Vista la petición interesada por la entidad Maquinaria de Pesaje y Alimentación, SL (calle Victoriano Mateu, n.o 11, 46960 Aldaya-España), en solicitud de aprobación CE de modelo de un instrumento de pesaje de funcionamiento no automático, tipo balanza electrónica colgante, modelo S.
De acuerdo con el informe favorable emitido por el LGAI Technological Center, SA, de 16 de octubre de 2003, y con referencia 23014781.
Considerando que la documentación presentada acredita que el instrumento está de acuerdo con la Directiva de seguridad del material eléctrico destinado a ser utilizado en determinados límites de tensión, y con la Directiva por la que se establecen los procedimientos de evaluación de la conformidad y los requisitos de protección relativos a la compatibilidad electromagnética de los equipos, sistemas e instalaciones.
Esta Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo; el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de control metrológico; la Orden de 22 de diciembre de 1994 por la que se regula el control metrológico CEE de los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático, que incorpora al Derecho interno español la Directiva 90/384/CEE, de 20 de junio de 1990, modificada por la Directiva 93/68/CEE, de 22 de julio de 1993, ha resuelto:
Autorizar a favor de la entidad Maquinaria de Pesaje y Alimentación, SL, la aprobación CE de modelo de una balanza electrónica colgante, modelo S.
Se trata de un instrumento de pesaje de funcionamiento no automático, graduado, de equilibrio automático, monorrango, monoescalón, con indicación digital de peso, precio unitario e importe, destinada a la venta directa al público. Las características metrológicos son:
Clase de precisión media. | (III) | ‒ | ||
Número de escalones de verificación, n ≤ nmax. | 3000 | |||
Max. | 6 | 15 | 30 | kg |
Min. | 40 | 100 | 200 | g |
e. | 2 | 5 | 10 | g |
T ≤. | -6 | -15 | -30 | kg |
Temperatura. | 0 a + 40 | ºC |
Esta aprobación CE de modelo tiene validez hasta el 6 de noviembre de 2013.
Próximo a finalizar el plazo de validez que se concede, la entidad o titular de la misma, si lo desea, solicitará de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, la oportuna prórroga de esta Aprobación CE de Modelo.
Las características principales, condiciones de aprobación y las eventuales condiciones especiales figuran en el certificado de aprobación CE de modelo número E-03.02.25 y en su anexo. El modelo queda completamente descrito en la documentación técnica presentada y que se encuentra depositada en nuestra Dirección con el número de referencia 41/03.
Ninguna propiedad de este instrumento, descrita o no, puede ser contraria a la legislación vigente.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, pueden interponer recurso de alzada ante el Honorable Consejero de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder hacer uso de cualquier otro recurso que consideren oportuno.
Barcelona, 6 de noviembre de 2003.‒El Director General, P. D. (Resolución de 7 de octubre de 1996, DOGC de 13 de noviembre de 1996), el Jefe de Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar i Guevara.
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