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Documento BOE-A-2003-6584

Acuerdo de 28 de marzo de 2003, del Comité Ejecutivo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre autorización de asunción, por la Sociedad de Gestión de los Sistemas Españoles de Liquidación, S. A., de las funciones a que se refiere el artículo 44 bis de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.

Publicado en:
«BOE» núm. 78, de 1 de abril de 2003, páginas 12671 a 12671 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comisión Nacional del Mercado de Valores
Referencia:
BOE-A-2003-6584
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/a/2003/03/28/(1)

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, en su sesión del día 18 de marzo de 2003, adoptó el siguiente Acuerdo:

Delegar en el Comité Ejecutivo de la CNMV la autorización a que se refiere la letra c) del punto tercero de la Disposición Transitoria Primera de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero, con relación a la asunción de funciones que la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S. A. ha de ejercer conforme a lo previsto en el primer apartado del artículo 44 bis de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores (en su redacción dada por la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero) una vez que hayan tenido lugar las siguientes circunstancias:

a. Que los servicios de la CNMV no formulen observaciones ni reparos como consecuencia del proceso de revisiones que actualmente se está llevando a cabo acerca de la operatividad del "software y hardware" y en general de los procesos informáticos y de comunicaciones a emplear, así como la vigencia y continuidad (o sustitución en su caso por cosa igual o de iguales efectos) en la Sociedad de Sistemas de los diversos contratos de prestación de servicios, de alquileres y, en especial, de seguros y otros de afianzamiento relacionados con el sistema de fianzas y garantías del que disponían las entidades adheridas ante el SCLV ; b. Que se hallen inscritos en el Registro Mercantil los Estatutos Sociales y la distribución del Capital Social entre los accionistas del SCLV (ahora Sociedad Holding) y el Banco de España ; y c. Que se haya publicado la Orden del Ministro de Economía por la que se aprueba el Reglamento de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S. A.

Dicha delegación fue publicada en el Boletín Oficial del Estado de 26 de marzo de 2003.

Habiéndose comprobado, por el Comité Ejecutivo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, el cumplimiento de las circunstancias anteriormente reseñadas, este Comité, en su reunión del día 28 de marzo de 2003, y en virtud de la delegación anteriormente transcrita, ha acordado:

1) Autorizar, al amparo de lo dispuesto en el apartado tercero c) de la Disposición Transitoria Primera de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero, a la Sociedad de Gestión de los Sistemas Españoles de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S. A. para asumir las funciones a que se refiere el artículo 44 bis de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.

2) Determinar que la fecha en que la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S. A. asumirá dichas funciones será la de 1 de abril de 2003.

Madrid, 28 de marzo de 2003.-El Presidente, Blas Calzada Terrados.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 28/03/2003
  • Fecha de publicación: 01/04/2003
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 44 bis de la Ley 24/1988, de 28 de julio (Ref. BOE-A-1988-18764).
  • EN RELACIÓN con el Acuerdo de 18 de marzo de 2003 (Ref. BOE-A-2003-6133).
Materias
  • Comisión Nacional del Mercado de Valores
  • Delegación de atribuciones
  • Sociedad de Sistemas

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