración en el mencionado Cuerpo.

Sin embargo, acreditado que el Sr. Urquijo Preciado presentó

la misma en la Capitanía Marítima de Santa Cruz de Tenerife

en el plazo dispuesto por el artículo 3 del Real Decreto 1055/2002,

de 11 de octubre, y que cumple los requisitos y circunstancias

exigidos por el señalado Real Decreto para ser nombrado

funcionario de carrera del Cuerpo Especial Facultativo de Marina Civil

por el procedimiento de integración referido, esta Secretaría de

Estado para la Administración Pública, a propuesta del Ministerio

de Fomento y de conformidad con las facultades conferidas por

el artículo 6.3 del Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre,

de atribución de competencias en materia de personal, resuelve:

Primero.-Declarar incluido en el Anexo I de la Resolución

de 22 de septiembre de 2003, de esta Secretaría de Estado para

la Administración Pública, por la que se dispone la integración

de los funcionarios en el Cuerpo Especial Facultativo de Marina

Civil, en aplicación de lo establecido en el Real

Decreto 1055/2002, de 11 de octubre, a D. Daniel Pelayo Urquijo

Preciado (D.N.I. 14.580.855).

Para adquirir la condición de funcionario de carrera de dicho

Cuerpo, deberá prestar juramento o promesa, de conformidad con

lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, y

formalizar la toma de posesión en el mismo en el plazo de un mes.

Dicha toma de posesión tendrá efectos del día 4 de octubre

de 2003, día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del

Estado de la citada Resolución de 22 de septiembre de 2003,

de esta Secretaría de Estado para la Administración Pública.

Segundo.-Declarar aplicable a D. Daniel Pelayo Urquijo

Preciado el resto de la citada Resolución de 22 de septiembre de 2003,

de esta Secretaría de Estado para la Administración Pública, por

la que se dispone la integración de los funcionarios en el Cuerpo

Especial Facultativo de Marina Civil, en aplicación de lo

establecido en el Real Decreto 1055/2002, de 11 de octubre.

Tercero.-Contra esta Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de

reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, a

contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad

con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, o bien

recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses,

a partir, asimismo, del día siguiente al de su publicación, de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley

Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio

de 1998.

Lo que se comunica a VV.II.

Madrid, 11 de diciembre de 2003.-El Secretario de Estado,

Julio Gómez-Pomar Rodríguez.

Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Defensa, Subsecretario

de Fomento e Ilma. Sra. Directora General de la Función Pública.

ANEXO

Cuerpo o Escala: C. Especial Facultativo de Marina Civil

Turno: Integración

N.O.P.S.: 1. N.R.P.: 1458085524. Especialidad: A0006.

Apellidos y nombre: Urquijo Preciado, Daniel Pelayo. F.N.:

26-06-1960. Ministerio. Centro Directivo/OO.AA. Centro de

destino: Ministerio de Fomento. Servicios Periféricos Marina

Mercante. Capitanía Marítima de Santa Cruz de Tenerife. Provincia.

Localidad. Puesto de trabajo: S.C. Tenerife. Santa Cruz de Tenerife.

Jefe Servicio Seguridad Marítima. Nivel C.D. C. Específico: 26.

9.453,00 euros.

Índice de abreviaturas:

NOPS: Número de orden del proceso selectivo.

NRP: Número de Registro de Personal.

F.N.: Fecha de nacimiento.

Nivel C.D.: Nivel de Complemento de Destino.

C. Específico: Complemento Específico.

S.G: Subdirección General.

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