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El Tribunal Constitucional, por providencia de 25 de marzo actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad núm. 311-2003, planteada por la Sección Quinta, con sede en Vigo, de la Audiencia Provincial de Pontevedra por supuesta inconstitucionalidad del art. 123.3.o de la Ley 4/1995, de 24 de mayo, del Derecho Civil de Galicia, por posible infracción de los arts. 14 y 39 de la Constitución.
Madrid, veinticinco de marzo de dos mil tres.-El Secretario de Justicia.
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