Por Orden de 5 de diciembre de 2002 ("Boletín Oficial del
Estado" del 27) de este Departamento, se convocó concurso
específico 4/02, para la provisión de puestos de trabajo del Ministerio
de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Cumplidas las normas reglamentarias y las bases de la
convocatoria y a los efectos previstos en las bases duodécima y
decimotercera de la convocatoria, este Ministerio, en uso de las
atribuciones que le confiere la legislación vigente y vista la propuesta
de la Comisión de Valoración encargada de la valoración de los
méritos, acuerda resolver el mencionado concurso:
Primero.-Se hacen públicos los destinos definitivos que han
sido adjudicados, así como los puestos declarados desiertos, según
se indica en el anexo de la presente Orden.
Segundo.-Los destinos adjudicados tienen la consideración de
voluntarios y son irrenunciables, de acuerdo con lo previsto en
la base undécima, puntos 2 y 3.
Tercero.-El cómputo del plazo para el cese no se iniciará
mientras no finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan
sido concedidos a los interesados y que deberán comunicarse por
escrito a la Subdirección General de Recursos Humanos y Gestión
de Personal de este Ministerio, paseo Infanta Isabel, 1, 28014
Madrid.
Cuarto.-El plazo máximo para la toma de posesión en el nuevo
puesto de trabajo será de tres días hábiles, si no implica cambio
de residencia del funcionario, o de un mes, si comporta cambio
de residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir
del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los
tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del
concurso en el "Boletín Oficial del Estado". Si la resolución
comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión
deberá computarse desde dicha publicación.
Quinto.-Los ceses y tomas de posesión serán formalizados
por las autoridades correspondientes, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 11 del Real Decreto 2169/1984, de 28 de
noviembre.
Sexto.-Contra el presente acto, que pone fin a la vía
administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en
el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su
notificación, ante el Juzgado Central de lo
Contencioso-Administra
tivo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, o bien, con carácter potestativo recurso
de reposición ante este órgano en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente a su publicación, significándose que en este
caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo
hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta del mismo, de conformidad con lo dispuesto
en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992.
Madrid, 13 de febrero de 2003.-El Ministro, P. D. (Orden de
26 de abril de 2001 "Boletín Oficial del Estado" de 5 de mayo),
el Subsecretario, Manuel Esteban Pacheco Manchado.
Ilma. Sra. Subdirectora general de Recursos Humanos y Gestión
de Personal. Departamento.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid