Recibida en la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, del Departamento de Trabajo, Industria y Turismo, de la Generalitat de Catalunya, la solicitud presentada por Cartonajes Trilla, SA, con domicilio social en Poligon Industrial s/n, municipio de Valls, provincia de Tarragona, para la homologación e inscripción en el registro del siguiente producto fabricado por Cartonajes Trilla SA, en su instalación industrial ubicada en Valls: Embalaje combinado, código 4G, marca Cartonatjes Trilla, tipo 0201 y modelo: B-1, Ref.04 de «Sarabia» para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril, vía marítima y vía aérea. Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya homologación e inscripción en el registro se solicita, y que la Entidad de Inspección y Control ECA-Tarragona, mediante informe, certificado y acta con clave 43/15/2/002990, ha hecho constar que el tipo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por la Orden Ministerial de 17/3/86 (BOE 31/3/86), modificada por la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, he resuelto:
Homologar el tipo del citado producto con la contraseña de inscripción 02-H-661 y definir, por último, como características técnicas para cada marca y modelo registrado las que se indican a continuación:
Marca y modelo: Cartonatges Trilla, B-1, Ref.04 «Sarabia». Características y productos autorizados a transportar:
Las indicadas en el anexo.
Esta homologación se hace únicamente en relación con la Orden Ministerial de 17/3/86 (BOE 31/3/86), modificada por la de 28/2/89, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, por tanto con independencia de la misma, se habrá de cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable, debiéndose presentar la conformidad de la producción con el tipo homologado antes de 28/01/2005 (Orden Ministerial de 28/2/89).
Esta resolución de homologación solamente puede ser reproducida en su totalidad.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.
Barcelona, 28 de enero de 2003.−El Director General, P.D. (Resolución de 7 de octubre de 1996 (DOGC 13-11-96), el Jefe del Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar i Guevara.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid