Está Vd. en

Documento BOE-A-2003-2667

Decreto 1/2003, de 7 de enero, por el que se constituye en Entidad de ámbito territorial inferior al municipio el núcleo de Gualda, perteneciente al municipio de Cifuentes (Guadalajara).

Publicado en:
«BOE» núm. 34, de 8 de febrero de 2003, páginas 5203 a 5203 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Referencia:
BOE-A-2003-2667

TEXTO ORIGINAL

Los vecinos del núcleo de Gualda, perteneciente al municipio de Cifuentes (Guadalajara), en una proporción superior a los dos tercios, inician expediente de constitución del núcleo en «Entidad de ámbito territorial inferior al municipio», alegando la necesidad de llevar a cabo una gestión descentralizada de los intereses que le son propios y justificando la concurrencia de recursos suficientes para ello.

La legislación básica del Estado y el bloque de la constitucionalidad otorgan competencias a la Comunidad Autónoma para instruir o crear entidades de ámbito territorial inferior al municipio, reconociendo el derecho de una parte de los vecinos, como es el vecindario de Gualda, a estar dotados de una organización y personalidad jurídica propias.

La Ley 3/1991, de 14 de marzo, de Entidades Locales de Castilla-La Mancha, en su artículo 30 establece la regla de que, para la delimitación del territorio de las entidades de ámbito territorial inferior al municipio, cuando se trate de un antiguo municipio, su ámbito territorial vendrá determinado por el que aquel tuviese.

El núcleo de Gualda fue municipio independiente hasta 1974, año en que se fusionó con Cifuentes, por insuficiencia de recursos económicos.

El Ayuntamiento de Cifuentes, en su informe institucional, favorable a la constitución de la Entidad, considera viable la misma, a cuyo objeto le cede el 100 por 100 de los impuestos que se devenguen en su ámbito territorial.

Se ha tramitado el expediente, en que consta la separación patrimonial, así como la delimitación territorial, coincidente con el término municipal del antiguo municipio de Gualda.

Consta la petición de informes de la Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha y excelentísima Diputación Provincial de Cuenca, habiéndose emitido los respectivos informes en sentido favorable.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 de la Ley 3/1991, de 14 de marzo, de Entidades Locales de Castilla-La Mancha, en corcondancia con el artículo 45 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículos 42 y 43 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, a propuesta de la Consejera de Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 7 de enero de 2003, dispongo:

Artículo 1.

Se constituye en Entidad de ámbito territorial inferior al municipio el núcleo de Gualda, perteneciente al municipio de Cifuentes (Guadalajara).

Artículo 2.

El ámbito territorial de la Entidad de Gualda será el término municipal del antiguo municipio de la misma denominación.

Artículo 3.

Se aprueba la separación patrimonial reseñada en el expediente, quedando integrado el patrimonio de la Entidad de Gualda por los bienes que se señalan en el anexo.

Artículo 4.

La participación en los impuestos del Ayuntamiento de Cifuentes se establece en el 100 por 100 de los que se devenguen en el ámbito territorial de la Entidad, a propuesta del propio Ayuntamiento.

Artículo 5.

La proporción en que debe contribuir la Entidad al pago de las cargas generales del Ayuntamiento se establece en el 4 por 100.

Artículo 6.

Se faculta a la Consejera de Administraciones Públicas para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.

Disposición final.

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Dado en Toledo a 7 de enero de 2003.–El Presidente, José Bono Martínez.–La Consejera de Administraciones Públicas, María del Carmen Valmorisco Martín.

(Publicado en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha» número 3, de 10 de enero de 2003)

ANEXO
Relación de bienes del municipio de Cifuentes que integran el Patrimonio de Gualda

GRUPO I. BIENES INMUEBLES

Edificio de dos plantas destinado a Casa Consistorial, Centro Médico y otros usos.

Solar antigua fragua de unos 40 metros cuadrados.

Solar «La Romanilla», de unos 70 metros cuadrados.

Lavadero municipal.

Lavadero abrevadero municipal.

Frontón de pelota.

Depósito viejo del agua potable.

Depósito nuevo del agua potable.

Plazas y calles.

GRUPO II. BIENES MUEBLES

Vehículo protección civil («PENGUA»).

4 mesas de madera.

20 sillas de madera.

4 radiadores eléctricos.

3 mesas de madera.

6 sillas metálicas.

2 camillas de curas.

1 vitrina de cristales.

1 armario archivador.

2 radiadores eléctricos.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid