I. El artículo 13.27 de la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de Patrimonio Histórico, Artístico, Monumental, Arqueológico y Científico y el artículo 6 a) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, determina que se entenderán como Organismos competentes para la ejecución de la Ley los que en cada Comunidad Autónoma tengan a su cargo la protección del patrimonio histórico.
Asimismo el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por el Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo, de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, el titular de la Consejería de Cultura el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la declaración de Bienes de Interés Cultural y competiendo según el artículo 1.1 del citado Reglamento, a este último dicha declaración.
II. La iglesia parroquial de San Juan Evangelista de Melegís, construida en 1560, es considerada como uno de los ejemplos más interesantes de la arquitectura religiosa en época de la repoblación en la provincia de Granada y especialmente en el valle de Lecrín.
El inmueble muestra en su fábrica los postulados de los estilos renacentista, en la portada de cantería, y mudéjar, en la armadura que cubre la nave. En su construcción participaron canteros, albañiles y carpinteros muy conocidos en la época, perteneciendo la nave, portadas, sacristía y torre a Bartolomé Villegas y al carpintero Francisco Hernández la realización de la armadura original, perdida en la rebelión de los moriscos, siendo la ejecución de la armadura actual, realizada en 1599, obra del carpintero Alonso López Zamudio. La estructura del templo muestra el depurado tratamiento que se le dio a esta fábrica en el momento de mejor desarrollo de la arquitectura mudéjar granadina.
En origen, la iglesia constaba de una nave y de la torre-campanario adosada a la capilla mayor. Posteriormente se le han añadido dos capillas en los laterales así como otras dependencias. No obstante, el templo mantiene el marcado esquema longitudinal de la nave concebido en el proyecto inicial, efecto que se refuerza al cubrirse con una armadura continua, desde los pies con lima bordón, hasta la cabecera con limas moamares. La torre por su proporción y volumen aporta monumentalidad al edificio, destacando en ella los vanos del cuerpo de campanas por su decoración de cerámica vidriada, de tipo sevillano, habitual en las torres granadinas entre 1560 y 1580.
También sobresalen por su valor histórico-artístico, los bienes muebles. En ellos encontramos destacadas piezas escultóricas, así como un importante programa retablístico, entre otros.
III. La Dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas del Ministerio de Cultura, por Resolución de 21 de mayo de 1982 (publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 181, de 30 de julio) incoó expediente de declaración de monumento histórico-artístico a favor de la iglesia parroquial de Melegís, (Granada) según la Ley de 13 de mayo de 1933, sobre defensa, conservación y acrecentamiento del patrimonio histórico artístico nacional, siguiendo su tramitación según lo previsto en dicha Ley, enelDecretode16deabrilde1936porelqueseapruebaelReglamento para la aplicación de la Ley del Tesoro Artístico Nacional, así como en el Decreto de 22 de julio de 1958 por el que se crea la categoría de monumentos provinciales y locales, en función de lo preceptuado en la Disposición Transitoria Sexta, apartado uno de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español.
Emitieron informe favorable a la declaración, la Real Academia de Bellas Artes de Granada Ntra. Sra. de las Angustias y la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Granada, cumpliendo así con lo previsto en el artículo 14 de la Ley de 13 de mayo de 1933, sobre defensa, conservación y acrecentamiento del patrimonio histórico-artístico nacional, así como en el artículo 84 de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958.
En la tramitación del expediente se han observado las determinaciones prevenidas en el artículo 14 de la Ley de 13 de mayo de 1933 sobre defensa, conservación y acrecentamiento del patrimonio histórico-artístico nacional y se han cumplido adecuadamente los trámites preceptivos de información pública y de audiencia al Ayuntamiento de El Valle y a particulares interesados (publicados conjuntamente ambos trámites en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» número 59, de 21 de mayo de 2002) expuesta en los tablones de edictos de los Ayuntamientos de El Valle (Granada) y Barcelona y notificada personalmente a los afectados por la declaración.
Durante la tramitación del expediente se han presentado alegaciones por parte de D. José A. Roca Roca y D.ª M.ª de las Nieves del Castillo Contreras, escrito con fecha 1 de abril de 2002, referentes a la que consideran desproporcionada delimitación del entorno y posibles consecuencias en cuanto a los usos urbanísticos y al desarrollo socio-económico de la zona afectada. La Delegación Provincial contestó dichas alegaciones mediante oficio de 22 de mayo de 2002, explicando que la delimitación es correcta para los fines de protección y preservación de los valores formales del exterior del Monumento, así como que la Iglesia de Melegís es el hito monumental más relevante del núcleo y no debe ser entendido como rémora económica sino como motor de desarrollo cultural.
Asimismo, conforme al Decreto de 22 de julio de 1958 y los artículos 81 y 93 de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958, artículos 11.2, 18 y Disposición Transitoria Sexta, apartado uno de la Ley 16/1985 de 25 de junio de Patrimonio Histórico Español, se realizó la delimitación del entorno, atendiendo a las relaciones que el inmueble mantiene con el lugar en que se ubica y conforme a lo previsto en el artículo 27 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, se señalaron los bienes muebles contenidos en el inmueble que se reconocen como parte esencial de su historia.
Terminada la instrucción del expediente, según lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, y de conformidad con lo prevenido en la Disposición Adicional Primera del último texto legal citado, procede la declaración de Bien de Interés Cultural de dicho inmueble, con la categoría de Monumento, así como, en relación con el artículo 8 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado mediante Decreto 19/1995, de 7 de febrero, la inclusión del mismo en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.
En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en los artículos 6 y 9.1 y 9.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, en relación con el artículo 1.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Cultura y previa deliberación, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 4 de febrero de 2003, acuerda:
Declarar Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, la Iglesia Parroquial de San Juan Evangelista en Melegís, El Valle (Granada), cuya descripción figura en el anexo a la presente disposición.
Declarar un entorno en el cual las alteraciones pudieran afectar a los valores propios del Bien, a su contemplación, apreciación o estudio. Dicho entorno afectado por la declaración de Bien de Interés Cultural abarca los espacios públicos y privados, las parcelas, inmuebles y elementos urbanos comprendidos dentro de la delimitación que figura en el anexo y, gráficamente, en el Plano de delimitación del BIC y su entorno.
Declarar Bienes de Interés Cultural, por constituir parte esencial de la historia del edificio, los bienes muebles que se describen en el anexo a la presente disposición.
Incluir este Bien de Interés Cultural, junto con sus bienes muebles y entorno, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, desde el día siguiente al de su notificación o publicación para aquellos interesados distintos de los notificados personalmente, potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta, en el plazo de un mes, conforme a los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), o directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Sevilla, 4 de febrero de 2003.‒El Presidente, Manuel Chaves González.‒La Consejera de Cultura, Carmen Calvo Poyato.
(Publicado en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» número 39, del miércoles, 26 de febrero de 2003)
I. Descripción.
La iglesia parroquial de San Juan Evangelista se encuentra en el pueblo de Melegís, núcleo de pequeña población enclavado en la ladera de una montaña que desciende al valle del río, situado en el centro del Valle de Lecrín.
El templo consta de una nave, trescapillas, sacristíaytorre-campanario.
Su interior presenta planta rectangular muy alargada y presbiterio a mayor altura, ambos cubiertos con la misma armadura, continua, de limabordón en los pies de la nave y moamares en la capilla mayor, perfilada con nueve tirantes pareados apeando igual que los cuadrales sobre canes de cartela. A los pies de la iglesia se levanta el coro cubierto con antepecho de balaustres de hierro.
Las dos capillas, ubicadas hacia el centro de la nave, se abren en los muros laterales a través de un vano de medio punto. Tienen planta cuadrada y están cubiertas con bóvedas esquifadas. La tercera capilla, o capilla Bautismal se abre a los pies del templo en el muro perimetral del costado izquierdo. La sacristía es un recinto de planta rectangular, que comunica con la capilla mayor por su lateral izquierdo.
En el exterior del templo se abren dos portadas de corte clasicista, ambas construidas en piedra. La portada principal o de los pies se estructura en dos cuerpos. En el primero se abre un vano de medio punto dovelado y recercado con moldura superior, que descansa sobre pilastras cajeadas dóricas. El conjunto se encuentra delimitado por una gruesa moldura que en la zona superior configura un alfiz, mostrando en las enjutas pequeños tondos.
Una cornisa volada da paso al segundo cuerpo formado por un óculo inscrito en un recuadrado moldurado flanqueado por dos tondos y coronado por una cornisa superior.
La portada abierta en el muro perimetral derecho de la iglesia, presenta un vano de medio punto sobre pilastras dóricas. En la zona superior se remata con una cornisa volada.
La torre adosada en el lateral derecho del presbiterio, rompe la horizontalidad del resto de la estructura de la iglesia. Tiene planta rectangular y alzado de tres cuerpos, separados por una cornisa moldurada. Los dos primeros presentan, en su frente noreste vanos adintelados. En los cuatro lados del cuerpo de campanas se abren vanos de medio punto dovelados, dos en los frentes mayores y uno en los menores. Las enjutas se encuentran cubiertas con cerámica vidriada.
II. Bienes Muebles.
1. Retablo de San Antonio de Padua. Materia: madera, pan de oro y pigmentos. Técnica: tallado, ensamblado, dorado y policromado. Dimensiones: 3,72 × 2,17 × 0,43 m. Cronología: siglo XIX. Estilo: neoclásico. Ubicación: nave, muro del Evangelio.
Elementos que integran el retablo de San Antonio de Padua:
1.1 Escultura de San Antonio de Padua. Materia: madera y pigmentos. Técnica: tallado, policromado. Dimensiones: 1,11 × 0,35 × 0,33 m. Cronología: siglo XVII. Estilo: barroco. Ubicación: retablo de San Antonio de Padua, hornacina central.
2 Retablo de San José. Materia: madera, pan de oro y pigmentos. Técnica: tallado, ensamblado, dorado y policromado. Dimensiones: 3,60 × 2,10 × 0,43 m. Cronología: sigo XIX. Estilo: neoclásico. Ubicación: nave, muro del Evangelio.
Elementos que integran el retablo de San José:
2.1 Escultura de San José. Materia: madera, pan de oro y pigmentos. Técnica: tallado, ensamblado, dorado, policromado. Dimensiones: 1,25 × 0,40 × 0,40 m. Cronología: siglo XIX. Estilo: neoclásico. Ubicación: retablo de San José, hornacina central.
3. Retablo de la Virgen del Rosario. Materia: madera, pan de oro y pigmentos. Técnica: tallado, ensamblado, dorado y policromado. Dimensiones: 3,30 × 2,75 × 0,50 m. Cronología: siglo XVIII. Estilo: neoclásico. Ubicación: capilla lateral, lado del Evangelio.
Elementos que integran el retablo de la Virgen del Rosario:
3.1 Escultura de la Virgen del Rosario. Autor: atribuido a Alonso de Mena. Materia: madera, pan de oro y pigmentos. Técnica: tallado, dorado, policromado, estofado. Dimensiones: 1,10 × 0,40 × 0,30 m.
Cronología: primera mitad del siglo XVII. Estilo: barroco. Ubicación: retablo de la Virgen del Rosario, hornacina central.
4. Cristo en la cruz. Autor: atribuido a Pablo de Rojas. Materia: madera, pan de oro y pigmentos. Técnica: tallado, policromado, dorado. Dimensiones: 1,50 × 1,40 m. Cronología: 1581-1607. Estilo: manierista. Ubicación: capilla lateral, lado del Evangelio.
5. Retablo de Jesús Nazareno. Materia: madera, pan de oro. Técnica: tallado, ensamblado y dorado. Dimensiones: 4,20 × 2,95 × 0,45 m. Cronología: siglo XVIII. Estilo: barroco. Ubicación: nave, muro del Evangelio. Elementos que integran el retablo de Jesús Nazareno:
5.1 Escultura de Jesús Nazareno. Materia: madera. Técnica: tallado, policromado. Dimensiones: 1,45 × 0,50 × 0,50 m. Estilo: barroco. Ubicación: retablo de Jesús Nazareno, hornacina central.
6. Retablo de San Juan Evangelista. Materia: madera y pan de oro. Técnica:tallado, dorado. Dimensiones: 8,70 × 6,75 m. Cronología: sigo XVIII. Estilo: barroco. Ubicación: capilla mayor.
Elementos que integran el retablo de San Juan Evangelista:
6.1 Sagrario. Materia: madera y pan de oro. Técnica: tallado, dorado. Dimensiones: 80 × 73 × 38 cm. Cronología: siglo XVIII. Estilo: barroco. Ubicación: retablo de San Juan Evangelista, banco.
6.2 Escultura de San Francisco de Paula. Materia: madera y pigmentos. Técnica: tallado, ensamblado y policromado. Dimensiones: 1,20 × 0,40 × 0,30 m. Cronología: siglo XVII. Estilo: barroco. Ubicación: retablo de San Juan Evangelista, primer cuerpo.
6.3 Manifestador. Materia: madera y pan de oro. Técnica: tallado, dorado. Dimensiones: 1,50 × 1,25 × 0,30 m. Cronología: siglo XVIII. Estilo: barroco. Ubicación: retablo de San Juan Evangelista, primer cuerpo.
6.4 Escultura de San Francisco de Asís. Materia: madera y pigmentos. Técnica: tallado, policromado. Dimensiones: 1,30 × 0,50 × 0,35 m. Cronología: siglo XVII. Estilo: barroco. Ubicación: retablo de San Juan Evangelista, primer cuerpo.
6.5 Escultura de San Benedicto. Materia: madera y pigmentos. Técnica: tallado, ensamblado y policromado. Dimensiones: 70 × 25 × 15 cm. Cronología: siglo XVII. Estilo: barroco. Ubicación: retablo de San Juan Evangelista, segundo cuerpo.
6.6 Escultura de San Juan Evangelista. Materia: madera y pigmentos. Técnica: tallado, ensamblado y policromado. Dimensiones: 1,30 × 0,50 × 0,35 m. Cronología: siglo XVII. Estilo: barroco. Ubicación: retablo de San Juan Evangelista, segundo cuerpo.
6.7 Escultura de San Ramón Nonato. Materia: madera y pigmentos. Técnica: tallado, ensamblado y policromado. Dimensiones: 1,10 × 0,35 × 0,35 m. Cronología: siglo XVII. Estilo: barroco. Ubicación: retablo de San Juan Evangelista, segundo cuerpo.
6.8 Cristo en la cruz. Materia: madera. Técnica: tallado, policromado. Dimensiones: 50 × 40 × 7 cm. Cronología: siglo XVIII. Estilo: barroco. Ubicación: retablo de San Juan Evangelista, ático.
7 Retablo de la Virgen de los Dolores. Materia: madera, pan de oro y pigmentos. Técnica: tallado, ensamblado, dorado y policromado. Dimensiones: 5,30 × 2,90 × 0,55 m. Cronología: primera mitad del siglo XIX. Estilo: neoclásico. Ubicación: nave, muro de la Epístola.
Elementos que integran el retablo de la Virgen de los Dolores:
7.1 Escultura de la Virgen de los Dolores. Materia: madera y pigmentos. Técnica: tallado, policromado. Dimensiones: 1,60 × 0,70 × 0,60 m. Cronología: siglo XVII. Estilo: barroco. Ubicación: retablo de la Virgen de los Dolores, hornacina central.
7.2 Lienzo de dos Santos. Materia: lienzo y pigmentos. Técnica: pintura al óleo. Dimensiones: 1,50 × 1,40 m. Cronología: primera mitad del sigo XIX. Estilo: neobarroco. Ubicación: retablo de la Virgen de los Dolores, ático.
8. Retablo del Sagrado Corazón de Jesús. Materia: madera, pan de oro y pigmentos. Técnica: Tallado, ensamblado, dorado y policromía. Dimensiones: 2,50 × 1,80 × 0,40 m. Cronología: sigo XIX. Estilo: neoclásico. Ubicación: capilla lateral, lado de la Epístola.
9. Retablo de la Inmaculada Concepción. Materia: madera, pan de oro y pigmentos. Técnica: tallado, ensamblado, dorado y policromado. Dimensiones: 5,20 × 2,65 × 0,70 m. Cronología: siglo XVIII. Estilo: rococó. Ubicación: nave, muro de la Epístola.
Elementos que integran el retablo de la Inmaculada:
9.1 Escultura de la Inmaculada Concepción. Autor: escuela de Alonso Cano. Materia: madera y pigmentos. Técnica: tallado, ensamblado y policromado, dorado, bruñido, estofado. Dimensiones: 60 × 20 × 20 cm. Cronología: siglo XVII. Estilo: barroco. Ubicación: retablo de la Inmaculada Concepción, hornacina central.
9.2 Escultura de Ángel. Materia: madera y pigmentos. Técnica: tallado, policromado. Dimensiones: 50 × 40 cm. Cronología: sigo XVIII. Estilo: barroco. Ubicación: retablo de la Inmaculada, ático.
III. Delimitación de entorno.
La iglesia se sitúa en una zona mixta urbana-rural. A los pies se desarrolla la trama urbana, y por los laterales y la cabecera encontramos paisaje agrario. El edificio se erige en elemento conformador del urbanismo generando espacios como la plaza de la Iglesia a los pies del templo, y la plaza del padre Eduardo Rebollo en un lateral. El entramado viario que parte de estos espacios, abre importantes perspectivas hacia el bien.
El entorno abarca los espacios públicos y privados que a continuación se relacionan y que gráficamente se representan en el adjunto Plano de delimitación del BIC y su entorno.
Espacios privados:
Manzana 90807:
Parcela 01 Iglesia.
Parcela 02 C/ Barrio Hondillo.
Manzana 91817:
Parcela 12 C/ Granada.
Parcela 13 C/ Granada.
Parcela 14 C/ Granada.
Parcela 15 C/ Granada.
Parcela 16 Plaza Eduardo Rebollo Aranda.
Manzana 92803:
Parcela 06 Plaza del Molino.
Parcela 07 C/ Plaza del Molino
Parcela 08 C/ Granada.
Parcela 09 C/ Granada.
Parcela 10 C/ Granada.
Manzana 91806:
Parcela 01 C/ Granada.
Parcela 02 Plaza del Molino.
Parcela 03 Plaza del Molino.
Parcela 04 Plaza del Molino.
Parcela 05 C/ Fresca.
Parcela 06 C/ C/ Fresca.
Parcela 07 C/ Fresca.
Parcela 08 C/ Fresca.
Parcela 09 C/ Fresca.
Parcela 10 Plaza Eduardo Rebollo Aranda.
Parcela 11 Plaza Eduardo Rebollo Aranda.
Parcela 12 C/ Granada.
Manzana 91795:
Parcela 01 C/ Barrio Hondillo.
Parcela 02 Plaza Eduardo Rebollo Aranda.
Parcela 03 C/ Fresca.
Parcela 04 C/ Fresca.
Manzana 91792:
Parcela 01 C/ Barrio Hondillo n.º 9.
Parcela 02 C/ Barrio Hondillo n.º 7.
Parcela 03 C/ Barrio Hondillo n.º 5.
Parcela 04 C/ Barrio Hondillo n.º 3.
Parcela 05 C/ Barrio Hondillo n.º 1.
Parcela 06 C/ Barrio Hondillo s/n.
Rústica, Polígono 6. Parcelas 127 a/, b/, c/; 132, 133, 134, 135, 136 a, 137, 148 y 149.
Espacios públicos:
Plaza Eduardo Rebollo Aranda, entera.
C/ Granada desde sus comienzos hasta las traseras de la parcela 10 de la manzana 92803 y de la parcela 12 de la manzana 91817, ambas inclusive.
Plaza del Molino, entera.
C/ Fresca desde los comienzos hasta las traseras de las parcelas 07 de la manzana 91806 y 04 de la manzana 91795, ambas inclusive.
C/ Molino desde el principio hasta las traseras de la parcela 01 de la manzana 91795 y de la parcela 06 de la manzana 91792, ambas incluidas.
C/ Barrio Hondillo desde el comienzo hasta las traseras de las parcelas 01 y 06 de la manzana 91792 y trasera de la parcela 02 de la manzana 90807, incluidas.
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