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Documento BOE-A-2003-5676

Acuerdo de 18 de febrero de 2003, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, sobre aprobación de creación del fichero de los datos de identificación y direcciones que constan en los padrones municipales de las personas residentes en la provincia de A Coruña.

Publicado en:
«BOE» núm. 68, de 20 de marzo de 2003, páginas 10939 a 10939 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2003-5676
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/a/2003/02/18/(1)

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 18 de febrero de 2003, ha acordado aprobar la presente propuesta:

Primero: Crear un fichero automatizado, facilitado por el Instituto Nacional de Estadística, con ubicación en el Juzgado Decano A Coruña, formado con los datos de identificación y direcciones de los residentes en la provincia A Coruña, que consten en los padrones municipales y en el censo electoral.

Segundo: Finalidad. La identificación y localización de quienes pudieran tener derecho a intervenir como parte en los procesos que se tramiten en los órganos judiciales dependientes del Juzgado Decanato de A Coruña.

Tercero: Estructura básica del fichero. Es una base de datos relacional, que contendrá el nombre, apellidos, domicilio, sexo y fecha de nacimiento de los residentes en la provincia de A Coruña.

Cuarto: El responsable del fichero será el Secretario Judicial del Juzgado Decano de A Coruña, quien adoptará las medidas de gestión y organización que sean necesarias, asegurando, en todo caso, la confidencialidad, garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y en sus normas de desarrollo.

Quinto: Medidas de Seguridad: En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal, se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad de nivel básico, previstas en dicho Reglamento.

Sexto: Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, podrán ejercitarse por el afectado en la sede del Juzgado Decano de A Coruña y ante el Secretario Judicial de dicho Juzgado.

Madrid, 18 de febrero de dos mil tres.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,

HERNANDO SANTIAGO

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 18/02/2003
  • Fecha de publicación: 20/03/2003
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
Materias
  • Consejo General del Poder Judicial
  • Ficheros con datos personales

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