De conformidad con lo establecido en el artículo 6.o del Real Decreto
2061/81 de 4 de septiembre (BOE n.o 224), sobre títulos profesionales
de la Marina Mercante, así como la Orden de 18 de octubre de 1.989
(BOE n.o 260), que establece la prueba de aptitud para la obtención de
los mismos, esta Dirección General ha resuelto convocar exámenes para
la obtención de los títulos de Capitán, Piloto de Segunda, Jefe de Máquinas,
Oficial de Máquinas de Segunda y Oficiales Radioelectrónicos de Primera
y de Segunda de la Marina Mercante.
Las presentes pruebas de aptitud se dictan de manera transitoria, en
tanto no se regule con carácter general para todas las titulaciones
profesionales de la marina mercante las pruebas de idoneidad profesional,
establecidas en la disposición adicional primera del Real Decreto
2062/1999, de 30 de diciembre (BOE n.o 18 de 2000), por el que se regula
el nivel mínimo de formación en profesiones marítimas, así como de
acuerdo con las prescripciones del Convenio STCW y la disposición final segunda,
apartado c), del citado Real Decreto.
Las pruebas de aptitud y exámenes se desarrollarán de conformidad
con las normas establecidas en las disposiciones vigentes y con sujeción
a las siguientes bases de convocatoria:
Primera.-Los interesados en participar en los exámenes convocados
formularán solicitud al efecto en el modelo del Anexo (solicitud de admisión
a pruebas y liquidación de tasas de derechos de examen), dirigido al
Director General de la Marina Mercante, y la presentarán en el Registro de
esta Dirección General, calle Ruiz de Alarcón, número 1, 28071 Madrid,
o en las Universidades y Escuelas Superiores de la Marina Civil, recogidas
expresamente en esta Resolución, donde deseen examinarse, bien
directamente o bien a través de lo establecido en al artículo 38.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.
Segunda.-A esta solicitud se acompañará:
a) Documentación acreditativa de reunir los requisitos exigidos en
la disposición adicional primera del Real Decreto 2062/1999, de 30 de
diciembre, por el que se regula el nivel mínimo de formación en profesiones
marítimas, para la obtención de cada una de las titulaciones convocadas.
Para estos efectos, el cómputo del tiempo de embarque que se establece
en el mismo se realizará conforme a lo prescrito en el artículo 48 de
la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común. Los periodos de embarco podrán ser
verificados por el Tribunal a través del modelo oficial de hojas de días
de mar, en los asientos de la Libreta Marítima del interesado o en los
modelos del Anexo III y IV de la Orden de 21 de junio de 2001, sobre
tarjetas profesionales de la Marina Mercante (B.O.E número 164 de 10
de julio de 2001).
b) Una fotografía reciente del interesado, semejante a las exigidas
para el documento nacional de identidad, en cuyo dorso se hará constar
su nombre y apellidos.
c) Una fotocopia compulsada del documento nacional de identidad,
que preferiblemente incluirá, en una sola cara, el anverso y reverso del
mismo.
d) Justificante de pago de la tasa por derechos de examen, cuya
cuantía asciende a 37,51 euros, de acuerdo con la Ley 65/1997, de 30 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1998, en su artículo 18,
párrafo siete, tarifa sexta, así como la legislación de actualización de la
misma. La solicitud no será aceptada por los órganos citados en la base
primera si no consta la validación de la entidad colaboradora en la
recaudación tributaria y, por tanto, no se haya justificado el abono de la tasa.
e) El resto de la documentación exigida en la Orden de 18 de octubre
de 1989 reguladora de este tipo de pruebas.
Tercera.-Las pruebas se realizarán dentro del año 2003 en dos
convocatorias ordinarias, la primera durante el mes de mayo y, la segunda,
durante el mes de noviembre, en los centros siguientes:
Para Capitanes, Jefes de Máquinas, Pilotos de Segunda y Oficiales de
Máquinas de Segunda de la Marina Mercante, los exámenes se podrán
celebrar en las Escuelas Superiores de la Marina Civil de Santander, Gijón,
A Coruña, en la Escuela Técnica Superior de Náutica y Máquinas Navales
de Bilbao, en las Facultades de Náutica de Cádiz y Barcelona, y en el
Centro Superior de Náutica y Estudios del Mar de Santa Cruz de Tenerife.
Para Oficiales Radioelectrónicos de Primera y de Segunda de la Marina
Mercante, los exámenes se podrán celebrar en la Facultad de Náutica de
Cádiz y en el Centro Superior de Náutica y Estudios del Mar de Santa
Cruz de Tenerife.
Cuarta.-El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 28
de abril de 2003, para la convocatoria del mes de mayo, y el día 27 de
octubre de 2003 para la convocatoria del mes de noviembre del presente
año.
Los Tribunales anunciarán en el tablón de anuncios de los Centros
de examen las fechas y horas concretas de comienzo de cada una de las
pruebas.
Quinta.-Los Tribunales juzgadores de estas pruebas tendrán la
composición prevista en la normativa vigente y serán nombrados por la
Dirección General de la Marina Mercante. Los miembros de los mismos tendrán
derecho a la percepción de indemnizaciones por asistencias, de
conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, a
estos efectos, los reiterados Tribunales se incluirán en la primera categoría,
para Capitanes y Jefes de Máquinas y Oficiales Radioelectrónicos de
Primera de la Marina Mercante, y de segunda categoría para los restantes.
Sexta.-Los Tribunales emitirán los certificados correspondientes a
quienes superen las pruebas. La superación de las pruebas no exime de
la presentación de la documentación respectiva para la obtención del título
profesional, incluido el citado certificado emitido por el Tribunal, así como
los certificados de días de mar en modelo oficial.
Séptima.-La presente convocatoria y cuantos actos administrativos
deriven de ella podrán ser impugnados en los casos y formas previstos
en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 14 de marzo de 2003.-El Director general, José Luis López-Sors
González.
Sr. Presidente del Tribunal de Exámenes para la Obtención de Titulaciones
Profesionales de la Marina Mercante.
ANEXO
Solicitud de participación en pruebas para la obtención de titulaciones
profesionales de la Marina Mercante
Apellidos: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Nombre: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
DNI: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Fecha de nacimiento: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Domicilio (calle o plaza): . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . N.o . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Localidad: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Provincia: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Código postal: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Teléfono: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Desea examinarse del título profesional de . . . . . . . . . . . . . . . . en . . . . . . . . . . . . . . . .
Por lo que solicita se le permita participar en la convocatoria que
a estos efectos realiza la Resolución de 14 de marzo de 2003 de la Dirección
General de la Marina Mercante.
En . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ., a . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . de . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . de 2003.
Documentación aportada:
Fotografía.
Fotocopia del DNI.
Resguardo ingreso derechos de examen.
Sr. Presidente del tribunal de exámenes para la obtención de titulaciones
profesionales de la Marina Mercante.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid