En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 215/2003, de 21 de febrero (Boletín Oficial del Estado del 22), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2003 y con el fin de atender las necesidades de personal en la Administración Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1977, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para cubrir una plaza de personal laboral fijo, con sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza de personal laboral fijo, fuera de convenio, de Técnico de Prevención y Salud Laboral A, grupo profesional 1, en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, por el sistema general de acceso libre.
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.
1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.
1.4 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con el siguiente calendario:
La fase de concurso se iniciará antes del mes de agosto. La duración máxima del proceso selectivo será de cinco meses, contados a partir de la fecha de inicio de la referida fase de concurso.
1.5 Concluido el proceso selectivo, al aspirante que lo hubiera superado y que haya acreditado cumplir los requisitos exigidos, le será formalizado el correspondiente contrato.
2. Requisitos de los aspirantes
Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato como personal laboral fijo, los siguientes requisitos de participación:
2.1 Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
2.2 También podrán participar quienes se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral. En consecuencia, podrán participar quienes se encuentren en situación de residencia temporal, quienes se encuentren en situación de residencia permanente y quienes se encuentren en situación de autorización para residir y trabajar, así como los refugiados.
2.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado o Doctor en Medicina y Cirugía y Título de Médico Especialista en Medicina del Trabajo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
2.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
2.5 Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.
2.6 No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
3. Solicitudes
3.1 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán al Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
3.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, la Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página de Internet www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV.
3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del Documento Nacional de Identidad o del pasaporte.
Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán además presentar una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo en vigor.
Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, que no residan en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de estancia, deberán presentar una fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte.
Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español, del nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o del nacional de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, con el que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
Los aspirantes a los que se re fiere la base 2.2, deberán presentar una fotocopia del pasaporte en vigor, así como una fotocopia del correspondiente permiso de residencia o de trabajo y residencia.
3.4 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
3.5 Se acompañará a la solicitud toda la documentación acreditativa que se considere necesaria por los aspirantes, para la valoración de la fase de concurso.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación dictará orden, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha orden, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», se relacionarán los aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión, apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad o pasaporte, señalando un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la orden. Asimismo, se indicarán los lugares donde se encuentre expuesta al público la lista de aspirantes admitidos y el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.
4.2 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como Anexo III a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, Paseo de la Infanta Isabel, n.º 6, 28007 Madrid, teléfonos (91) 3475247 y (91) 3475248, dirección de correo electrónico gsanchezdUmapya.es
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra X, según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración Pública de 10 de marzo de 2003 (Boletín Oficial del Estado del 14 de marzo).
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan.
El Tribunal podrán requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.
6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del Tribunal señalada en la base 5.4.
6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
7. Listas de aprobados y contratación
7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del ejercicio y en la sede del Tribunal, las relaciones de aspirantes que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos, con indicación de la puntuación obtenida.
7.2 Finalizado el concurso-oposición, el Presidente del Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación definitiva con el aspirante que haya superado el proceso selectivo. Dicha relación se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo el aspirante propuesto de un plazo de veinte días naturales, desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado, para la presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.
7.3 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de la plaza convocada.
7.4 La incorporación al puesto de trabajo se efectuará dentro de los 15 días siguientes a la formalización del contrato. Hasta tanto se incorpore al puesto de trabajo el aspirante no tendrá derecho a percepción económica alguna.
7.5 El trabajador será sometido a un periodo de prueba de tres meses desde su incorporación.
8. Norma final
A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R. D. 364/1995, de 10 de marzo, la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 1 de abril de 2003.‒El Ministro, P. D. (O. 26.04.01, B.O.E. 05.05.01), el Subsecretario, Manuel Esteban Pacheco Manchado.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y Presidente del Tribunal calificador.
1. El sistema de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición, contemplado en el art. 29 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Fase de concurso.
Esta fase, que será previa a la de la oposición, tendrá carácter eliminatorio y en ella se valorarán los siguientes méritos:
1.1 Méritos profesionales.
Puntuación máxima: 20 puntos.
1.1.1 Por cada año o fracción de experiencia como médico especialista en Medicina del Trabajo, 2,50 puntos, hasta un máximo de 15 puntos.
1.1.2 Por cada año o fracción de experiencia como Licenciado en Medicina o Cirugía, 1,50 puntos, hasta un máximo de 10 puntos.
1.2 Méritos formativos.
Puntuación máxima: 15 puntos
1.2.1 Por tener algún tipo de titulación distinta a la exigida, que tenga relación directa con el puesto a ocupar, 5 puntos por cada titulación, con un máximo de 10 puntos.
1.2.2 Por la participación como ponente en cursos, congresos o similares, siempre que estén relacionados con la Medicina del Trabajo, 1 punto por cada uno, hasta un máximo de 10 puntos.
1.2.3 Por publicaciones o trabajos de investigación relacionados con la Medicina del Trabajo, 1 punto por cada una, hasta un máximo de 5 puntos.
1.2.4 Por la asistencia a cursos relacionados con la Medicina del Trabajo, de una duración mínima de 15 horas, 1 punto por cada uno, hasta un máximo de 5 puntos.
Para superar esta fase será necesario obtener un mínimo de 10 puntos.
Concluida la valoración de los méritos de la fase de concurso, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que hubieran superado esta fase, con indicación de las puntuaciones obtenidas. Estos aspirantes pasarán seguidamente a la fase de oposición.
Fase de oposición:
Sólo podrán acceder a esta fase aquellos que hayan superado la fase de concurso.
La oposición constará de dos ejercicios, todos ellos eliminatorios.
Primer ejercicio:
Consistirá en la exposición oral de dos temas del programa que figura en el anexo II, a escoger entre tres que serán seleccionados al azar en el momento del inicio de la prueba, uno de la primera parte del programa y dos de la segunda.
Cada uno de los temas deberá ser expuesto en un tiempo máximo de 15 minutos, disponiendo el opositor de 10 minutos para la preparación previa de los mismos.
Este ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo y acceder al segundo ejercicio.
Segundo ejercicio:
Consistirá en redactar por escrito, en el plazo máximo de tres horas, un supuesto práctico propuesto por el Tribunal.
Los problemas médicos que se planteen deberán estar resueltos por el órgano de selección previamente al día del examen, precisando los elementos que serán valorados en la calificación y en qué porcentaje.
Este ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo.
2. La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las fases del proceso selectivo.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el segundo ejercicio de la fase de oposición. Si persistiera el empate, se acudiría a la puntuación obtenida en el primero y, en caso necesario, a la obtenida por los méritos profesionales de la fase de concurso y, a continuación, por los méritos formativos.
3. El Tribunal hará pública en la sede señalada en la base 5.4 y en aquellos otros lugares que estime oportuno, la relación de los aspirantes aprobados, con indicación de la puntuación obtenida.
En ningún caso el número de contratos que se formalicen podrá exceder del número de plazas convocadas.
4. Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.
Parte I:
Tema 1. La Constitución española de 1978. Características, estructura, principios y valores fundamentales. Los derechos fundamentales y su especial protección.
Tema 2. La Corona: atribuciones y competencias. Las Cortes Generales: composición y funciones. Referencia al Poder Judicial en la Constitución.
Tema 3. El Gobierno. Composición, designación, funciones y relaciones con el resto de los poderes del Estado.
Tema 4. La Ley 30/1992, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999.
Tema 5. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones públicas. El personal funcionario y el personal laboral.
Tema 6. El personal laboral al servicio de la Administración General del Estado. Selección. Derechos, Deberes e incompatibilidades
Tema 7. Presupuestos Generales del Estado. Estructura. El ciclo presupuestario: elaboración, ejecución y control.
Tema 8. La Unión Europe. Antecedentes históricos, evolución, objetivos y perspectivas de futuro.
Tema 9. Ordenamiento jurídico de la Unión Europea: sus fuentes e incidencias en el ordenamiento español.
Tema 10. Instituciones comunitarias: el Consejo, el Parlamento, la Comisión y el Tribunal Europeo de Justicia. Composición y atribuciones. Funcionamiento y relaciones institucionales.
Parte II:
Tema 1. Seguridad y salud en el trabajo: Conceptos generales. Daños derivados del trabajo. Conceptos de accidente de trabajo y enfermedad profesional. Condiciones de trabajo y factores de riesgo. Prevención de riesgos laborales: Principios de prevención. Las técnicas de prevención.
Tema 2. La prevención de riesgos laborales en España. Marco jurídico (I)I. Antecedentes. La Constitución de 1978. El Estatuto de los Trabajadores. La Ley General de la Seguridad Social. La Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales: contenido, significado general y naturaleza. La Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
Tema 3. La prevención de riesgos laborales en España. Marco jurídico (II): Actuaciones de las Administraciones públicas competentes en materia laboral: Administración General del Estado y Comunidades Autónomas. Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Los órganos técnicos de las Comunidades Autónomas. La Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. La Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales. La Seguridad Social y las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Tema 4. La prevención de riesgos laborales en España. Marco jurídico (III): Actuaciones de las Administraciones públicas competentes en materia sanitaria y de industria. La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. La Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.
Tema 5. El Sistema Español de la Seguridad Social. El Régimen General: acción protectora. Contingencias cubiertas. Concepto y clase de prestaciones. Las entidades gestoras. Las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.
Tema 6. Derechos y deberes: El derecho de los trabajadores a la protección frente a los riesgos laborales. El deber empresarial de protección. Situaciones de riesgo grave e inminente. Coordinación de actividades empresariales en materia de prevención. Obligaciones de los trabajadores.
Tema 7. Consulta y participación de los trabajadores: El deber de consulta del empresario. Los derechos de participación y representación específica de los trabajadores. Los Delegados de Prevención, su designación, garantías, competencias y facultades. El Comité de Seguridad y Salud. Colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Tema 8. Protección de la maternidad y de los menores: Riesgos laborales específicos para la mujer trabajadora en el período de embarazo, postparto y lactancia. Legislación vigente de protección a la maternidad. Medidas preventivas frente a los riesgos específicos. Riesgos específicos para los menores en razón de su trabajo. Legislación vigente de protección de los menores. Trabajos prohibidos.
Tema 9. El Reglamento de los Servicios de Prevención: Integración de la actividad preventiva en la empresa. La evaluación de los riesgos. La planificación de la prevención. La organización de recursos para las actividades preventivas y sus diferentes modalidades: sus funciones y requisitos. Las actuaciones en materia preventiva de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social. Colaboración de los servicios de prevención con el Sistema Nacional de Salud.
Tema 10. La adaptación de la normativa de prevención de riesgos laborales al ámbito de la Administración pública: Las excepciones de la Ley de Prevención. El Real Decreto 1488/1998, de 10 de julio, de adaptación a la Administración General del Estado. Competencias y funciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Tema 11. Evolución de la siniestralidad en España. El parte de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Obligaciones establecidas en la Ley General de la Seguridad Social y su normativa de desarrollo y en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Análisis estadístico de accidentes.
Tema 12. Fisiología Laboral. Contracción y metabolismo muscular. Adaptación al esfuerzo: Cardiocirculatoria, respiratoria, renal y digestiva.
Tema 13. Fisiología Laboral. Termorregulación en el ejercicio físico. Capacidad de trabajo. Fatiga: Características y tipos.
Tema 14. Epidemiología general. Conceptos generales. Funciones. Interrelaciones entre factores causales, huésped y medio. Epidemiología descriptiva: Variables personales. Variables geográficas. Variables temporales. Epidemiología analítica: Formulación de hipótesis. Fases de la verificación de hipótesis. Estudios retrospectivos: Interés en Medicina Laboral. Estudios transversales. Métodos para medir la asociación. Estudios prospectivos.
Tema 15. Toxicología general. Riesgo tumoral por agentes químicos. Otros síndromes tóxicos. Terapéutica general de las intoxicaciones: Normas de auxilio inmediato. Principales técnicas de prevención. Normas para recogida de muestras para análisis toxicológicos.
Tema 16. Bioestadística. Definiciones fundamentales. Estadística descriptiva e inferencial. Tipos de variables. Parámetros. Conceptos generales de probabilidad. Teorema de Bayes. Distribuciones de probabilidad. Estadística descriptiva. Tabulación. Medidas de tendencia central, de dispersión, de posición. Modalidades de muestreo. Pruebas de hipótesis. Hipótesis nula y alternativa. Potencia de una prueba. Pruebas de conformidad. Pruebas de homogeneidad. Pruebas de independencia. Correlación y regresión. Aplicaciones prácticas en Medicina del trabajo.
Tema 17. Estudio general de las enfermedades profesionales. Conceptos generales. Caracteres propios de la patología profesional. Relación vigente de enfermedades profesionales: Los seis grupos. Análisis de su contenido. Ideas generales sobre su prevención y valoración.
Tema 18. Patología por hidrocarburos cíclicos (HC). Benceno: Riesgo hemático. Petrolismo. Hidrocarburos Policíclicos Antracénicos (HPA). Riesgos cancerígenos. Derivados clorados de HC: Plaguicidas, PCBs. Derivados de sustitución funcional. Nitroderivados. Aminoderivados: Anilinas. Otros derivados: Tolueno, xilol, etc.
Tema 19. Patología tóxica por plaguicidas. Conceptos generales. Plaguicidas organoclorados. Riesgo cancerígeno y teratogénicos. Plaguicidas organofosforados. Carbamatos.
Tema 20. Patología profesional por agentes físicos. Patología por radiaciones ionizantes: Principales formas de riesgo profesional. Patología por electricidad. Valoración de los accidentes.
Tema 21. Patología profesional por agentes físicos.-Patología por vibraciones. Patología por aire comprimido y máquinas neumáticas. Patología por ruido. Valoración del calor como agente de patología profesional.
Tema 22. Patología profesional por agentes biológicos en el sector veterinario. Principales enfermedades.
Tema 23. Patología profesional dermatológica.- Principales formas de riesgos. Dermatitis de contacto. Principales sensibilizantes: Metales (cromo, níquel), colorantes. Otros riesgos. Patología cutánea por detergentes. Cáncer cutáneo de origen profesional. Principales riesgos. Contaminantes ambientales como cancerígenos cutáneos.
Tema 24. Estudio de los accidentes de trabajo.-Aspectos legales. Principales formas. Epidemiología. Accidentes mortales. Accidentes menores. La asistencia inmediata. Traslado de accidentados. Importancia del enfoque preventivo. Otros aspectos.
Tema 25. Efectos fisiológicos de la corriente eléctrica. Factores de riesgo en el choque eléctrico. Actuaciones en caso de accidente eléctrico.
Tema 26. Patología quirúrgica laboral.- Patología específica de la extremidad superior. Patología quirúrgica de la mano: Valoración como elementos de trabajo. Patología de la extremidad inferior. Patología de la columna. Valoración como causa de absentismo laboral. Otros aspectos.
Tema 27. Valoración específica de las incapacidades laborales. Conceptos generales. Los diversos tipos de incapacidad. Valoración de la incapacidad total. Valoración de incapacidades parciales. Las incapacidades transitorias. Estructura de los informes de incapacidad. Principales problemas que se plantean. Las indemnizaciones por incapacidad.
Tema 28. Higiene industrial: Conceptos básicos. Tipos de agentes contaminantes. Concepto de exposición, dosis y valor límite. Evaluación y control de la exposición.
Tema 29. Protección de los trabajadores frente a los riesgos derivados de su exposición al ruido. Real Decreto 1316/1989.
Tema 30. Riesgos por exposición a los agentes químicos durante el trabajo. Real Decreto 374/2001: Objeto y ámbito de aplicación. Valores límite de exposición. Criterios para su utilización. El control biológico de la exposición.
Tema 31. Riesgos por exposición a agentes carcinógenos y mutágenos: Real Decreto 665/1997 y su modificación por el Real Decreto 1124/2000: Concepto y categorías de agente carcinógeno y de agente mutágeno. Legislación vigente sobre amianto y cloruro de vinilo.
Tema 32. Riesgos por exposición a agentes biológicos: Real Decreto 664/1997 y Orden de 25 de marzo de 1998, adaptación al progreso técnico.
Tema 33. Iluminación y color. Factores de la visión. Tarea visual y rendimiento visual. Fatiga visual y su evaluación. Niveles mínimos exigibles. Condiciones de iluminación en puestos de trabajo con pantallas de visualización de datos. Aplicación del Real Decreto 488/1997: Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización.
Tema 34. Carga de trabajo: consideraciones generales. Carga física: estática y dinámica. Fatiga física. Lesiones y patologías. Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas. Aplicación del R. D. 487/1997. Posturas de trabajo. Movimientos repetitivos. La carga mental: determinantes de la carga mental. Sobrecarga y subcarga. Fatiga mental. Prevención de la fatiga mental.
Tema 35. La organización del trabajo. Factores psicosociales. Características de la tarea. La organización del tiempo de trabajo. Factores de la organización. Consecuencias negativas de los factores psicosociales. La intervención psicosocial. Nuevas formas de la organización del trabajo.
Tema 36. El estrés. Sus formas. Consecuencias psicológicas y fisiológicas. Variables individuales y estrés laboral. El apoyo social. Prevención del estrés.
Tema 37. La violencia, el acoso y el hostigamiento en el trabajo («mobbing»). El trabajo bajo presión. El efecto del «quemado» («burn out»). Otros aspectos de índole psicosocial.
Tema 38. Envejecimiento y trabajo.
Tema 39. Organización de los servicios de Medicina del Trabajo. Servicios médicos de empresa. Su origen. Concepto y normativa actual. Estructura. Reconocimientos de entrada. Reconocimientos periódicos. Sistemática de los reconocimientos. Valor de la documentación. Prestación de auxilio. Personal sanitario en los servicios médicos de empresa.
Tema 40. Vigilancia de la salud: concepto y objetivos. Técnicas de vigilancia médica. Los protocolos médicos. Normativa general y específica de vigilancia de la salud en el medio de trabajo. Integración de los programas de vigilancia de la salud en el programa de prevención de riesgos laborales.
Tema 41. Protocolo específico de vigilancia de la salud de los trabajadores que realizan manipulación manual de cargas.
Tema 42. Protocolo específico de vigilancia de la salud de los trabajadores que utilizan pantallas de visualización de datos.
Tema 43. Protocolo específico de vigilancia de la salud de los trabajadores que realizan movimientos repetitivos.
Tema 44. Protocolo específico de vigilancia de la salud de los trabajadores expuestos a agentes biológicos.
Tema 45. Protocolo específico de vigilancia de la salud de los trabajadores expuestos a amianto.
Tema 46. Protocolo específico de vigilancia de la salud de los trabajadores expuestos a ruido.
Tema 47. Promoción de la salud en el lugar de trabajo. Principios de promoción de la salud. Características de los programas de promoción de la salud en la empresa. Justificación de los programas de salud. Red Europea de promoción de la salud en el trabajo.
Tema 48. Drogodependencias más frecuentes en el ámbito laboral.
Tema 49. Primeros auxilios. Organización del socorrismo en la empresa de acuerdo con la legislación vigente. Activación del sistema de emergencia. Eslabones de la cadena de socorro. Evaluación primaria de un accidentado. Emergencia médica. Técnicas de reanimación. Valoración secundaria del accidentado.
Tema 50. Planificación e información sanitaria: conceptos. Programas de salud en el trabajo.
Tribunal Titular:
Presidente: D. Francisco Marqués Marqués, Escala de Técnicos Superiores de Prevención del Instituto de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Vocales:
D.ª Montserrat García Gómez, Escala de Técnicos Superiores de Prevención del Instituto de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
D.ª Soledad López Larrío, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado
Secretario: D. Luis González Solana, Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos.
CSI-CSIF: D.ª M.ª Prado Porris Ortiz, Escala de Técnicos Facultativos Superiores OO. AA. MAPA.
UGT: D. Miguel Angel Mena Garrido, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO. AA. del MAPA.
CCOO: D.ª Teresa Calvo Sanz, Cuerpo Veterinarios Titulares.
Tribunal Suplente
Presidente: D.ª Dolores Carreño Martín, Escala de Técnicos Superiores de Prevención del Instituto de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Vocales:
D. José María Cisnal Gredilla. Escala de Técnicos Superiores de Prevención del Instituto de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
D.ª Teresa Alonso González, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO. AA. del MAPA.
Secretario: D. Abilio Ortigosa Zurbano, Escala Técnica de Gestión de OO. AA.
CSI-CSIF: D. Manuel Dávila Zurita, Cuerpo de Ingenieros Agrónomos.
UGT: D.ª Soledad Sendino Martínez, Escala de Economistas a extinguir de AISS.
CCOO: D. Félix Neira Agra, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO. AA. del MAPA.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro 15, «Grupo Profesional o Categoría», se consignará «Técnico de Prevención y Salud Laboral A, grupo profesional 1».
En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se consignará « Medicina de Empresa.»
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «L» (acceso libre).
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Agricultura, Pesca y Alimentación».
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».
En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con minusvalía podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará «Licenciado en Medicina y Cirugía y Especialista en Medicina del Trabajo».
El importe de la tasa por derechos de examen será de 25,01 euros.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0182.9071.08.0200000957 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
Las personas con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
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