El Real Decreto 376/2003, de 28 de marzo (Boletín Oficial del Estado del día 29 de marzo de 2003), por el que se establece la estructura orgánica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, suprime determinadas Unidades con rango de Subdirección General, por lo que procede el cese de sus titulares.
En su virtud, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 12 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se dispone el cese, con efectos de 31 de marzo de 2003, de los funcionarios que se indican a continuación en las Subdirecciones Generales siguientes:
Doña Alicia Villauriz Iglesias, como Subdirectora General de la Unidad de Apoyo para las Relaciones Internacionales Sectoriales, dependiente del Ministro.
Don Carlos Aranda Martín, como Subdirector General de Fomento Agroindustrial y Mercados Agroalimentarios, de la Dirección General de Alimentación.
Don Ramón Fisac Pedrajas, como Subdirector General de Promoción Agroalimentaria, de la Dirección General de Alimentación.
Don Antonio Moscoso Sánchez, como Subdirector General de Denominaciones de Calidad y Relaciones Interprofesionales y Contractuales, de la Dirección General de Alimentación.
Don Heriberto Morilla Abad, como Subdirector General de Ordenación Sectorial de la Secretaría General de Agricultura.
Don Eduardo O’Shea Tapia, como Subdirector General de Gestión de la Secretaría General de Pesca Marítima.
Doña Isabel Artime García, como Subdirectora General de Ordenación Sectorial de la Secretaría General de Pesca Marítima.
Don José Navarro García, como Subdirector General de Asuntos Comunitarios y de Control de la Dirección General de Recursos Pesqueros.
Don Miguel Ángel Barrios Soria, como Subdirector General de Flota Pesquera y Formación de la Dirección General de Estructuras y Mercados Pesqueros.
Don Antonio Crespo García, como Subdirector General de Gestión de los Fondos Estructurales de la Dirección General de Estructuras y Mercados Pesqueros.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21.2 de la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y en el 72.3 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, estos funcionarios continuarán percibiendo, durante un plazo máximo de tres meses, las retribuciones complementarias correspondientes al puesto de procedencia, en tanto se les atribuya otro puesto correspondiente a su Cuerpo o Escala no inferior en más de dos niveles al de su grado personal en el mismo municipio.
Madrid, 31 de marzo de 2003.‒El Ministro, P. D. (O.M. 26-04-2001; B.O.E. 05-05-2001), el Subsecretario, Manuel Esteban Pacheco Manchado.
Ilma. Sra. Subdirectora General de Recursos Humanos y Gestión de Personal. Departamento.
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