Por Orden MAM/2899/2002, de 5 de noviembre ("Boletín
Oficial del Estado" del 18), corrección de errores en las Órdenes
MAM/3036/2002, de 21 de noviembre ("Boletín Oficial del
Estado" de 3 de diciembre), y MAM 3086/2002, de 2 de diciembre
("Boletín Oficial del Estado" del 6), se convocó concurso general,
referencia 11G/2002, para la provisión de puestos de trabajo
vacantes en el Departamento y de acuerdo con lo previsto en
la base décima de dicha convocatoria, así como en el
artículo 47.1 del vigente Reglamento General de Ingreso del Personal
al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, en lo que se refiere
al plazo de resolución del presente concurso, y habiéndose
cumplido cuantos requisitos y procedimientos se establecen en las
normas reglamentarias y bases de la convocatoria mencionada,
que recogen lo prevenido en el mencionado Reglamento General,
sobre plazo de presentación de instancias, examen de las mismas,
valoración de méritos alegados según baremo establecido y previa
propuesta elaborada por la correspondiente Comisión de
Valoración prevista en las presentes bases,
Este Ministerio ha resuelto:
Primero.-Resolver definitivamente la convocatoria y aprobar
la propuesta de la Comisión de Valoración de Méritos, adjudicando
los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo a los
funcionarios que, asimismo, se especifican.
Segundo.-Declarar desiertos los puestos que se indican en
el citado anexo.
Tercero.-El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles,
si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes,
si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
Dicho plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente
al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles
siguientes a la publicación de la presente Orden.
Cuarto.-Si la resolución comporta el reingreso al servicio
activo, el plazo de un mes para tomar posesión deberá computarse
desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el
"Boletín Oficial del Estado". No obstante, aquellos funcionarios
que hayan obtenido destino desde la situación de servicios
especiales o de excedencia para el cuidado de hijos tendrán derecho,
mientras duren las citadas situaciones, a la reserva del nuevo
destino, sin que para ello sea preciso formalizar la toma de posesión
del mismo hasta tanto se haga efectivo el reingreso al servicio
activo.
Quinto.-El personal que ha obtenido destino a través de este
concurso no podrá participar en concursos de méritos que
convoque tanto la Administración del Estado como otras
Administraciones Públicas hasta que hayan transcurrido dos años desde
la toma de posesión del puesto que se les adjudique en la presente
Orden, salvo lo prevenido por el apartado 2 del artículo 41 del
citado Reglamento General.
Sexto.-Los destinos adjudicados se consideran de carácter
voluntario y, en consecuencia, no generan derecho al abono de
indemnización por concepto alguno.
Séptimo.-Contra el presente acto, que pone fin a la vía
administrativa, se podrá recurrir potestativamente en reposición, ante
el titular del Departamento, en el plazo de un mes, o interponer
recurso contencioso-administrativo, ante el correspondiente
Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de
dos meses, contados, ambos plazos, desde el día siguiente al de
su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", no pudiendo
interponerse este último hasta que aquél sea resuelto
expresamente o se haya producido su desestimación presunta, conforme
a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según
redacción dada a los mismos por la Ley 4/1999, de 13 de enero, así
como en los artículos 9 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.
Madrid, 28 de febrero de 2003.-El Ministro, P. D. (Orden de
6 de febrero de 2001, "Boletín Oficial del Estado" del 14), la
Subsecretaria, María Jesús Fraile Fabra.
Dirección General de Programación y Control Económico y
Presupuestario. Subdirección General de Recursos Humanos.
ANEXO: (Ver imágenes páginas 9853 y 9854)
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