En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 215/2003,
de 21 de febrero (B.O.E. del 22), por el que se aprueba la Oferta
de Empleo Público para el año 2003, y con el fin de atender
las necesidades de personal de la Administración Pública, este
Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas
en el artículo 13 de la Ley 6/1997 de 14 de abril, de Organización
y Funcionamiento de la Administración General del Estado
("Boletín Oficial del Estado" de 15), previo informe favorable de la
Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar
pruebas selectivas para cubrir plazas de la categoría profesional de
Titulado Superior (Farmacéutico), grupo profesional 1, con
sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas Generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 15 plazas de
personal laboral fijo fuera de Convenio, de la categoría profesional
de Titulado Superior (Farmacéutico), grupo profesional 1, por el
sistema general de acceso libre.
Del total de estas plazas se reservará una para quienes tengan
la condición legal de personas con discapacidad con grado igual
o superior al 33 por 100.
Una vez cubierta la plaza del cupo de reserva para personas
con discapacidad, los aspirantes discapacitados que hayan
superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrán
optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general.
En el supuesto de que no se cubra esta plaza del cupo de
reserva de discapacitados, se acumulará a las plazas de acceso
general.
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de
oposición, con los ejercicios y valoraciones que se especifican
en el Anexo I.
1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas, es
el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.
1.4 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el
siguiente calendario:
El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a partir
del 15 de febrero de 2004. La duración máxima del proceso
selectivo será de 3 meses, contados a partir de la fecha de realización
del primer ejercicio.
1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen
el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación
final obtenida.
1.6 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo
hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos
exigidos, serán contratados con carácter fijo, hasta el máximo
de plazas convocadas.
No podrá formalizarse un número mayor de contratos que el
de plazas convocadas.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas
selectivas, los aspirantes deberán poseer en la fecha de finalización
del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el
momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes
requisitos de participación:
2.1.1 Nacionalidad: Ser español o nacional de alguno de los
demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún
Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados
por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación
la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar el cónyuge de los españoles, de
los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la
Unión Europea y de los nacionales de algún estado, al que en
que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la
Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de
derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores
de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
2.1.2 Capacidad legal: Tener capacidad para contratar la
prestación de su trabajo, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.
2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de
obtener el título de Licenciado en Farmacia y tener la especialidad
en Farmacia Hospitalaria.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
2.1.4 Capacidad funcional: No padecer enfermedad, ni estar
afectado por limitación física o psíquica, que sea incompatible
con el desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.5 Habilitación: No haber sido separado mediante
expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de
las funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española, deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
2.2 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva
para personas con discapacidad habrán de tener reconocida la
condición legal de discapacitado de grado igual o superior al 33
por 100.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas,
deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión
a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación
de derechos de examen (modelo 790, aprobado por Resolución
de 9 de enero de 2002, de la Secretaría de Estado para la
Administración Pública) que se facilitará gratuitamente en la Dirección
General de Instituciones Penitenciarias del Ministerio del Interior,
en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de
Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función
Pública, en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades
Autónomas, en las Subdelegaciones de Gobierno, en las
representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero y
en la página de Internet www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm.
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones
del Anexo IV.
3.2 La presentación de solicitudes ("ejemplar número 1",
"ejemplar para la Administración", del modelo de solicitud), se
hará en la oficina de registro de la Dirección General de
Instituciones Penitenciarias, Calle Alcalá 38-40, 28014, Madrid, o en
la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada
por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de veinte días
naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de
esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirán
a la Dirección General de Instituciones Penitenciarias. La no
presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la inadmisión
del aspirante.
3.3 A las solicitudes se acompañará fotocopia del Documento
Nacional de Identidad o del pasaporte.
Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán,
además, presentar una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente
comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o,
en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de
trabajador comunitario fronterizo en vigor.
Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o
de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores, que no residan
en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse
en España en régimen de estancia, deberán presentar una
fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte.
Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia
compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber
solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber
solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no
haberse solicitado estos documentos, deberán presentar los
documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten
el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del
español, del nacional de alguno de los demás Estados miembros
de la Unión Europea o del nacional de algún Estado, al que en
virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, con el que existe este vínculo, de que
no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del
hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que
pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de instancias, el
órgano convocante dictará orden en el plazo máximo de un mes
declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha
orden, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, se
relacionarán los aspirantes excluidos con indicación de las causas
de exclusión, apellidos, nombre y número de documento nacional
de identidad o pasaporte, señalando un plazo de diez días hábiles
a partir del día siguiente al de la publicación de la orden, para
subsanar, en su caso, las causas de exclusión u omisión. Asimismo
se indicarán los lugares en que se encuentra expuesta al público
la lista de aspirantes admitidos y el lugar, fecha y hora de comienzo
del primer ejercicio.
4.2 No procederá la devolución de los derechos de examen
en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como Anexo III a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará
en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley
4/99, de 13 de enero, y demás disposiciones vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo
28, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por Ley 4/99, de 13 de enero.
5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en la Subdirección General de Personal de
la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, calle Alcalá
38-40, planta segunda, 28014 Madrid, teléfono (91) 335 47 74.
5.5 El Tribunal que actúe en estas pruebas tendrá la categoría
primera de las recogidas en el Real Decreto 462/2002 de 24
de mayo (BOE del 30 de mayo).
6. Desarrollo del proceso selectivo
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "X", de conformidad con
lo establecido en Resolución de la Secretaría de Estado para la
Administración Pública de 10 de marzo de 2003, ("Boletín Oficial
del Estado" de 14 de marzo).
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan. El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento
del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los
aspirantes.
6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios
de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con
doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,
si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en
los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del
Tribunal señalada en la base 5.4.
6.4 Los Tribunales adoptarán las medidas necesarias para
garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean
escritos y no deban ser leídos ante este órgano de selección, sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
6.5 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el
Tribunal hará pública, en el lugar o lugares de celebración del
ejercicio y en la sede del Tribunal, las relaciones de aspirantes
que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos,
con indicación de la puntuación obtenida.
7. Superación del proceso selectivo
7.1 Finalizada la oposición, el Presidente del Tribunal elevará
al órgano convocante, la relación definitiva de aspirantes que
hayan obtenido, al menos, la puntuación mínima exigida para
la superación de la misma, por orden de puntuación. El Tribunal
publicará la citada relación en el lugar o lugares de celebración
del último ejercicio, así como en la sede del Tribunal señalada
en la base 5.4, disponiendo los primeros aspirantes de dicha
relación, hasta el número de plazas convocadas, de un plazo de veinte
días naturales, desde la publicación, para la presentación de la
documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la
convocatoria.
7.2 No se podrá formalizar mayor número de contratos que
el de plazas convocadas.
7.3 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que
superen la oposición se efectuará de acuerdo con la puntuación total
obtenida según la petición de destino, a la vista de los puestos
que se ofrezcan.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino
que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio
del poder público y en las funciones que tienen por objeto la
salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán
reservados a los aspirantes de nacionalidad española.
8. Formalización de los contratos
8.1 Finalizado el plazo de presentación de documentación
señalado en la base 7.1, el órgano competente procederá a la
formalización de los contratos hasta el límite de las plazas
convocadas dotadas presupuestariamente.
Hasta tanto se formalicen los contratos, los aspirantes no
tendrán derecho a percepción económica alguna.
9. Incorporación, curso de formación inicial y período de prueba
9.1 La incorporación al puesto de trabajo se efectuará tras
la intervención de los contratos, notificándose a los trabajadores,
con un plazo no inferior a quince días, la fecha de iniciación de
su actividad laboral.
En el caso de que alguno de los candidatos no presente la
documentación correspondiente en el plazo señalado en la base
7.1, no cumpla los requisitos exigidos, renuncie o no efectúe su
incorporación en la fecha señalada para ello salvo caso de fuerza
mayor, o no supere el período de prueba, el puesto se adjudicará
al siguiente candidato de la relación a que se refiere la base 7.1.
9.2 Curso de formación inicial. Los aspirantes que hayan
superado las pruebas selectivas realizarán un curso de formación
inicial de hasta un máximo de quince días de duración que no
tendrá carácter eliminatorio. Durante este período los
trabajadores, a todos los efectos (económicos y de alta en Seguridad Social),
serán considerados como en activo y percibirán sus retribuciones
por el Establecimiento Penitenciario elegido como primer destino;
todo ello sin perjuicio del período de prueba cuyas condiciones
y características se establecen en el siguiente apartado.
9.3 Período de prueba. Los aspirantes que hayan superado
el proceso selectivo se les expedirá el correspondiente contrato
de trabajo en el que se incluirá un período de prueba de tres
meses. Durante este período, tanto la Administración como el
trabajador podrán poner fin a la relación laboral, sin que ninguna
de las partes tenga por ello derecho a indemnización alguna.
Transcurrido este período, quedará automáticamente formalizada la
admisión siéndole computado al trabajador este período a todos
los efectos.
La realización del curso de formación inicial, en su caso,
suspenderá el cómputo del plazo del período de prueba.
9.4 Será nulo el pacto que establezca un período de prueba
cuando el trabajador haya desempeñado las mismas funciones
con anterioridad, bajo cualquier modalidad de contratación,
dentro del ámbito de la Administración General del Estado.
9.5 El personal que supere el período de prueba
satisfactoriamente adquirirá la condición de personal laboral fijo.
Norma final
A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la
Ley 30/1984, de 2 de agosto de Medidas para la Reforma de
la Función Pública y el Reglamento General de Ingreso del Personal
al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, demás legislación
vigente en la materia y lo dispuesto en esta convocatoria.
Contra la presente convocatoria podrá interponerse recurso
contencioso administrativo, en el plazo de dos meses desde el
día siguiente a su publicación, ante el órgano jurisdiccional
competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992,
de 26 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada
por Ley 4/99, de 13 de enero, y la Ley 29/98, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, o bien,
con carácter potestativo, recurso de reposición ante la autoridad
convocante, en el plazo de un mes a su publicación, significándose
que, en este caso, no se podrá interponer recurso contencioso
administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya
producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la citada Ley.
Madrid, 15 de diciembre de 2003.-P. D. (Orden
INT/2992/2002, de 21 de noviembre), El Director General de
Instituciones Penitenciarias, Ángel Yuste Castillejo.
ANEXO I
Proceso de selección y valoración
1. Proceso de selección
El proceso de selección constará de una fase de oposición que
comprenderá tres ejercicios, todos ellos eliminatorios.
2. Oposición
A) Ejercicios.-Los ejercicios de la oposición serán los
siguientes:
Primer ejercicio:
Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 100
preguntas sobre el contenido completo del Programa que se
contiene en el anexo II. La duración máxima de este ejercicio será
de setenta y cinco minutos.
Segundo ejercicio:
Consistirá en sacar a la suerte seis temas de la parte específica
del Programa, de los que el aspirante elegirá tres. Los temas
elegidos serán expuestos oralmente por el aspirante durante un
tiempo máximo de 60 minutos y mínimo de 45 minutos. Con carácter
previo a la citada exposición, el aspirante dispondrá de un período
de 15 minutos para preparar los temas que vaya a exponer, sin
poder utilizar para ello ningún tipo de textos ni documentación.
Durante el desarrollo del ejercicio o al final de la exposición,
el Tribunal Calificador podrá realizar preguntas a los aspirantes
que versen sobre los temas expuestos oralmente.
Cuando a juicio del Tribunal sea notoria o evidente la
insuficiencia o falta de adecuación a los temas, aquél podrá invitar
al opositor a que dé por finalizada la exposición oral de los mismos.
Tercer ejercicio:
De carácter práctico, consistirá en la elaboración durante un
tiempo máximo de dos horas, de un informe acorde con las
competencias atribuidas a la categoría profesional objeto de esta
convocatoria, en base a las cuestiones e informe documental que
les facilite el Tribunal.
Una vez concluido el ejercicio o llegada la hora de su
finalización cada opositor lo firmará e introducirá en un sobre que
será cerrado y firmado por el interesado y por un miembro del
Tribunal calificador. El ejercicio será leído en sesión pública y
en la fecha que se señale ante el Tribunal, pudiendo éste debatir
con el aspirante el contenido del ejercicio.
B) Valoración.
Los ejercicios se calificarán de la siguiente manera:
Primer ejercicio:
Se otorgará una calificación máxima de 10 puntos, siendo
necesario obtener un mínimo de 5 puntos para acceder al segundo
ejercicio.
Segundo ejercicio:
Se otorgará una calificación máxima de 20 puntos, siendo
necesario obtener un mínimo de 10 puntos para acceder al ejercicio
siguiente.
Tercer ejercicio:
Se otorgará una calificación máxima de 20 puntos, siendo
necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo.
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada
por la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de
los tres ejercicios.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el segundo
ejercicio y, caso de persistir el empate, en el tercer ejercicio y después
en el primero, de forma sucesiva y subsidiaria.
ANEXO II
Primera parte
Organización, Administración y Función Pública
1. La Constitución Española de 1.978: Características,
estructura y reforma. Los principios constitucionales, los derechos
fundamentales y las libertades públicas en España.
2. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión
y regencia. Las Cortes Generales: composición y funciones.
3. El Gobierno y las Administraciones. Relaciones entre el
Gobierno y las Cortes. La función parlamentaria de control del
gobierno.
4. Órganos Constitucionales de control de la Administración:
El Defensor del Pueblo. Competencias de esta Institución.
5. El Poder Judicial: actuaciones judiciales. El Consejo
General del Poder Judicial: Organización y competencias.
6. Organización Central de la Administración del Estado: El
Consejo de Ministros. Comisiones Delegadas del Gobierno.
Presidente y Vicepresidente. Ministros, Secretarios de Estado,
Subsecretarios, Secretarios Generales y Directores Generales.
7. Organización Periférica de la Administración del Estado:
Delegados del Gobierno: naturaleza, estatuto personal y
atribuciones. Otros órganos periféricos.
8. Instituciones Comunitarias: El Parlamento Europeo. El
Consejo, La comisión, el Tribunal de Justicia. Fuentes del Derecho
comunitario: Los Reglamentos, las Directivas, otros actos
comunitarios.
9. Personal al servicio de la Administración Pública:
Funcionarios de Carrera. Funcionarios de empleo. Personal laboral:
Régimen general. Derechos y Deberes de los Empleados Públicos.
10. El Convenio Único para el personal laboral de la
Administración del Estado. Ámbito de aplicación y vigencia. La CIVEA,
Comisiones y Subcomisiones de la CIVEA y Subcomisiones
Departamentales.
11. El sistema de clasificación profesional del personal
laboral. Acuerdo de clasificación de 6 de junio de 2000. Categorías
profesionales en la Administración Penitenciaria.
12. Régimen retributivo del personal laboral: Retribuciones
básicas y complementarias. Indemnizaciones. Régimen de
incompatibilidades.
13. Régimen disciplinario del Personal Laboral. Faltas y
sanciones. Procedimiento sancionador.
14. La Seguridad Social del Personal Laboral.
15. Estructura y organización del Ministerio del Interior. La
Dirección General de Instituciones Penitenciarias: Organización
y competencias. El Organismo Autónomo Trabajo y Prestaciones
Penitenciarias: Estructura y competencias.
16. Ley 6/1996, de 15 de enero, del Voluntariado. Objeto.
Ámbito de aplicación. Concepto de voluntariado: Derechos y
Deberes. Relaciones entre los voluntarios y las organizaciones en las
que se integran. Medidas de fomento del voluntariado.
Derecho Penitenciario
17. La regulación supranacional en materia penitenciaria.
Convenios, tratados, pactos. Declaraciones y Recomendaciones.
Especial referencia a los acuerdos sobre traslados de personas
condenadas. Organismos de vigilancia y control. Especial
consideración de la labor de las Naciones Unidas y del Consejo de
Europa.
18. La normativa Penitenciaria vigente: La Ley Orgánica
General Penitenciaria. Reglamento Penitenciario. Fines y
principios de la actividad penitenciaria.
19. Derechos de los internos: Clases y límites. Sistema de
protección y régimen de garantías. Protección de los datos de
carácter personal de los ficheros penitenciarios. Deberes de los
internos.
20. Los establecimientos penitenciarios. Concepto y tipos.
Dependencias y servicios. El establecimiento polivalente. El
principio celular. Habitabilidad. El ingreso en un establecimiento
penitenciario: sus formas. Ingreso de internas con hijos menores.
Trámites del ingreso. Supuestos de incomunicación. Modelos de
intervención y programas de tratamiento.
21. Conducciones y traslados: Competencias para ordenarlas
y realizarlas. Cumplimentación de las órdenes de autoridades
judiciales y gubernativas. Desplazamientos a hospitales no
penitenciarios. Medios y formas de la conducción. Tránsitos e incidencias.
22. Comunicaciones y visitas: Reglas generales.
Comunicaciones orales. Comunicaciones íntimas, familiares y de
convivencia. Comunicaciones escritas. Comunicaciones telefónicas.
Comunicaciones con Abogados, Procuradores y otras autoridades y
profesionales. Recepción de paquetes y encargos.
23. Información, quejas y recursos. Plazos de resolución y
valor de silencio administrativo. Participación y colaboración de
las organizaciones no gubernamentales. Seguridad en los
establecimientos penitenciarios: Medidas y principios generales. Los
medios coercitivos.
24. Régimen penitenciario: concepto, fines y tipos. Régimen
ordinario, de preventivos, abierto y cerrado.
25. Separación interior. La clasificación de los penados. La
central de observación.
26. Tratamiento Penitenciario: Concepto, fines y límites.
Principios inspiradores. Elementos del tratamiento. Ejecución del
tratamiento. La participación de los internos. El programa de
tratamiento.
27. El trabajo penitenciario: Concepto y caracteres. El deber
de trabajar. La relación laboral especial penitenciaria. Trabajos
ocupacionales no productivos.
28. Los permisos de salida. Formas especiales de ejecución:
centros de inserción social. Unidades dependientes.
Establecimientos o departamentos mixtos. Departamento para jóvenes.
29. Unidades de madres. Unidades extrapenitenciarias.
Establecimientos o unidades psiquiátricas penitenciarias. Arrestos de
fin de semana y régimen de cumplimiento.
30. Asistencia sanitaria. Higiene y alimentación. La acción
social penitenciaria. Asistencia religiosa.
31. Régimen disciplinario. Procedimiento disciplinario.
Ejecución y cumplimiento de las sanciones.
32. Las recompensas. Beneficios penitenciarios. Libertad
condicional. Libertades condicionales especiales.
33. Libertad y excarcelación. De la libertad de detenidos y
presos. Excarcelación de los detenidos. Libertad de los penados.
34. El juez de Vigilancia Penitenciaria: funciones.
35. Órganos Colegiados: enumeración. Régimen Jurídico. El
Consejo de Dirección. La comisión disciplinaria.
36. La Junta de Tratamiento. La Junta
Económico-Administrativa. Los Equipos Técnicos.
37. Órganos Unipersonales: el Director, los Subdirectores,
el Administrador, los Jefes de Servicios. Los distintos Cuerpos
de Instituciones Penitenciarias. El Cuerpo Facultativo de Sanidad
Penitenciaria: funciones. El Cuerpo de ATS: funciones.
38. El régimen económico y administrativo de los Centros
Penitenciarios.
Segunda parte
Temario de la especialidad
1. Depósitos de medicamentos. Depósitos de medicamentos
en Instituciones Penitenciarias. Normativa general reguladora a
nivel general y en las distintas Comunidades autónomas.
Problemática de su legalización en Instituciones Penitenciarias.
2. Servicios de farmacia en un centro penitenciario: Situación
actual. Normativa reguladora en las distintas Comunidades
autónomas. Funciones y objetivos
3. Planificación y organización estructural de un servicio de
farmacia en un centro penitenciario: Requerimientos mínimos
exigibles. Localización. Distribución de las áreas de trabajo.
4. Caducidad de especialidades farmacéuticas. Normativa y
control.
5. La especialidad farmacéutica: Material de
acondicionamiento y denominación. Clases de especialidades farmacéuticas.
6. Consideraciones teóricos- prácticas de la gestión de stocks.
Clasificación ABC de las existencias. Gestión de las adquisiciones.
Indicadores económicos de la gestión de adquisiciones y de
existencias del servicio de farmacia.
7. Desarrollo de un programa informático de gestión de stocks
en un servicio de farmacia de un centro penitenciario.
8. Fuentes de adquisición de medicamentos en un servicio
de farmacia de un centro penitenciario. Seguimiento y control
a nivel central.
9. Productos sanitarios. Legislación vigente en España.
10. Productos sanitarios. Elaboración de una Guía de
productos sanitarios de utilización habitual en un centro penitenciario.
11. Elaboración de la Memoria anual de un servicio de
farmacia de un centro penitenciario.
12. Dispensación en dosis unitarias: Desarrollo histórico,
justificación y objetivos. Implantación de un sistema de dosis
unitarias.
13. Dispensación por stocks en módulos. Organización,
implantación, circuito de funcionamiento y seguimiento y control.
14. Dispensación de medicamentos de especial control:
Medicamentos estupefacientes y psicótropos. Normativa legal.
15. Dispensación de medicamentos de especial control:
Medicamentos extranjeros, medicamentos de uso compasivo y
medicamentos de especial control médico.
16. Organización y funcionamiento del área de farmacotecnia
en un servicio de farmacia de un centro penitenciario. Adaptación
al Real Decreto 175/2001 por el que se aprueban las normas
de correcta elaboración y control de calidad de las fórmulas
magistrales y preparados oficinales.
17. Normas de conservación de medicamentos termolábiles
y fotosensibles.
18. Vías de administración de medicamentos.
19. Clasificación anatómica, terapéutica y química (ATC) de
las Especialidades farmacéuticas. Dosis diarias definidas (DDDs).
20. Selección de medicamentos: Factores que influyen en la
toma de decisiones. Métodos de selección de medicamentos.
Parámetros a valorar.
21. Comisión de Farmacia y Terapéutica: Objetivos,
composición, funciones. Papel en la selección de medicamentos.
22. Guía Farmacoterapéutica: Características y contenido.
Criterios de inclusión y exclusión de medicamentos. Adaptación
de la Guía farmacoterapéutica al medio penitenciario.
23. Guía Farmacoterapéutica: Distintos métodos para
verificación de su cumplimiento. Proceso de actualización.
24. Protocolos terapéuticos: Objetivo, elaboración y
evaluación.
25. Programas de intercambio terapéutico. Su utilidad en el
uso racional de medicamentos.
26. Centro de información de medicamentos: Estructura,
objetivos, funciones y metodología de trabajo. Evaluación de la
garantía de calidad de la información.
27. Información de medicamentos. Fuentes tradicionales de
información. Nuevas tecnologías de información de medicamentos.
Valoración de la calidad científica de la información.
28. Información de medicamentos al paciente. Educación
sanitaria. Objetivos de la educación sanitaria respecto al
medicamento. Papel del farmacéutico en la educación. Estrategias y
métodos educativos.
29. Estudios de utilización de medicamentos. Conceptos y
aspectos metodológicos básicos. Sistemas de clasificación de
medicamentos.
30. Estudios de utilización de medicamentos: Estudios
cuantitativos: unidades de medida. Estudios cualitativos: programas
de mejora continua. Su utilidad como instrumento de
racionalización terapéutica.
31. Interacciones medicamentosas. Mecanismos de
producción. Control de las interacciones medicamentosas mediante el
sistema de dispensación en unidosis.
32. Adherencia terapéutica. Estrategias para su mejora.
33. Farmacovigilancia. Sistema Español de
Farmacovigilancia. Papel de la Administración sanitaria. Evolución y situación
actual. Aspectos legales.
34. Farmacovigilancia. Sistemas de notificación voluntaria y
métodos de vigilancia intensiva. Imputabilidad de los efectos
adversos. Potenciación de la Farmacovigilancia a través de un servicio
de farmacia.
35. Seguridad en la utilización de fármacos. Errores de
medicación. Tipos de errores. Causas y prevención de los mismos en
un servicio de farmacia.
36. Ensayos clínicos: Características y clasificación. Aspectos
legales, éticos y metodológicos .
37. Ensayos clínicos: Documentación técnica del ensayo
clínico. Descripción del proceso del ensayo clínico. Papel del servicio
de farmacia.
38. Farmacoeconomía: Tipos de estudios para la evaluación
económica. Limitaciones de las evaluaciones económicas.
Aplicación en un servicio de farmacia.
39. Uso racional del medicamento. Actividades de un servicio
de farmacia que contribuyen al uso racional del medicamento.
40. Ética clínica. Problemas éticos en la práctica clínica del
farmacéutico: Definición y clasificación de problemas éticos en
la farmacoterapia.
41. Intoxicaciones: Clasificación. Circuito de la información
toxicológica. Tratamiento de las intoxicaciones según la vía de
entrada del tóxico.
42. Terapéutica nutricional: Parámetros objetivos de
valoración del estado nutricional en adultos. Requerimientos de fluidos,
macronutrientes y micronutrientes.
43. Nutrición enteral en el adulto. Indicaciones y
contraindicaciones. Tipos de dietas. Parámetros a analizar para escoger
una fórmula comercial. Monitorización y seguimiento del paciente.
44. Desinfección y esterilización: Medios, métodos y técnicas.
Normas para la desinfección y esterilización. Antisépticos y
desinfectantes recomendados.
45. Saneamiento medioambiental. Desinsectación y
desratización. Medios, métodos y técnicas.
46. Inmunización activa y pasiva. Indicaciones,
contraindicaciones y reacciones adversas. Programas de vacunación en
centros penitenciarios.
47. La infección VIH en Instituciones Penitenciarias:
Antecedentes, evolución y situación actual.
48. Programa de prevención y control de la infección por VIH
en el medio penitenciario: Mecanismos de transmisión y
estrategias de prevención de la transmisión por vía parenteral y por
vía sexual.
49. Tratamiento del infección por VIH. Fármacos
antirretrovirales: Objetivos del tratamiento.
50. Estrategias y control de la eficacia de los tratamientos
de la infección por VIH: resistencias, efectos adversos e
interacciones más frecuentes.
51. Infección por VIH: Enfermedades oportunistas víricas y
fúngicas más frecuentes. Prevención y tratamiento.
52. Infección por VIH: Enfermedades oportunistas por
protozoos y bacterias más frecuentes. Prevención y tratamiento.
53. Infección por VIH: Infecciones por micobacterias.
Prevención y tratamiento.
54. Adherencia al tratamiento de la infección por VIH:
Factores que influyen en la adherencia. Estrategias para mejorar la
adherencia. Educación sanitaria y formación de mediadores.
55. Nutrición y trastornos metabólicos en el paciente VIH.
56. Situación actual de la tuberculosis en Instituciones
Penitenciarias. Objetivos del Programa de Prevención y control de
la Tuberculosis. Educación sanitaria en la prevención.
57. Tuberculosis. Diagnóstico de la infección tuberculosa.
Screening con PPD. Tratamiento de la infección tuberculosa
latente/quimioprofilaxis.
58. Tuberculosis: Diagnóstico, clínica y tratamiento de la
enfermedad tuberculosa. Excarcelación y conducciones.
59. Situación actual de las hepatitis víricas en Instituciones
Penitenciarias. Protocolos de actuación.
60. Hepatitis C. Situación actual en el medio penitenciario.
Diagnóstico, clínica y tratamientos actuales.
61. Manejo de pacientes en tratamiento con metadona en
los centros penitenciarios. Marco legal Objetivos. Criterios de
inclusión y exclusión. Consentimiento informado. Eficacia y
seguridad de los Programas de mantenimiento con metadona.
62. Metadona en la desintoxicación y deshabituación de
opiáceo-dependientes: Aspectos farmacológicos, interacciones y
efectos adversos más frecuentes.
63. Utilización de medicamentos en el embarazo y lactancia.
64. Utilización de medicamentos en la insuficiencia renal y
hepática.
65. Sarna y sarna noruega: Diagnóstico, prevención y
tratamientos actuales.
66. Pediculosis: Diagnóstico, prevención y tratamientos
actuales.
67. Antiulcerosos. Criterios de utilización en la enfermedad
ulcerosa gastroduodenal.
68. Antiácidos: Reacciones adversas. Descripción de las
interacciones más significativas.
69. Hipolipemiantes: Farmacología e indicaciones
terapéuticas. Criterios de utilización.
70. Inhibidores de la enzima angiotensina convertasa:
Farmacología e indicaciones terapéuticas.
71. Terapia dermatológica: Antibióticos, antivirales y
antifúngicos por vía tópica. Farmacología y criterios de utilización.
72. Fluorquinolonas.: Farmacología e indicaciones
terapéuticas. Criterios de utilización.
73. Antifúngicos vía sistémica : Farmacología e indicaciones
terapéuticas.
74. Antivirales activos frente a Herpes virus y
citomegalovirus: Farmacología e indicaciones terapéuticas.
75. Antinflamatorios no esteroideos. Clasificación ,
indicaciones terapéuticas y criterios de selección.
76. Benzodiazepinas: Criterios de utilización como hipnóticos
y ansiolíticos
77. Neurolépticos : Farmacología e indicaciones terapéuticas.
Criterios de utilización.
78. Antidepresivos: Farmacología e indicaciones
terapéuticas. Criterios de utilización.
79. Antihistamínicos H1 de segunda generación:
Farmacología e indicaciones terapéuticas.
ANEXO III
Tribunal calificador
Titular:
Presidente: Don Julián Sanz Sanz, del Cuerpo Facultativo de
Sanidad Penitenciaria.
Vocales: D.a M.a Soledad Díaz-Maroto Muñoz, Farmacéutica
Hospitalaria. Técnico Superior Farmacéutico.
D.a Carmen Ruano García, Farmacéutica Hospitalaria.
D.a Belén Escribano Romero, Farmacéutica Hospitalaria.
D. Andrés Pastor Sánchez, del Cuerpo Facultativo de Sanidad
Penitenciaria
D.a M.a Luisa Alonso Calonge, del Cuerpo Técnico de
Instituciones Penitenciarias.
D.a Cristina Íñigo Barrio, del Cuerpo Facultativo de Sanidad
Penitenciaria.
Secretaria: Dña. Carmen Archanco López-Pelegrín, del Cuerpo
Facultativo de Sanidad Penitenciaria.
Suplente:
Presidente: Dña. Clara Gayo Baruque, del Cuerpo Facultativo
de Sanidad Penitenciaria.
Vocales: D.a M.a Norberta Sánchez Fresneda, Farmacéutica
Hospitalaria.
D.a M.a Isabel Espinosa García, Farmacéutica Hospitalaria.
D.a María Sanjurjo Sáez, Farmacéutica Hospitalaria.
D. Antonio José Ayllón Antroito, Grupo profesional 1.
D. Alberto Esteban Vicente, del Cuerpo Facultativo de Sanidad
Penitenciaria.
Secretaria: Dña. Carmen Martínez Aznar, del Cuerpo
Facultativo de Sanidad Penitenciaria.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
(Solicitudes: Base tercera)
En la tramitación de sus solicitudes, los aspirantes tendrán
en cuenta que constan de tres ejemplares: Ejemplar para la
Administración, ejemplar para el interesado y ejemplar para la entidad
colaboradora. El ejemplar para la Administración, debidamente
cumplimentado, se dirigirá al Director General de Instituciones
Penitenciarias y se le adjuntará cosida una fotocopia del
documento de identidad.
En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro
correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: "Interior". En
el recuadro relativo a centro gestor se hará constar "Dirección
General de Instituciones Penitenciarias". En el recuadro relativo
a la tasa de derechos de examen, en el recuadro destinado a código,
se hará constar 001.
En el recuadro número 15 se señalará: "Farmacéutico
Hospitalario".
En el recuadro número 17 relativo a la forma de acceso se
consignará la letra L: Acceso por el sistema general de acceso
libre.
En el recuadro número 19 se especificará la fecha del "Boletín
Oficial del Estado" en el que se haya publicado la presente
convocatoria.
En el recuadro número 20 se hará constar la provincia de
examen, que se celebrará en Madrid capital.
En el recuadro número 21, se indicará el porcentaje del grado
de minusvalía, según el dictamen del órgano competente.
En el número 22, los aspirantes que soliciten participar por
el turno de reserva para discapacitados, lo indicarán con una cruz
en el recuadro.
En el número 23, los aspirantes con minusvalías indicarán las
posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de
los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro número 24 se hará constar la titulación que
se posee para participar en estas pruebas, en virtud de lo señalado
por la base 2.1.3 de esta convocatoria.
Para cumplimentar el impreso, escriba solamente a máquina
o con bolígrafo, utilizando mayúsculas de tipo de imprenta;
asegúrese de que los datos resultan claramente legibles en todos
los ejemplares, evite doblar el papel y realizar correcciones,
enmiendas o tachaduras; no escriba en los espacios sombreados
o reservados y no olvide firmar el impreso.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 25,01
euros.
El importe de la tasa por derechos de examen se consignará
en el recuadro destinado al mismo en el modelo de solicitud. El
ingreso de dicho importe se efectuará, junto con la presentación
de la solicitud en cualquier Banco, Caja de Ahorros o Cooperativa
de Crédito, de las que actúan como entidades colaboradoras en
la recaudación tributaria.
En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante la
validación por la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso,
a través de certificación mecánica o en su defecto sello y firma
autorizada de la misma en el espacio destinado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en
el plazo expresado en la base 3.1, a través de las representaciones
diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las
mismas, se acompañará el comprobante bancario de haber
ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente
n.o 1302/0100/0000/23556557, abierta en el Grupo
Argentaria, Banco Bilbao Vizcaya, con el título de "Tesoro Público.
Ministerio del Interior. Cuenta restringida para la recaudación de tasas
en el extranjero. Dirección General de Instituciones Penitenciarias.
Tasa 001. Derechos de examen. El ingreso podrá efectuarse
directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria,
mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.
Estarán exentos del pago de la tasa:
A) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por
100, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo
de tal condición.
B) Los aspirantes que figuren como demandantes de empleo
durante el plazo al menos de un mes anterior a la fecha de
publicación de esta convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de
la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado
oferta de empleo adecuado ni se hubieses negado a participar,
salvo causa justificada, en acciones de formación, promoción o
reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas
superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo
interprofesional.
La certificación de la condición relativa a demandante de
empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la
correspondiente oficina de los Servicios Públicos de empleo. En cuanto
a la acreditación de la renta, se realizará mediante una declaración
jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos se
deberán acompañar a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que
se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma de la solicitud.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid