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Documento BOE-A-2003-6531

Resolución de 20 de marzo de 2003, de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, por la que se hacen públicos los listados de aprobados definitivos, por orden de puntuación, de las fases de oposición y de concurso de las pruebas selectivas, mediante el proceso específico de promoción interna, para el ingreso en el Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 78, de 1 de abril de 2003, páginas 12595 a 12595 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2003-6531

TEXTO ORIGINAL

Por Orden INT/1915/2002, de 11 de julio de 2002, del

Ministerio del Interior, se convocan pruebas selectivas, mediante el

proceso específico de promoción interna para ingreso en el cuerpo

Especial de Instituciones Penitenciarias ("Boletín Oficial del

Estado" del 26).

Una vez finalizadas las fases de oposición y concurso, y

entregada por el Presidente del Tribunal, copia certificada de la lista

de aprobados, esta Dirección General, en virtud de lo previsto

en el artículo 22 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,

por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, y en

la base octava de la convocatoria, resuelve:

Primero.-Hacer publica la relación de aprobados por orden

de puntuación en las pruebas selectivas para el ingreso en el cuerpo

Especial de Instituciones Penitenciarias, mediante el proceso

específico de promoción interna, en las fases de oposición y concurso,

que se encontrarán expuestas en los tablones de anuncios de los

centros penitenciarios y en la Dirección General de Instituciones

Penitenciarias.

Segundo.-En el plazo de veinte días naturales, a contar desde

el siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial del Estado",

los aspirantes aprobados deberán presentar en la Subdirección

General de Personal de Instituciones Penitenciarias, los

documentos que se señalan en la base novena de la convocatoria

(apartados 9.1 y 9.2).

Tercero.-Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de

fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de

la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos

señalados en la base 2 de la convocatoria, no podrán ser

nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin

perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad

en la solicitud inicial (apartado tercero de la base novena de la

convocatoria).

Cuarto.-La presente resolución, de conformidad con el

artículo 116 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero,

podrá ser recurrida potestativamete ante el mismo órgano que

lo ha dictado, mediante la interposición de recurso de reposición

en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su publicación,

o ser impugnada directamente ante la Audiencia Nacional,

pudiendo interponerse, en este caso, recurso contencioso-administrativo

en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de

su publicación.

Madrid, a 20 de marzo de 2003.-El Director General, Ángel

Yuste Castillejo.

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