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Documento BOE-A-2003-4896

Resolución de 6 de febrero de 2003, de la Universidad de Almería, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala Auxiliar Administrativa.

Publicado en:
«BOE» núm. 59, de 10 de marzo de 2003, páginas 9399 a 9402 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2003-4896

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 276/1998, de 22

de diciembre ("Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" de 19

de enero de 1999), por el que se aprueban los Estatutos de la

Universidad de Almería, y con el fin de atender las necesidades

de personal de administración y servicios,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de

diciembre, de Universidades, en relación con el artículo 2.e) de

la misma norma, y en el artículo 49 del Decreto 276/1998, de 22

de diciembre citado, ha resuelto convocar pruebas selectivas para

el ingreso en la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad

de Almería, con sujeción a las siguientes bases de convocatoria.

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir dos plazas

de la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Almería,

mediante el sistema general de acceso libre.

1.2 Del total de las plazas se reservará un 3 por 100 para

ser cubiertas por personas con minusvalía con grado de

discapacidad igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la

disposición adicional decimonovena de la Ley 23/1988, de 28 de

julio, de modificación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de

Medidas para la Reforma de la Función Pública. En el supuesto

de no ser éstas cubiertas se acumularán a las restantes plazas

convocadas.

1.3 La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a

lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas

para la Reforma de la Función Pública, modificada por la

Ley 23/1988, de 28 de julio; en el Real Decreto 364/1995, de 10

de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso

del Personal al servicio de la Administración General del Estado

y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional

de los Funcionarios Civiles de la Administración General del

Estado; Ley del Parlamento de Andalucía 3/1993, de 1 de julio, de

creación de la Universidad de Almería; el Decreto 2/1995, de

10 de enero, por el que se aprueba la Normativa

Provisional de la Actividad de la Universidad de Almería, y a las normas

de esta Resolución.

1.4 El procedimiento de selección de aspirantes constará de

las siguientes fases: Fase de concurso y fase de oposición, con

las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se

especifican en el anexo I.

1.5 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.6 El ejercicio se iniciará a partir del 1 de abril de 2003.

La fecha, hora y lugar del mismo se fijará en la Resolución del

Rectorado en que se aprueben las listas de admitidos y excluidos.

1.7 Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo,

a la fecha en que de comienzo el primer ejercicio de la fase de

oposición, se hará pública la lista de los aspirantes con la

puntuación obtenida en la fase de concurso. Dichas listas deberán

ponerse de manifiesto, en todo caso, en el local donde se vaya

a celebrar el primer ejercicio de la fase de oposición y en el tablón

de anuncios del Servicio de Gestión de Personal de la Universidad

de Almería.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de uno de los

Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de aquellos

Estados a los que en virtud de los tratados internacionales,

celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de

aplicación la libre circulación de los trabajadores en los términos

en que ésta se halle definida en el Tratado constitutivo de la

Comunidad Europea. También podrá participar el cónyuge,

descendientes o descendientes del cónyuge, de los españoles y de los

nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre

que no estén separados de derecho, menores de veintiún años

o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares

de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los tratados

internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados

por España.

b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido

la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar,

Formación Profesional de primer grado o equivalente, o en condiciones

de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación

de solicitudes.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes

funciones.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación

de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de

posesión como funcionarios de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada

gratui

tamente por las Subdelegaciones del Gobierno de cada provincia

y en las Comunidades Autónomas, así como en el Servicio de

Gestión de Personal de esta Universidad de Almería. A la instancia

se acompañarán una fotocopia simple del documento nacional

de identidad, pasaporte u otro documento de identificación

suficiente. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española

y tengan derecho a participar, deberán presentar dos fotocopias

del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los

documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho

de vivir a expensas o estar a cargo de nacional de otro Estado

con el que tenga dicho vínculo. Así mismo, deberán presentar

declaración jurada o promesa de éste de que no está separado

de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el

aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

3.2 Los nacionales de los demás Estados miembros de la

Unión Europea, o de aquellos Estados a los que en virtud de los

tratados internacionales, celebrados por la Unión Europea y

ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los

trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en

Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, habrán de acreditar

mediante documento suficiente, debidamente traducido al

castellano, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal

que impida en su Estado el acceso a la función pública.

3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la

solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro 5 de la misma.

Asimismo deberán solicitar expresándolo en el recuadro número 6,

las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización

de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

3.4 Los aspirantes que soliciten puntuación en la fase de

concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, deberán presentar

certificación expedida por el Servicio de Gestión de Personal de la

Universidad de Almería, acreditativa de las condiciones estipuladas

en el anexo I de esta convocatoria.

3.5 Las solicitudes se dirigirán al excelentísimo señor Rector

de la Universidad de Almería en el plazo de veinte días hábiles,

contados a partir del siguiente a la publicación de esta

convocatoria en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía".

3.6 La presentación de solicitudes se hará en el Registro

General de la Universidad o en la forma establecida en el artículo 38.4

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

3.7 Los aspirantes deberán justificar, mediante resguardo

original que deberá unirse a la solicitud de participación en las

pruebas selectivas, haber abonado los derechos de examen que

ascenderán a la cantidad de 12,02 euros, mediante ingreso o

transferencia bancaria en la cuenta corriente número

3058.0130.18.2731007006 abierta al efecto en Cajamar, con

el título "Universidad de Almería. Concursos y Oposiciones",

especificando en tal resguardo el nombre y apellidos, el documento

nacional de identidad y la Escala de las plazas objeto de la presente

convocatoria.

En ningún caso, la presentación y pago en el banco supondrá

sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de

la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.5 de esta

Resolución.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector

de la Universidad de Almería dictará Resolución en el plazo

máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" y en la que además de declarar aprobada la lista

de admitidos y excluidos, se recogerá la composición del Tribunal

Calificador, el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios, así

como la relación de los aspirantes excluidos con indicación de

las causas de exclusión. En la lista deberá constar en todo caso

apellidos, nombre y número del documento nacional de identidad.

4.2 Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier

momento, de oficio o a petición del interesado; en todo caso,

la Resolución a que se refiere la base anterior establecerá un plazo

de diez días hábiles para subsanación de errores.

4.3 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio,

a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la

realización de las pruebas selectivas.

5. Tribunal calificador

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas será nombrado

en la forma prevista en la base 4.1.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Almería, cuando

concurran en ellos circunstancias de las previstas en el

artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, o si hubieren realizado tareas de preparación de

aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la

publicación de la convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el

párrafo anterior.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas

se publicará en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de

Personal, Resolución por la que se nombren a los nuevos miembros

del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su

condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente se constituirá el

Tribunal con asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus

miembros, titulares o suplentes. Celebrará su sesión de

constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación

y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar

validamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus

miembros, titulares o suplentes.

5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas

las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,

así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichos

asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.

La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector

de la Universidad de Almería.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes.

En este sentido se establecerán para las personas con minusvalías

que lo soliciten, en la forma prevista en la base 3.3, las

adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición,

que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,

utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del

Ministerio para las Administraciones Públicas de 18 de febrero de 1985

("Boletín Oficial del Estado" del 22), o cualesquiera otros

equivalentes.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Almería,

Carretera. de Sacramento sin número, teléfono 950 01 51 24.

El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atenderá a cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría 4.a de las recogidas en el anexo V del

Decreto 54/1989, de 21 de marzo ("Boletín Oficial de la Junta de

Andalucía", de 21 de abril).

5.12 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar

que han superado el proceso selectivo un número superior de

aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de

aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno

derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los

opositores para que acrediten su identidad.

6.2 El orden de actuación de los opositores se iniciará por

sorteo efectuado por el Tribunal.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y

libremente apreciados por el Tribunal.

6.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los sucesivos

anuncios de la celebración de las restantes pruebas deberán

hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado

las pruebas anteriores y por cualquier otro medio si se juzga

conveniente, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo

de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro

horas, si es nuevo ejercicio.

6.5 Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara

a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece

de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria,

lo comunicará al Rector de la Universidad de Almería, el cual

deberá dar cuenta a los órganos competentes de las inexactitudes

o falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes, a

los efectos procedentes.

7. Listas de aprobados, presentación de documentación

y nombramiento de funcionarios de carrera

7.1 Al finalizar cada uno de los ejercicios obligatorios de la

fase de oposición, el Tribunal hará públicas en los lugares de

examen y en el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad

las relaciones de aspirantes que hayan obtenido una calificación

igual o superior a la exigida para su superación, con indicación

de su documento nacional de identidad.

7.2 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará

pública la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación,

en las que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios

de la fase de oposición, la puntuación obtenida en la fase de

concurso, y la calificación final, obtenida ésta última según lo

dispuesto en el anexo I de esta convocatoria. Al efecto de confeccionar

dicha relación, el Tribunal declarará que han superado las pruebas

selectivas las/los candidatas/os que hayan obtenido las mayores

calificaciones finales, sin que el número de aprobados supere el

número de plazas convocadas, tal como se establece en la

base 5.12 de esta Resolución.

7.3 Dicha relación serán elevadas al Rector de la Universidad

con propuesta de nombramiento de funcionarios de carrera.

7.4 En el plazo de veinte días hábiles a contar desde la

publicación en el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad

de las relaciones de aprobados a que se refiere la base anterior,

los aspirantes que figuren en las mismas deberán presentar, en

el Registro General de la Universidad o en la forma establecida

en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, los siguientes documentos:

a) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer

enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio.

b) Fotocopia debidamente compulsada del título de Graduado

Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna de las

Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de

funciones públicas, según el modelo que figura como anexo III a

esta convocatoria.

d) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de

minusválidos deberán presentar certificación, de los órganos

competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o de la

Comunidad Autónoma correspondiente, que acredite tal condición, e

igualmente deberán presentar certificación de los citados órganos

de la Administración sanitaria acreditativa de la compatibilidad

con el desempeño de tareas o funciones correspondientes.

7.5 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza

mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la

misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados

en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera

y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud

de participación.

7.6 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal

calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de

carrera, mediante Resolución que se publicará en el "Boletín Oficial

de la Junta de Andalucía".

La propuesta de nombramiento deberá acompañarse de

fotocopia del documento nacional de identidad de los aspirantes

aprobados, del ejemplar de la solicitud de participación en las pruebas

selectivas enviada a la Universidad convocante con el apartado

"Reservado para la Administración" debidamente cumplimentado.

8. Norma final

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa

en virtud del artículo 60 del Decreto 276/1998, de 22 de diciembre

("Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" de 19 de enero de 1999),

por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería,

podrán los interesados interponer Recurso

Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de

Almería, en el plazo de dos meses, de acuerdo con los artículos 8.3

y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa ("Boletín Oficial del Estado"

del 14), pudiendo ser recurrido potestativamente en reposición

ante el Rector, en el plazo de un mes, de conformidad con el

artículo 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el

Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,

de 13 de enero

Almería, 6 de febrero de 2002.-El Rector, Alfredo Martínez

Almécija.

ANEXO I

Ejercicios, calificación de los mismos y valoración de méritos

Ejercicios

La oposición constará del ejercicio que se indica a continuación.

Primer y único ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario

de preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas

la correcta, basado en el contenido del programa. Los aspirantes

marcarán las contestaciones en las correspondientes hojas de

examen.

El número de preguntas y el tiempo para la realización de este

ejercicio será determinado por el Tribunal. Se calificará de 0 a

10 puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan un

mínimo de 5 puntos.

Concurso

Se valorarán exclusivamente los servicios prestados por los

aspirantes como funcionarios interinos en la Escala Auxiliar

Administrativa de la Universidad de Almería en los centros,

Departamentos y servicios que integran la Universidad de Almería.

La valoración se realizará otorgando 0,05 puntos por mes

completo de servicios prestados hasta la fecha de finalización del plazo

de presentación de instancias, sin que esta puntuación pueda

superar el 35 por 100 del total máximo que corresponda a la fase

de oposición.

Los puntos de la fase de concurso se sumarán a la puntuación

obtenida en la oposición a efectos de establecer el orden definitivo

de aspirantes aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados

para superar la fase de oposición.

Calificación final

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por

la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso

y oposición. En caso de empate se atenderá a la mayor calificación

obtenida en el ejercicio.

ANEXO II

Tema 1. La constitución Española de 1978: Estructura y

contenido. Derecho y deberes fundamentales: Garantía y suspensión.

Tema 2. La corona. Funciones constitucionales del Rey.

Sucesión y Regencia. El refrendo.

Tema 3. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y

funcionamiento.

Tema 4. El Gobierno y la Administración. Relaciones entre

el Gobierno y las Cortes.

Tema 5. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía

de las fuentes. La Constitución. La Ley. Disposiciones normativas

con fuerza de Ley. El Reglamento.

Tema 6. Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del procedimiento Administrativo Común: Relaciones

entre Administraciones Públicas. Principios generales y

competencias. Órganos. Abstención y recusación. Los Interesados.

Tema 7. Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Las

disposiciones y los actos administrativos. Iniciación, ordenación,

instrucción y finalización del procedimiento.

Tema 8. Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Requisitos

de los actos administrativos. Eficacia. Nulidad y anulabilidad.

Tema 9. Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: De la

potestad sancionadora. De la responsabilidad de las administraciones

publicas y sus autoridades y demás personal a su servicio.

Tema 10. Revisión de los actos en vía administrativa. Revisión

de oficio. Recursos administrativos.

Tema 11. El personal funcionario al servicio de las

Administraciones Públicas: Concepto, clases, grupos de clasificación.

Procedimientos de selección.

Tema 12. Adquisición y pérdida de la condición de

funcionario. Formas de provisión de puestos de trabajo.

Tema 13. Derechos y deberes de los funcionarios públicos.

Incompatibilidad del personal al servicio de las Administraciones

Públicas. Régimen disciplinario. Situaciones Administrativas.

Tema 14. Universidad de Almería. La autonomía

universitaria. Concepto, naturaleza, fines, funciones, capacidad,

denominación ámbito y norma reguladora.

Tema 15. Universidad de Almería. De los órganos generales

de gobierno de la Universidad de Almería: Órganos Colegiados.

Consejo Social, El Claustro Universitario, Junta de Gobierno.

Tema 16. Universidad de Almería. De los órganos

unipersonales: Rector, Vicerrectores, Secretario General y Gerente.

Tema 17. Universidad de Almería. De los miembros de la

comunidad universitaria, de los estudiantes, del profesorado, del

personal de administración y servicios.

Tema 18. Universidad de Almería. De la Docencia y la

investigación en la Universidad. De la estructura de la enseñanza:

Ciclos, Títulos y Planes de Estudios. Del acceso y permanencia

en los Centros universitarios. De la Investigación: Tipología,

contratos y Convenios de Investigación.

Tema 19. Universidad de Almería. De las unidades básicas

para la docencia y la investigación. De los Departamentos. De

las Facultades y Escuelas.

Tema 20. Universidad de Almería. Régimen económico y

financiero de la Universidad de Almería. Del patrimonio de la

Universidad. De los recursos, la programación y la gestión económica.

Tema 21. Normas de matricula e ingreso en la Universidad

de Almería para el curso 2002/2003. Del Ingreso en los centros

de la Universidad de Almería. De la Matrícula en los centros de

la Universidad de Almería.

Tema 22. Normas de matrícula e ingreso en la Universidad

de Almería para el curso 2002/2003. Del régimen económico.

Alumnos solicitantes de Becas y el seguro escolar.

Tema 23. Microsoft-Office 2000. Integración de sus

componentes.

Tema 24. Internet. Accesos Web. Correo electrónico

ANEXO III

Declaración jurada

Don/doña ..........................................................,

con domicilio en .......................................................,

y documento nacional de identidad número .........................

Declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado

funcionario de la Escala ................. de la Universidad de

Almería, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las

Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio

de las funciones públicas.

En Almería, a ..... de ................. de 2003.

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