De conformidad con la propuesta formulada por la Comisión
constituida para juzgar el concurso, convocado por Resolución
de la Universidad de Vigo de 20 de noviembre de 2001 (BOE
de 11 de diciembre), para la provisión de una plaza de Catedrático
de Escuela Universitaria del área de conocimiento de "Didáctica
y Organización Escolar", del Departamento de Didáctica,
Organización Escolar y Métodos de Investigación, a favor de doña
Antonia Blanco Pesqueira, con documento nacional de identidad
número 76.805.852-C cumpliendo la interesada los requisitos a que
alude el apartado 2 del artículo 5.o del Real Decreto 1888/1984,
de 26 de septiembre,
Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 42 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma
Universitaria, y demás disposiciones que la desarrollan, ha resuelto
nombrar a doña Antonia Blanco Pesqueira, Catedrática de Escuela
Universitaria del área de conocimiento de "Didáctica y
Organización Escolar", del Departamento de Didáctica, Organización
Escolar y Métodos de Investigación.
Este nombramiento surtirá plenos efectos a partir de la
correspondiente toma de posesión por la interesada que deberá
efectuarse en el plazo máximo de un mes, a contar desde el día
siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el "Boletín
Oficial del Estado".
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se
podrá interponer recurso ante la jurisdicción
contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día
siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado,
de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra
esta resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes
contado a partir del día siguiente al de la publicación en el "Boletín
Oficial del Estado", ante el mismo órgano que la dictó. En este
caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo
antes citado mientras no recaiga resolución expresa o presunta
del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en la
Ley 4/99, de 13 de enero, modificadora de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Vigo, 26 de marzo de 2003.-El Rector, Domingo Docampo
Amoedo.
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