Visto el expediente de indulto de don Luc Alphonse Michel Carlin Gurrionero, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Salamanca, en sentencia de fecha 2 de julio de 2001, resolutoria de recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 1 de Salamanca, de fecha 26 de enero de 2001, como coautor de un delito medial continuado de falsedad documental, a la pena de dos años de prisión menor y multa de 500.000 pesetas (3.005,06 euros), y de un delito de estafa, a la pena de seis meses de arresto mayor, con las accesorias legales, por hechos cometidos en el año 1995, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de febrero de 2003,
Vengo en conmutar a don Luc Alphonse Michel Carlin Gurrionero las penas privativas de libertad impuestas, por otra de un año de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación del presente real decreto.
Dado en Madrid, a 28 de febrero de 2003.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ
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