Visto el expediente de indulto de don Rafael Martínez Peinado, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 5 de Alicante, en sentencia de fecha 19 de febrero de 1998, como autor de un delito continuado de robo con fuerza, a la pena de dos años y un día de prisión, con las accesorias de legales, por hechos cometidos en el año 1997, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de diciembre de 2002,
Vengo en conmutar a don Rafael Martínez Peinado, la pena privativa de libertad impuesta, por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 20 de diciembre de 2002.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ
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