Visto el texto del acta de fecha 3 de abril de 2002, donde se recogen los acuerdos referentes a las tablas salariales actualizadas para el año 2002 del Convenio Colectivo de ámbito estatal para Despachos de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales (código de Convenio número 9912405), que ha sido suscrita, de una parte, por la Federación Española de Asociaciones Profesionales Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales (FEAPT-TAF), en representación de las empresas del sector, y, de otra, por las Centrales Sindicales CC.OO.–COMFIA y FES-UGT, en representación de los trabajadores del mismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Ordenar la inscripción de la citada acta y tablas salariales en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 24 de febrero de 2003.—La Directora general, Soledad Córdova Garrido.
En Barcelona, a 3 de abril de 2002, siendo las once horas, se reúnen, previa convocatoria al respecto, en la sede social de la Federación Española de Asociaciones Profesionales de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales (FEAPTTAF), sita en la calle Lepanto, número 235, los miembros de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de ámbito estatal para Despachos de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales (código 9912405), aprobado por Resolución de 28 de septiembre de 1999 («Boletín Oficial del Estado» de 18 de octubre).
Asisten a la reunión los siguientes miembros de la Comisión Paritaria:
Representación económica:
Don Jordi Filella Mas (FEAPTTAF).
Don Arturo Casinos Garcés (FEAPTTAF).
Doña Cristina Navarro Esteve (FEAPTTAF).
Don Jaime Martínez Ramos (FEAPTTAF).
Asesor: Don Joan Casanovas Sugrañes.
Representación social:
Don Eugeni Fernández Naverac (CC.OO.–COMFIA).
Don Ramón Tudela Solsona (CC.OO.–COMFIA).
Don Javier Agudo Lázaro (FES-UGT).
Don Hermenegildo Borrás Utiel (FES-UGT).
Tomándose por unanimidad los siguientes acuerdos:
Aprobar las nuevas tablas salariales, correspondientes al año 2002, que se transcriben en el anexo I, en aplicación de lo establecido en el artículo 3 del Convenio.
A partir del 1 de enero de 2002, la media dieta prevista en el artículo 19 queda fijada en 10 euros.
La cuantía del seguro de vida previsto en el artículo 23 queda fijada en 10.000 euros. Esta modificación surtirá efectos a los treinta días de la publicación del presente acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado».
El domicilio de la Comisión Paritaria establecido en el artículo 27.7 del Convenio queda fijado en el de la Federación Española de Asociaciones Profesionales de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales (FEAPTTAF), sita en la calle Lepanto, número 235, 08013 Barcelona.
La Comisión acuerda volver a reunirse para desarrollar las iniciativas necesarias conducentes a la ejecución del Acuerdo Nacional de Formación Continua. Asimismo instar a la Comisión Negociadora al objeto de debatir el contrato de formación establecido en el artículo 9 del Convenio.
Facultar a FES-UGT para que realice cuantas gestiones sean necesarias para el registro del presente acuerdo y su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».ç
Categoría |
Anual — Euros |
Mensual — Euros |
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Grupo I: | ||
Titulado superior | 13.222,26 | 944,45 |
Titulado medio | 11.696,40 | 835,46 |
Grupo II: | ||
Coordinador | 11.187,78 | 799,13 |
Oficial 1.a | 10.172,39 | 726,60 |
Oficial 2.a | 9.492,69 | 678,05 |
Auxiliar administrativo | 8.814,84 | 629,63 |
Grupo III: | ||
Cobrador-Repartidor | 8.136,53 | 581,18 |
Aspirante segundo año | 6.644,88 | 474,63 |
Aspirante primer año | 6.441,44 | 460,10 |
Personal de limpieza | 8.136,53 | 581,18 |
Contrato formación: | ||
Primer año (60 por 100 Auxiliar) | 5.288,90 | 377,78 |
Segundo año (65 por 100 Auxiliar) | 5.729,65 | 409,26 |
Tercer año (70 por 100 Auxiliar) | 6.170,39 | 440,74 |
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