Advertida errata en la inserción de la Orden APA/69/2003, de 9 de enero, por la que se definen el ámbito de aplicación, las condiciones técnicas mínimas de aseguramiento, precios y fechas de suscripción en relación con el seguro de acuicultura marina para las producciones de dorada, lubina y rodaballo, comprendido en el plan anual de seguros agrarios combinados para el ejercicio 2003, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 21, de fecha 24 de enero de 2003, a continuación se transcribe la oportuna rectificación:
En la página 3249, anejo I, donde dice: «En naves y canales (para dorada y lubina). Con oxigenadores 3.», debe decir: «En naves y canales (para dorada y lubina). Con oxigenadores 5.».
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