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Documento BOE-A-2003-23529

Resolución de 2 de diciembre de 2003, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Contadores Diplomados del Tribunal de Cuentas.

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 23 de diciembre de 2003, páginas 45851 a 45858 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Tribunal de Cuentas
Referencia:
BOE-A-2003-23529

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución de esta

Presidencia de 28 de julio de 2003 (BOE núm. 186, de 5 de agosto),

por la que se anuncia la Oferta de Empleo Público del Tribunal

de Cuentas para el año 2003, aprobada por el Pleno del Tribunal

en su sesión del 25 de julio, con el fin de atender las necesidades

de personal y previo acuerdo de la Comisión de Gobierno, de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.c) de la Ley 7/1988,

de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas,

Esta Presidencia, en el ejercicio de las competencias que le

están atribuidas en el artículo 2.1.b) de la citada Ley, ha resuelto

convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de

Contadores Diplomados del Tribunal de Cuentas, de acuerdo con las

siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir quince plazas,

por el sistema general de acceso libre.

1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables

la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo del Tribunal de Cuentas;

la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal

de Cuentas; la Ley 30/1984, de 2 de agosto; la Ley 23/1988,

de 28 de julio; la Ley 22/1993, de 29 de diciembre; la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999,

de 13 de enero; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,

y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 El procedimiento selectivo será la oposición, con las

pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en el Anexo I.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.

1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen

las pruebas selectivas se efectuará de acuerdo con la puntuación

total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso.

1.6 El primer ejercicio de la oposición, no se iniciará antes

del día 30 de abril de 2004.

1.7 Desde la total conclusión de cada ejercicio hasta el

comienzo del siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de

setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas, los candidatos deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años y no haber

alcanzado la edad de jubilación.

2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto

Técnico, Formación Profesional de tercer grado o equivalente, o haber

superado tres años completos de Licenciatura.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones

propias del Cuerpo de Contadores Diplomados del Tribunal de

Cuentas.

2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente

disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,

ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

poseerse el día de finalización del plazo de presentación de

solicitudes y mantenerse, como mínimo, hasta el momento de la toma

de posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en instancia, ajustada al modelo que

figura como Anexo III, en la que deberán cumplimentar todos los

datos que en la misma se solicitan.

3.1.1 A la solicitud se acompañará fotocopia del Documento

Nacional de Identidad, así como dos fotografías tamaño carnet,

respaldadas con el nombre y apellidos del solicitante.

3.1.2 Los aspirantes con discapacidad deberán indicarlo en

la solicitud, señalando las posibles adaptaciones de tiempo y

medios que pudieran requerir para la realización de los ejercicios.

3.2 Las solicitudes se dirigirán al Excelentísimo Señor

Presidente del Tribunal de Cuentas, en el plazo de veinte días

naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta

convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

3.3 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro

General del Tribunal de Cuentas (calle Fuencarral número 81,

Madrid) bien directamente, o a través de cualquiera de los medios

que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada

al mismo por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Las solicitudes

suscritas por españoles residentes en el extranjero podrán

cursarse, en el plazo expresado en el apartado anterior, a través

de las correspondientes representaciones diplomáticas o

consulares españolas, quienes las remitirán al Organismo competente.

El interesado adjuntará a su solicitud el comprobante de haber

satisfecho los derechos de examen.

Las solicitudes que se cursen por conducto de Oficinas de

Correos, deberán presentarse en sobre abierto, para ser fechadas

y selladas por el empleado de Correos antes de ser certificadas,

en aplicación de lo dispuesto en el precepto anteriormente citado.

3.4 La tasa por derechos de examen será de 18,76 euros,

hallándose exentos del pago de la misma los aspirantes con

discapacidad igual o superior al 33 por 100. Igualmente, de

conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 50/1998,

estarán exentos del pago de la tasa las personas que figuren como

demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes

anterior a la fecha de la convocatoria, siempre que en el plazo

de que se trate no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado

ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en

acciones de promoción, formación o reconversión profesional y

que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo

mensual, al salario mínimo interprofesional. La certificación relativa

a la condición de demandante de empleo, con los requisitos

previstos en la Ley, se solicitará en la correspondiente oficina del

Instituto Nacional de Empleo. En cuanto a la acreditación de las

rentas, se efectuará mediante una declaración jurada o promesa

escrita del solicitante. Ambos documentos se deberán acompañar

a la solicitud.

El pago se efectuará en la Habilitación del Tribunal de Cuentas,

bien personalmente o mediante giro postal o telegráfico,

haciéndose constar en la solicitud el número y fecha del ingreso y

acompañando fotocopia del resguardo o recibo.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el

Secretario General del Tribunal de Cuentas, por delegación de la

Autoridad convocante, dictará Resolución, en el plazo máximo de un

mes, declarando aprobada la lista de aspirantes admitidos y

excluidos y publicando la relación de aspirantes excluidos, con

indicación de las causas de exclusión. Dicha Resolución se publicará

en el Boletín Oficial del Estado, indicando en la misma los lugares

en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas

completas de aspirantes admitidos y excluidos, en las que constará

el nombre y apellidos de los candidatos y el número de su

Documento Nacional de Identidad. En la Resolución se determinará,

igualmente, el lugar y fecha de comienzo del primer ejercicio.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación

de la Resolución a que se refiere la base anterior, en el Boletín

Oficial del Estado, para poder subsanar el defecto o defectos que

hubieran motivado la exclusión provisional. Contra la Resolución

por la que se declare al aspirante definitivamente excluido, podrá

interponerse recurso de alzada ante el Pleno del Tribunal de

Cuentas, en el plazo de un mes, a tenor de lo que se dispone en el

artículo 3, j), y en la disposición adicional primera, 4, de la Ley

7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas,

en relación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, según la redacción dada a los mismos por la

Ley 4/1999, de 13 de enero.

4.3 Los errores materiales, de hecho o aritméticos podrán

subsanarse, en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

4.4 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,

procederá la devolución de la tasa por derechos de examen, cuando

no se realice su hecho imponible por causas no imputables al

sujeto pasivo. En consecuencia, no procederá devolución alguna

de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las

pruebas selectivas por causa imputable al interesado.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de las pruebas es el que figura

como Anexo IV de esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo a la Presidencia del Tribunal de Cuentas,

cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en

el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de

preparación de aspirantes a pruebas selectivas durante los cinco años

anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando estimen que concurren las circunstancias

previstas en el citado artículo 28 de la mencionada Ley.

5.3 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal con asistencia del Presidente, el Secretario y la mitad, al

menos, de sus miembros, titulares o suplentes. En dicha sesión,

el Tribunal acordará todas las decisiones que le corresponden

en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas. Celebrará

su sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días

contados a partir de su designación.

5.4 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, a partir de su constitución, el Tribunal, para actuar

válidamente, requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros,

titulares o suplentes.

5.5 Durante el desarrollo de los ejercicios de la oposición,

el Tribunal, por mayoría de votos, resolverá todas las dudas que

surjan en la aplicación de las normas de esta convocatoria, así

como lo que deba actuarse en los casos no previstos.

5.6 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas para

asegurar que los aspirantes con discapacidad dispongan de

similares condiciones que el resto de los aspirantes para la realización

de los ejercicios. En este sentido, para las personas discapacitadas

que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.1.2, se

establecerán las posibles adaptaciones de tiempo y medios. A tal

efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso, colaboración

de los órganos técnicos de la Administración Laboral o Sanitaria.

5.7 El Presidente del Tribunal calificador adoptará las

medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la oposición,

que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean

corregidos sin conocerse la identidad de los aspirantes. El Tribunal

excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas

o signos que permitan identificar al opositor.

5.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal calificador tendrá su sede en el Tribunal de Cuentas, calle

Fuencarral, 81, 28004 Madrid, teléfono número 91-447.87.01.

El Tribunal dispondrá que, en esta Sede, al menos una persona,

sea miembro o no del mismo, atienda cuantas cuestiones se

planteen en relación con el desarrollo del proceso selectivo.

5.9 El Tribunal calificador de estas pruebas selectivas tendrá

la categoría segunda de las establecidas en el artículo 30 del Real

Decreto 462/2002, de 24 de mayo (BOE núm. 129, de 30 de

mayo).

5.10 En ningún caso, el Tribunal calificador podrá aprobar

ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número

de aspirantes superior al de las plazas convocadas, siendo nula

de pleno derecho cualquier propuesta de aprobados que

contraviniese tal prescripción.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por aquel cuyo primer apellido comience con la letra

"R", de conformidad con lo establecido en la Resolución de esta

Presidencia de 14 de agosto de 2003 (BOE núm. 206, de 28

de agosto), por la que se hace público el resultado del sorteo

celebrado el día 8.

6.2 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser

requeridos por los miembros del Tribunal para acreditar su personalidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente

justificados y libremente apreciados por el Tribunal calificador.

6.4 Una vez iniciada la oposición, la publicación de los

sucesivos anuncios de celebración del segundo y restantes ejercicios

se efectuará por el Tribunal calificador en los locales donde se

haya celebrado el primero así como en el cuadro de avisos del

Tribunal de Cuentas.

Dichos anuncios se efectuarán con, al menos, doce horas de

antelación al comienzo de las pruebas, si se trata del mismo

ejercicio, o veinticuatro horas, si se trata de un nuevo ejercicio.

6.5 Si, en cualquier momento del proceso de selección,

llegase a conocimiento del Tribunal calificador que alguno de los

aspirantes carece de los requisitos exigidos en la convocatoria,

dicho Tribunal, previa audiencia del interesado, deberá proponer

su exclusión a la Presidencia del Tribunal de Cuentas,

comunicando a ésta la inexactitud o falsedades contenidas en la solicitud

de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal calificador

hará pública, en el lugar o lugares de celebración del último

ejercicio así como, en su caso, en el cuadro de avisos del Tribunal

de Cuentas, la relación de aspirantes aprobados, por orden de

puntuaciones alcanzadas, con indicación del respectivo

Documento Nacional de Identidad.

7.2 El Presidente del Tribunal calificador elevará copia

certificada de la lista de aprobados en la oposición, por orden de

puntuación, a la Presidencia del Tribunal de Cuentas, para su

conocimiento y publicación en el Boletín Oficial del Estado.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el

día siguiente a aquel en que se hizo pública la lista de aprobados

en el Boletín Oficial del Estado, los opositores aprobados deberán

presentar, en la Secretaría General del Tribunal de Cuentas, los

siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido o certificación

académica que acredite haber realizado todos los estudios para la

obtención del mismo, con referencia al día en que finalizó el plazo

de presentación de solicitudes.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

del servicio, mediante expediente disciplinario, de ninguna

Administración pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de

funciones públicas, según el modelo que figura como Anexo V

a esta convocatoria.

c) Los aspirantes con discapacidad a que se refiere la

base 3.1.2 de esta convocatoria, deberán acreditar tal condición,

si obtuvieren plaza, mediante certificación de los Órganos

competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su

caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera,

estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y

demás requisitos ya acreditados para obtener su anterior

nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central

de Personal o del Ministerio u Organismo del que dependiesen

para acreditar tal condición, con expresión del número e importe

de trienios, así como la fecha de su vencimiento.

8.3 Quienes, dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza

mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la

misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos

señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios y

quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad

en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.

8.4 La petición de destinos por parte de los aspirantes

aprobados se realizará, previa oferta a los mismos y su adjudicación

se efectuará siguiendo el orden de puntuación obtenida en la

oposición, de conformidad con lo establecido en la norma 1.5 de

esta convocatoria.

8.5 Transcurrido el plazo de presentación de documentos,

los aspirantes seleccionados serán nombrados funcionarios de

carrera mediante Resolución de la Presidencia del Tribunal de

Cuentas, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, y en

la que se expresará la respectiva fecha de nacimiento, el Número

de Registro de Personal que se les asigne, así como el destino

adjudicado.

8.6 La toma de posesión de los aspirantes aprobados se

efectuará dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente

al de la publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial

del Estado", debiendo, previamente, prestar juramento o promesa

en la forma establecida en el Real Decreto 707/1979, de 5 de

abril, para la adquisición de la condición de funcionario.

9. Norma final

Contra esta convocatoria, sus bases y cuantos actos

administrativos se deriven de la misma, podrá interponerse recurso de

alzada, en el plazo de un mes, ante el Pleno del Tribunal de

Cuentas, a tenor de lo que dispone el artículo 3.j) y la disposición

adicional primera, 1 y 4, de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de

Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, en relación con los

artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, según

la redacción dada a los mismos por la Ley 4/1999, de 13 de

enero.

Madrid, 2 de diciembre de 2003.-El Presidente, Ubaldo Nieto

de Alba.

Ilmo. Sr. Secretario General del Tribunal de Cuentas.

ANEXO I

Ejercicios y valoración

1. Ejercicios

La oposición constará de cuatro ejercicios, todos ellos

eliminatorios.

Primer ejercicio: Consistirá en la resolución, por escrito, de

un cuestionario de preguntas propuestas por el Tribunal,

relacionadas con las materias de Derechos Mercantil, Constitucional

y Administrativo y Economía General y de la Empresa, que figuran

en el temario incluido en el Anexo II, punto 1 de esta Resolución.

La duración de este ejercicio será de dos horas y treinta

minutos.

Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución, por escrito, de

cuestiones prácticas de Contabilidad General y de Sociedades y

Auditoría, pudiendo figurar, en la parte de Contabilidad, la

aplicación de la matemática financiera necesaria, de acuerdo con el

temario que figura en el Anexo II, punto 2. Para la realización

de este ejercicio podrán utilizarse el Plan General de Contabilidad

y las resoluciones publicadas por el Instituto de Contabilidad y

Auditoría de Cuentas, así como calculadoras no programables.

La duración máxima de este ejercicio será de seis horas.

Tercer ejercicio: Consistirá en la resolución, por escrito, de

cuestiones prácticas de Contabilidad Pública, de conformidad con

lo establecido en el vigente Plan General de Contabilidad Pública

y demás disposiciones dictadas para el desarrollo reglamentario

del mismo. Dichos textos podrán ser utilizados en el ejercicio,

así como calculadoras no programables.

La duración máxima de este ejercicio será de seis horas.

Cuarto ejercicio: Consistirá en la exposición, por escrito,

durante un tiempo máximo de tres horas, de dos temas, extraídos al

azar, uno del temario que se incluye como Anexo II, punto 3

de la presente Resolución, bajo el epígrafe de "Derecho

Presupuestario, Actividad económico-financiera del Sector Público y su

Control y Contabilidad Pública" (Temas 1 al 28, ambos inclusive),

y otro del mismo Anexo, punto 4 "Organización, Funciones y

Procedimientos del Tribunal de Cuentas y de otros Órganos de Control

Externo" (Temas 29 al 46, ambos inclusive).

Las contestaciones de cada opositor serán leídas por éste en

sesión pública. A continuación, el Tribunal podrá formular

preguntas y cuestiones al opositor durante un tiempo máximo de

quince minutos sobre cualquiera de los aspectos de su exposición.

2. Valoración de los ejercicios

Cada uno de los ejercicios se calificará de cero a veinte puntos,

siendo necesario, para superar cada uno de ellos, obtener un

mínimo de diez puntos.

La calificación final de la oposición vendrá determinada por

la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los

ejercicios. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo

a la mayor puntuación alcanzada en el segundo ejercicio y, caso

de persistir el empate, a la mayor puntuación alcanzada en el

tercero, cuarto y primer ejercicios, por este orden.

ANEXO II

Programa

1. Derechos Mercantil, Constitucional y Administrativo,

y Economía General y de la Empresa

Tema 1. Concepto del Derecho Mercantil: fuentes. El Código

de Comercio. Leyes Mercantiles. Aplicación del Derecho Común

a las relaciones mercantiles.

Tema 2. La Empresa mercantil: concepto y naturaleza.

Elementos. La defensa de la empresa contra la competencia ilícita.

Tema 3. Sociedad mercantil: concepto. El contrato de

Sociedad mercantil: Elementos esenciales. Formalidades constitutivas.

Escritura e inscripción registral. La Sociedad irregular.

Tema 4. Clases de Sociedades mercantiles. La Sociedad de

Responsabilidad Limitada: concepto y naturaleza. Fundación y

órganos. Régimen de las participaciones sociales.

Tema 5. La Sociedad Anónima: Fundación. Escritura social

y Estatutos. Acciones y obligaciones. Órganos de las Sociedades

Anónimas. La Sociedad Unipersonal de responsabilidad limitada.

La Sociedad Limitada nueva empresa.

Tema 6. Disolución de Sociedades mercantiles. Causas

generales y especiales. Liquidación de Sociedades mercantiles. La

llamada disolución parcial. Régimen jurídico de la transformación,

fusión y escisión de Sociedades mercantiles.

Tema 7. Títulos valores: concepto y clases. Los títulos

directos, a la orden, al portador y de tradición. La letra de cambio.

El endoso, la aceptación y el pago.

Tema 8. Los contratos mercantiles. Clases, perfección, forma

y prueba. La compraventa mercantil: concepto y caracteres.

Elementos, efectos y extinción del contrato. Venta de bienes muebles

a plazos.

Tema 9. Los contratos bancarios: Principales figuras. El

contrato de seguro.

Tema 10. La suspensión de pagos: Concepto legal. Efectos

de la suspensión de pagos. Situación del suspenso de pagos. Forma

y alcance de la intervención. Gestación del convenio. Impugnación

del convenio. Aprobación judicial del convenio. Incumplimiento

del convenio por el deudor. Referencia a la Reforma Concursal.

Tema 11. La quiebra: su concepto. Supuestos de la quiebra.

Clases de quiebra. Efectos de la declaración de quiebra sobre el

deudor y sobre los acreedores. Órganos de la quiebra. Soluciones

de la quiebra. Rehabilitación del quebrado. Referencia a la

Reforma Concursal.

Tema 12. La contabilidad mercantil. Contabilidad formal:

libros obligatorios y potestativos. Llevanza y conservación de los

libros. Eficacia jurídica. Contabilidad material: El Balance.

Revisión y regularización de Balances.

Tema 13. La Constitución Española de 1978. Características

y estructura. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno. El

Poder Judicial. El Defensor del Pueblo. El Tribunal Constitucional.

La reforma constitucional.

Tema 14. Fuentes del Derecho Administrativo. La

Constitución. La Ley: sus clases. Leyes estatales: Leyes orgánicas y

ordinarias. Leyes básicas. Leyes marco. Leyes de transferencia y

delegación. Leyes de armonización. Los Estatutos de Autonomía. Las

Leyes de las Comunidades Autónomas. Disposiciones del Gobierno

con valor de ley: Decretos Legislativos y Decretos-Leyes. El

Reglamento: concepto y naturaleza. Fundamento de la potestad

reglamentaria. Clasificación de los Reglamentos. Órganos con potestad

reglamentaria. La impugnación de los Reglamentos en nuestro

Derecho positivo; referencia a la cuestión de ilegalidad. Los actos

administrativos generales y las circulares e instrucciones. Otras

fuentes del Derecho Administrativo.

Tema 15. Las Administraciones Públicas. Tipos de entes

públicos. Formas de gestión de los servicios públicos. Gestión

directa. Gestión indirecta: la concesión administrativa de servicios

públicos.

Tema 16. Las potestades administrativas: concepto y clases.

El acto administrativo: concepto y caracteres. Diferentes

clasificaciones de los actos administrativos. Elementos del acto

administrativo: sujeto, objeto, fin y forma. La motivación. El silencio

administrativo.

Tema 17. Eficacia del acto administrativo. Ejecutoriedad de

los actos administrativos. Validez e invalidez del acto

administrativo. Declaración de nulidad de pleno derecho de los actos

administrativos por la Administración mediante la revisión de oficio:

casos en que procede y trámites. Declaración de anulabilidad por

la Administración: Declaración de lesividad, requisitos y

procedimiento. La revocación.

Tema 18. La responsabilidad patrimonial de la

Administración Pública: régimen vigente. Requisitos para que proceda la

indemnización. Responsabilidad de las autoridades y funcionarios.

Tema 19. El procedimiento administrativo: concepto y fines

del procedimiento. Principios generales y ámbito de aplicación

de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común. Características,

elementos y fases del procedimiento administrativo común. Rasgos

esenciales de los procedimientos especiales.

Tema 20. Los recursos administrativos: concepto y clases.

Tramitación general de los recursos. El recurso de alzada. El

recurso de reposición. El recurso de revisión. La jurisdicción

contencioso-administrativa.

Tema 21. Los funcionarios públicos: concepto y clases.

Situaciones de los funcionarios. Derechos y deberes. Régimen

disciplinario de los funcionarios públicos.

Tema 22. Los contratos de las Administraciones Públicas:

naturaleza jurídica, clases y régimen jurídico. Contratos

administrativos: Elementos, Formas de adjudicación de los contratos.

Resolución.

Tema 23. El Patrimonio de las Administraciones Públicas:

Concepto y clasificación. Bienes y derechos de dominio público

o demaniales. Bienes y derechos de dominio privado o

patrimoniales. El Patrimonio del Estado: Concepto y competencias. Breve

referencia a los modos de adquisición, al inventario patrimonial,

a la afectación y desafectación, mutación de destino, adscripción

y desadscripción, y al uso y explotación de los bienes y derechos.

Los bienes de las Entidades Locales. El Patrimonio de las

Comunidades Autónomas.

Tema 24. Análisis de la demanda. Análisis de la oferta. El

precio de mercado y el equilibrio del consumidor.

Tema 25. Teoría de la producción. Funciones de producción

y de costes. Concepto y clases de costes.

Tema 26. El mercado. Concepto y clases. Mercados de libre

concurrencia y monopolísticos. Formación del precio. Análisis de

otros mercados: la competencia imperfecta y el oligopolio.

Tema 27. El dinero: su naturaleza, concepto y funciones.

Ahorro e inversión. La formación del tipo de interés.

Tema 28. El sistema financiero y sus instituciones: estructura.

El Banco Central y sus funciones. Otros intermediarios financieros.

Tema 29. La renta nacional: concepto y métodos de

estimación. La Contabilidad Nacional. El análisis "input-output".

Tema 30. El comercio internacional. Formulaciones teóricas.

La balanza de pagos: concepto y estructura.

Tema 31. Empresa y Economía de la Empresa. La Empresa

como realidad económica. La Empresa y sus funciones. Clases

de Empresa.

Tema 32. La Empresa y su organización. Los diferentes

modelos y estilos de dirección, planificación, coordinación y control.

Tema 33. La estructura económico-financiera de la Empresa.

Las fuentes de financiación de la Empresa. El equilibrio entre las

inversiones y su financiación. Concepto de fondo de rotación.

Tema 34. La inversión en la Empresa: concepto. Clases de

inversión. Métodos clásicos de valoración y selección de proyectos

de inversión. El período de maduración: concepto y determinación.

Tema 35. La financiación interna o autofinanciación. La

amortización. Causas de la depreciación. La función financiera

de las amortizaciones. Métodos de amortización. Efecto expansivo

de la amortización.

Tema 36. La financiación de la Empresa. Mercado primario

y secundario de valores. La emisión de valores. El derecho de

suscripción preferente. Valoración de acciones y obligaciones.

2. Materias sobre las que versará el 2.o ejercicio

Contabilidad, auditoría y matemática financiera. Contabilidad

general y de sociedades. Auditoría de estados financieros.

Capitalización simple y compuesta. Rentas, préstamos y empréstitos.

3. Derecho Presupuestario, Actividad económico-financiera del

Sector Público y su Control, y Contabilidad Pública

Tema 1. El Derecho Presupuestario: concepto y contenido.

La Ley General Presupuestaria: estructura y principios generales.

Los derechos y obligaciones de la Hacienda Pública.

Tema 2. El Presupuesto del Estado en España (I). Concepto

y contenido. Regulación jurídica. La estabilidad presupuestaria.

Estructuras presupuestarias: Las distintas clasificaciones.

Tema 3. El Presupuesto del Estado en España (II). La

elaboración del Presupuesto: Procedimiento y remisión a las Cortes

Generales. La prórroga del Presupuesto. Tramitación y aprobación

del Presupuesto.

Tema 4. Los créditos y sus modificaciones. Tipología,

requisitos y competencias para autorizar las distintas modificaciones

presupuestarias. Tramitación. El control de las modificaciones

presupuestarias.

Tema 5. La gestión presupuestaria. Aprobación del gasto.

Compromiso del gasto. Reconocimiento de la obligación y

propuesta de pago. Extinción de las obligaciones a cargo de la

Hacienda Pública. Pagos a justificar. Anticipos de caja fija.

Tema 6. Gestión de gastos de personal. Retribuciones. La

Seguridad Social de los empleados públicos: cuotas sociales a

cargo del empleador. Clases Pasivas. Gastos Sociales.

Justificación de los gastos de personal.

Tema 7. Gestión de gastos contractuales: El procedimiento

de contratación y el procedimiento de ejecución del gasto.

Justificación del gasto. La extinción de la obligación contractual.

Tema 8. Gestión del gasto subvencional. Las subvenciones:

concepto, naturaleza y clasificación. Reparto de competencias

para regular y conceder subvenciones entre el Estado y las

Comunidades Autónomas. Procedimiento de concesión y pago.

Justificación. Infracciones administrativas en materia de subvenciones

y ayudas públicas.

Tema 9. El Tesoro Público: funciones y competencias. La

financiación de los Presupuestos Generales del Estado. Régimen

jurídico del endeudamiento del sector público y de los avales del

Tesoro Público.

Tema 10. El Sector Público: delimitación y agentes que lo

integran. La actividad económico-financiera del Sector Público y

su ordenamiento jurídico básico.

Tema 11. La actividad económico financiera de la

Administración General del Estado. La actividad económico-financiera de

los Organismos autónomos y otros Organismos públicos con un

régimen jurídico especial reguladas en las disposiciones

adicionales de la LOFAGE.

Tema 12. La actividad económico financiera de las Entidades

Públicas Empresariales y Sociedades mercantiles estatales. La

actividad económico financiera de las Fundaciones estatales. El Banco

de España.

Tema 13. La actividad económico-financiera de la Seguridad

Social: normas que la regulan. El Presupuesto de la Seguridad

Social. Concepto y contenido. Elaboración, tramitación y

aprobación. Los créditos presupuestarios en el Presupuesto de la

Seguridad Social. Modificaciones en los Presupuestos de Entidades

Gestoras y Tesorería General. Control interno.

Tema 14. El Control interno de la actividad

económico-financiera del sector público estatal (I). Concepto de control. Clases

de control. Naturaleza, fundamento y ámbito de aplicación del

control. La Intervención General de la Administración del Estado.

Organización y funciones.

Tema 15. El Control interno de la actividad

económico-financiera del sector público estatal (II). El control previo de legalidad.

Concepto, regulación y principios generales. El control previo de

legalidad de ingresos. El control previo de legalidad de gastos

y pagos. Diferentes momentos de ejercicio. La omisión de la

intervención.

Tema 16. El Control interno de la actividad

económico-financiera del sector público estatal (III). El Control financiero: concepto

y formas de ejercicio. Ámbito subjetivo. Desarrollo de la

actuaciones. Informes de Control financiero. El Control financiero

permanente, el de programas presupuestarios y el de sistemas y

procedimientos.

Tema 17. El Control interno de la actividad

económico-financiera del sector público estatal (IV). El Control financiero de

subvenciones y ayudas públicas en el ordenamiento estatal. El control

de las subvenciones comunitarias: órganos competentes y

normativa contable.

Tema 18. El Control interno de la actividad

económico-financiera del sector público estatal (V). La auditoría pública como

forma de ejercicio del control financiero. Clases de auditoría. Las

normas de auditoría del sector público.

Tema 19. La auditoría de cuentas. La Ley 19/1988, de

Auditoría de cuentas. El Instituto de Contabilidad y Auditoría de

Cuentas: funciones. Normas Técnicas de auditoría.

Tema 20. La actividad económico-financiera de las Entidades

Locales: Normas que la regulan y características de las mismas.

Presupuestos, clases, estructura, elaboración aprobación y

ejecución. Control interno.

Tema 21. La actividad económico-financiera de las

Comunidades Autónomas: normas que la regulan y características de las

mismas. Sus presupuestos. Estructura, elaboración, aprobación

y ejecución. Control interno. Cuentas generales y normas de

valoración.

Tema 22. La Contabilidad de las Administraciones Públicas.

Marco conceptual. Principios y normas contables públicos.

Tema 23. La Contabilidad del sector público estatal (I). Marco

legal. El Plan General de Contabilidad Pública: Antecedentes.

Ámbito de aplicación. Estructura y contenido.

Tema 24. La Contabilidad del Sector Público Estatal (II). La

contabilidad en la Administración General del Estado.

Tema 25. La Contabilidad del Sector Público Estatal (III). La

contabilidad de los Organismos Públicos y demás Entes Públicos

Estatales.

Tema 26. La Contabilidad del Sector Público Estatal (IV). La

contabilidad del sistema de la Seguridad Social.

Tema 27. La Cuenta General del Estado. Formación y

remisión. Documentos y estados que la integran.

Tema 28. La contabilidad de las Comunidades Autónomas:

Disposiciones por las que se rige. La contabilidad de las

Corporaciones Locales: Disposiciones por las que se rige.

4. Organización, Funciones y Procedimientos del Tribunal

de Cuentas y de otros Órganos de Control Externo

Tema 29. El Tribunal de Cuentas. Antecedentes históricos.

El Tribunal de Cuentas en la Constitución de 1978. Funciones

del Tribunal de Cuentas de acuerdo con su Ley Orgánica

reguladora y con la Ley de Funcionamiento que la desarrolla. Derecho

supletorio.

Tema 30. Organización del Tribunal de Cuentas. Atribuciones

del Presidente, del Pleno y de la Comisión de Gobierno. La Sección

de Fiscalización: funciones y estructura. La Sección de

Enjuiciamiento: funciones y estructura. Los miembros del Tribunal de

Cuentas: designación y status. La Fiscalía y la Secretaria General:

funciones que les corresponden. Órganos de apoyo del Tribunal

y otros Órganos que actúan en el mismo: El Interventor, el Gabinete

Técnico y el Servicio Jurídico del Estado. Comisionados.

Tema 31. El personal al servicio del Tribunal de Cuentas:

su Estatuto. El personal funcionario: el Cuerpo Superior de

Letrados, el Cuerpo Superior de Auditores, el Cuerpo de Contadores

Diplomados y los funcionarios pertenecientes a los Cuerpos y

Esca

las de las Administraciones Públicas y de la Seguridad Social al

servicio del Tribunal de Cuentas. El personal contratado, con

especial referencia al personal laboral y al Convenio Colectivo entre

el Tribunal de Cuentas y este personal. La Junta de Personal y

la Mesa de Negociación. Las relaciones de puestos de trabajo y

la oferta de empleo público del Tribunal de Cuentas. Régimen

general de la relación de servicio en el Tribunal de Cuentas.

Tema 32. El Tribunal de Cuentas y las Cortes Generales.

Naturaleza de la relación y Órganos de comunicación. La Comisión

Mixta Congreso Senado para las Relaciones con el Tribunal de

Cuentas: Composición y funciones. Líneas generales de la

tramitación de los informes o memorias, mociones y notas. Los

conflictos que afectan a las competencias o atribuciones del Tribunal

de Cuentas. La autonomía financiera del Tribunal de Cuentas:

Esquema general del presupuesto del Tribunal.

Tema 33. La función fiscalizadora del Tribunal de Cuentas:

contenido. El control de legalidad, eficiencia y economía: Su

significado y alcance. Ámbito subjetivo. Rendición de cuentas al

Tribunal: Entidades y personas obligadas. Ámbito objetivo. Técnicas

aplicables en los procedimientos fiscalizadores, con especial

referencia a las de Auditoría Pública. Utilización por el Tribunal de

documentos e informes de otros controles de la actividad

económico-financiera pública. El deber de colaboración con el

Tribunal de Cuentas: Alcance, formalización y medidas para exigir

su cumplimiento.

Tema 34. Procedimientos fiscalizadores del Tribunal de

Cuentas (I): naturaleza y caracteres. La iniciativa fiscalizadora. El

Programa Anual de Fiscalizaciones del Tribunal de Cuentas.

Desenvolvimiento de los procedimientos fiscalizadores. Examen del

procedimiento relativo a la Cuenta General del Estado. La Declaración

del Tribunal de Cuentas sobre la Cuenta General del Estado:

contenido y concepto. Su tramitación parlamentaria.

Tema 35. Procedimientos fiscalizadores del Tribunal de

Cuentas (II). Examen de los procedimientos fiscalizadores relativos: A)

a cuentas generales y parciales de las Entidades del sector público

y a las de los perceptores o beneficiarios de subvenciones o ayudas

públicas, B) a expedientes referentes a los contratos celebrados

por las diversas Entidades del sector público, C) a los expedientes

de modificaciones presupuestarias, y D) a la situación y variaciones

del Patrimonio del Estado y demás Entidades públicas.

Tema 36. Procedimientos fiscalizadores del Tribunal de

Cuentas (III). El control de los partidos políticos y de los procesos

electorales. La Ley Orgánica de Financiación de los Partidos Políticos.

Tema 37. Procedimientos fiscalizadores del Tribunal de

Cuentas (IV). Terminación de los procedimientos fiscalizadores. Los

resultados de la función fiscalizadora: los Informes o Memorias.

Concepto, contenido y clases. Analogías y diferencias con las

mociones y notas. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Su remisión a las Cortes Generales y a las Asambleas Legislativas

de las Comunidades Autónomas, así como a otros órganos.

Tramitación parlamentaria. Las Resoluciones de la Comisión Mixta

para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas.

Tema 38. El Informe o Memoria anual del Tribunal de

Cuentas: Examen particularizado de su naturaleza, contenido y

procedimiento. Documentación incorporable. Tramitación

parlamentaria. Los Informes extraordinarios. Los Informes anuales sobre

la actividad de las Comunidades Autónomas sin Órgano de control

externo y con Órgano de control externo.

Tema 39. La función de enjuiciamiento de la responsabilidad

contable. La responsabilidad contable: Concepto, naturaleza y

clases. Elementos subjetivos, objetivos y causales. Responsabilidad

contable y responsabilidad civil. La responsabilidad contable en

la vía administrativa: supuestos, procedimientos y recursos.

Tema 40. La Jurisdicción contable (I). Concepto y naturaleza.

La jurisdicción contable en la Constitución Española de 1978.

Extensión y límites de la Jurisdicción contable. Órganos de la

Jurisdicción contable: competencia. Abstención y recusación.

Conflictos que se susciten entre los órganos de la jurisdicción

contable y la Administración o las restantes jurisdicciones. Auxilio

jurisdiccional.

Tema 41. La Jurisdicción contable (II). Actuaciones previas

a la exigencia de responsabilidad contable: la pieza separada y

la instrucción del procedimiento de reintegro por alcance:

naturaleza, competencia, finalidad y tramitación. Las partes en el

procedimiento. Legitimación, representación y defensa de las partes.

Denuncia pública y acción popular. Pretensiones de las partes:

objeto y requisitos. Pluralidad de pretensiones. Acumulación:

supuestos y tramitación. Cuantía de los procedimientos.

Tema 42. La Jurisdicción contable (III). Reglas comunes a

los procedimientos de la Jurisdicción contable. Cuestiones

incidentales. Sustanciación. Subsanación de requisitos: Plazos.

Embargo preventivo. El juicio de cuentas: significado actual. Actos

previos a la presentación de la demanda. Demanda y contestación.

Alegaciones. Prueba. Sentencia: contenido.

Tema 43. La Jurisdicción contable (IV). Procedimiento de

reintegro por alcance. Casos en que procede. Actos previos a la

presentación de la demanda. Demanda y contestación.

Alegaciones. Prueba. La sentencia: contenido. Expediente de cancelación

de fianzas. Iniciación. Tramitación. La oposición en el

procedimiento. Auto resolutorio: Contenido. Formas de terminación de

los procedimientos sin sentencia. Recursos contra providencias,

autos y sentencias. Ejecución de sentencias.

Tema 44. Los Órganos de Control Externo de las

Comunidades Autónomas. Creación, organización y competencias de cada

uno de ellos. El ejercicio de la función fiscalizadora por los Órganos

de Control Externo. Relaciones del Tribunal de Cuentas con los

Órganos de Control Externo de las Comunidades Autónomas:

Principios informadores. Encomienda y delegación de funciones del

Tribunal en los Órganos de Control Externo.

Tema 45. Los Órganos de control externo en el Derecho

comparado, con especial referencia a los de Francia, Italia, Alemania,

Reino Unido y Estados Unidos de América. Analogías y diferencias

con el Tribunal de Cuentas de España.

Tema 46. El Tribunal de Cuentas de la Unión Europea.

Composición, estructura, competencias y funcionamiento. Relaciones

con los Tribunales de Cuentas de los Estados miembros. El

personal a su servicio. La participación internacional del Tribunal

de Cuentas de España. La organización internacional de entidades

fiscalizadora superiores (INTOSAI). La organización de las

entidades fiscalizadoras superiores de Europa (EUROSAI) y otras

organizaciones de ámbito regional. Auditorías de proyectos y

organismos internacionales y otras actividades en que interviene el

Tribunal de Cuentas.

ANEXO IV

Tribunal calificador

El Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para ingreso

en el Cuerpo de Contadores Diplomados del Tribunal de Cuentas,

quedará constituido de la siguiente forma:

Tribunal titular:

Presidente: Excelentísimo señor don Ramón Álvarez de Miranda

García, Consejero del Tribunal de Cuentas.

Vocales:

Ilustrísimo señor don Carlos Mallo Rodríguez, del Cuerpo de

Catedráticos de Universidad.

Ilustrísimo señor don Juan Carlos López López, del Cuerpo

Superior de Letrados del Tribunal de Cuentas.

Don Rafael Tortosa Mondéjar, del Cuerpo de Contadores

Diplomados del Tribunal de Cuentas.

Secretaria: Doña Cristina Gil Peña, del Cuerpo de Contadores

Diplomados del Tribunal de Cuentas.

Tribunal suplente:

Presidente: Excelentísimo señor don Luis Martínez Noval,

Consejero del Tribunal de Cuentas.

Vocales:

Ilustrísimo señor don Alejandro Larriba Díaz-Zorita, del Cuerpo

de Catedráticos de Universidad.

Ilustrísimo señor don Carlos García Soto, del Cuerpo Superior

de Letrados del Tribunal de Cuentas.

Ilustrísimo señor don José Manuel Reus García-Bedoya, del

Cuerpo Militar de Intervención de la Defensa.

Secretaria: Doña Ana Elena Máñez Álvarez, del Cuerpo de

Contadores Diplomados del Tribunal de Cuentas.

ANEXO V

D./D.a ......................................................

con domicilio en ...............................................

y Documento Nacional de Identidad número ............, declara

bajo juramento (o promete), a efectos de ser nombrado funcionario

del Cuerpo de Contadores Diplomados del Tribunal de Cuentas,

que no ha sido separado del servicio de ninguna de las

Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio

de funciones públicas.

En ............... a ...... de ............... de ......

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