Contido non dispoñible en galego
Por Orden del Ministerio de Justicia de 20 de noviembre
de 2002 ("Boletín Oficial del Estado" de 5 de diciembre), se
convocó concurso para la provisión de puestos de trabajo vacantes
en el Departamento (Abogacía General del Estado-Dirección del
Servicio Jurídico del Estado).
Finalizado el plazo de presentación de instancias, tenidos en
cuenta los preceptos reglamentarios y valorados los méritos
alegados por los concursantes por la Comisión de Valoración a la
que hace referencia la base sexta de la citada Orden, este Ministerio
acuerda resolver la adjudicación de los puestos de trabajo
contenidos en los anexos de dicha Orden.
El plazo de toma de posesión del nuevo destino será de tres
días hábiles, si no implica cambio de residencia del funcionario,
o de un mes, si comporta cambio de residencia o el reingreso
al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar, a partir
del día siguiente al del cese, el cuál deberá efectuarse dentro de
los tres días hábiles siguientes al de la publicación de esta Orden,
así como el cambio de situación administrativa que, en su caso,
corresponda. Si la adjudicación del puesto comporta el reingreso
al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse
desde dicha publicación.
El cómputo de los plazos posesorios y de ceses, se iniciarán
cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, se estén
disfrutando.
Contra la presente Orden y los actos derivados de la misma
que ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer, con carácter
potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes, a partir
de su notificación ante el órgano que dictó la Orden, en los
términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999,
de 13 de enero de 1999, o directamente recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados Centrales
de lo Contencioso-Administrativo, con arreglo a lo dispuesto en
el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 14 de febrero de 2003.
MICHAVILA NÚÑEZ
ANEXOS (ver imágenes páginas 8825 a 8828).
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