Por Resolución de fecha 22 de octubre de 2002 de esta Dirección General, se concedió la autorización administrativa previa para la constitución de Prosperity Dos Mil, Fondo de Pensiones, promovido por «Prosperity Sociedad Anónima de Seguros de Vida y Pensiones», al amparo de lo previsto en el artículo 11.3 de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobada por el Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» de 13 de diciembre).
Concurriendo «Prosperity Sociedad Anónima de Seguros de Vida y Pensiones» (G0157) como Gestora y Banco CDC Urquijo (D0161), como Depositaria, se constituyó el 18 de noviembre de 2002 el citado fondo de pensiones, constando debidamente inscrito en el Registro Mercantil de Barcelona.
La entidad promotora, arriba indicada, ha solicitado la inscripción del fondo en el Registro Especial de este centro directivo, aportando la documentación establecida al efecto en el artículo 3.1 de la Orden de 7 de noviembre de 1988 («Boletín Oficial del Estado» del 10).
Considerando cumplimentados los requisitos establecidos en la citada Ley y normas que la desarrollan, esta Dirección General acuerda:
Proceder a la inscripción de Prosperity Dos Mil, Fondo de Pensiones en el Registro de Fondos de Pensiones establecido en el artículo 46.1, a) del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones de 30 de septiembre de 1988 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de noviembre).
Madrid, 15 de enero de 2003.–El Director general, José Carlos García de Quevedo Ruiz.
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