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De conformidad con lo establecido en el artículo 131 y la
disposición transitoria trigésima sexta de la Ley Orgánica 6/1985,
de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por Ley
Orgánica 9/2000, de 22 de diciembre, modificando el artículo 386.1
de la citada norma, y en el artículo 28.2.a) y 3.e) del Real Decreto
Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, por
Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder
Judicial adoptado en su reunión del día 22 de octubre de 2002,
Vengo en declarar la jubilación forzosa por edad de don
Wenceslao Díez Argal, Magistrado, Presidente de la Sección Quinta
de la Audiencia Provincial de Málaga, por cumplir la edad
legalmente establecida de setenta y dos años, el día 22 de marzo
de 2003, con los derechos pasivos que le correspondan, cuya
jubilación producirá efectos a partir de la fecha indicada.
Dado en Madrid, a 28 de febrero de 2003.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ
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